Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2001 (09/04/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 9 de MORDAZA de 2001

Visto el expediente de Registro Nº 007029 con escrito del 26 de junio de 1996, presentado por INVERSIONES MORDAZA MORDAZA S.A. ampliada via sucesion procesal con el expediente de Registro Nº CE-00455002 con escritos de fechas 20 de octubre y 15 de noviembre del 2000, 16 de enero, 20 de febrero y 7 de marzo del 2001 presentados por la EMPRESA PESQUERA MAUI S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 133-92-PE/ DGE del 3 de setiembre de 1992, se otorgo, entre otros, a INVERSIONES MORDAZA MORDAZA S.A., concesion de pesca a plazo indeterminado para operar, la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "INJEPASA 6" con matricula Nº CE-2887-PM, de 350 TM de capacidad de bodega, equipada con red de cerco, para la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 068-2001PE del 15 de febrero del 2001, se declara los hechos invocados por la EMPRESA PESQUERA MAUI S.A., como eventos incursos en causal de fuerza mayor y en consecuencia suspendidos los plazos para ejercer el derecho a tramitar su solicitud de adecuacion de su permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 133-92-PE/DGE a la Ley General de Pesca ­ Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; asimismo, se determina derivar el expediente a la Direccion Nacional de Extraccion para el pronunciamiento sobre el permiso de pesca solicitado teniendo en consideracion lo resuelto en la citada resolucion; Que asimismo, mediante los escritos del visto, la EMPRESA PESQUERA MAUI S.A., sucediendo procesalmente a INVERSIONES MORDAZA MORDAZA S.A., solicita el permiso de pesca conforme al procedimiento administrativo iniciado mediante el escrito de Registro Nº 007029 del 26 de junio de 1996 al haberse superado las causas de fuerza mayor, procediendo a adecuar su concesion para el otorgamiento del permiso de pesca, para operar la embarcacion pesquera denominada "COMANCHE VII" (ex "INJEPASA 6") con matricula Nº CE2887-PM de 360.13 m3 de volumen de bodega en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado que la embarcacion pesquera "COMANCHE VII" (ex "INJEPASA 6") fue censada y verificada de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 03-96-PE, siendo consignada en el Anexo I del Decreto Supremo Nº 001-97-PE y en el literal A del Anexo B del Decreto Supremo Nº 006-97-PE, asimismo ha venido efectuando esfuerzo pesquero en los niveles permisibles de captura de los recursos anchoveta y sardina, lo que se acredita con los listados de desembarques que obran en la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero correspondiente a los anos de 1992, 1993, 1994 y enero de 1995, y de otro lado, de conformidad al certificado de inspeccion de condicion del 2 de noviembre del 2000, se desprende que la indicada embarcacion pesquera se encuentra en estado operativo; Que asimismo, la recurrente ha cumplido con los requerimientos establecidos en el procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE, por lo que resulta procedente otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante Informe Nº 002-2001-PE/ DNEPP-Dap y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca a plazo determinado, a la EMPRESA PESQUERA MAUI S.A., para operar la embarcacion pesquera denominada "COMANCHE VII" (ex "INJEPASA 6") de matricula Nº CE-2887PM, con 360.13 m3 de volumen de bodega, equipada con red de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgadas (38

mm.) de abertura de malla para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina, con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas de la costa. Articulo 2º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente resolucion esta supeditado a la operatividad de la embarcacion pesquera, a la realizacion de actividad extractiva en el ejercicio previo y al pago por concepto de derechos de pesca. El incumplimiento del pago parcial o total en el plazo y condiciones establecidas determinara la suspension o caducidad del permiso de pesca segun corresponda. Articulo 3º.- Las operaciones de pesca estan sujetas a lo dispuesto en las normas legales vigentes y a las que se emitan sobre regulacion y ordenamiento pesquero. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la concesion de pesca otorgada por Resolucion Directoral Nº 133-92-PE/DGE a INVERSIONES MORDAZA MORDAZA S.A., para operar la embarcacion pesquera "INJEPASA 6". Articulo 5º.- Incorporar a la embarcacion pesquera "COMANCHE VII" (ex "INJEPASA 6") al literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 100-2001-PE y al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 101-2001-PE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 21528 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 020-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 6 de MORDAZA del 2001 Vistos los escritos de Registros Nºs. CE-00116002, 02956003 y 03086003 del 7 de marzo y 2 y 3 de MORDAZA del 2001 presentados por la empresa MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º y 44º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para la operacion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y juridicas requeriran del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras; Que por Resolucion Directoral Nº 263-2000-PE/ DNE del 14 de noviembre del 2000, se autorizo a la empresa MORDAZA S.A.C., el incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera de 358.42 m3 de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgada (38 mm.), de tamano de abertura de malla segun corresponda, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Que mediante los escritos del visto la recurrente, solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "SIMY 1" con matricula Nº CO20440-PM, de 358.22 m3 de volumen de bodega, en la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados por la recurrente se desprende que se ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante Informe Nº 050-2001-PE/ DNEPP-Dap y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE;

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