Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2001 (09/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, lunes 9 de MORDAZA de 2001 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Otorgar a la empresa MORDAZA S.A.C., permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "SIMY 1" registrada con matricula Nº CO-20440-PM, de 358.22 m3 de volumen de bodega, para la extraccion de recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina, empleando redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 1/2 pulgadas (38 mm.), con destino al consumo humano indirecto en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa. Articulo 2º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente resolucion esta supeditado a la operatividad de la embarcacion pesquera, a la realizacion de actividad extractiva en el ejercicio previo y al pago por concepto de derechos de pesca conforme a lo dispuesto en el Articulo 33º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. El incumplimiento del pago parcial o total de los derechos de pesca en el plazo y condiciones establecidas determinara la suspension o caducidad del permiso de pesca segun corresponda, de acuerdo al Articulo 43º del texto legal MORDAZA mencionado. Articulo 3º.- Las operaciones de pesca estan sujetas a lo dispuesto en las normas legales vigentes y a las que se emitan sobre regulacion y ordenamiento pesquero. Articulo 4º.- Incorporar a la embarcacion pesquera denominada "SIMY 1" al literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 100-2001-PE y al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 101-2001-PE. Articulo 5º.- Retirar la autorizacion de incremento de flota otorgada a MORDAZA S.A.C., designada con el numero 32 del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 100-2001-PE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 21529

bodega segun su solicitud y 38.8 m3 segun consigna en su formulario 1 de informacion relacionada con el permiso de pesca, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto; debiendose precisar que de conformidad a lo informado por la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa con documento Nº V.200-789 del 9 de marzo del 2001, la capacidad de bodega que corresponde a la embarcacion mencionada es de 34.78 m3, calculado segun el arqueo neto de 8.02 consignado en su certificado de matricula; Que de la evaluacion efectuada al expediente se ha determinado que el solicitante ha cumplido con los requisitos y exigencias establecidas en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98PE, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PE, la Resolucion Ministerial Nº 143-2000-PE, y demas normas complementarias; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero mediante Informe Nº 2472000-PE/DNE-Dacp y ampliatoria y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00398-PE modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000PE, la Resolucion Ministerial Nº 143-2000-PE y demas normas complementarias, el procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca a plazo determinado a los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA para operar la embarcacion pesquera construida de MORDAZA denominada "JEHOVA JIRETH" con matricula Nº PL-17716-CM de 34.78 m3 de volumen de bodega, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1½ pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa. Articulo 2º.- El permiso de pesca otorgado por la presente Resolucion queda sujeto a la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98PE modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PE, la Resolucion Ministerial Nº 143-2000-PE y demas normas complementarias, normas de sanidad, medio ambiente y al ordenamiento juridico pesquero nacional. Articulo 3º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolucion esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera, la instalacion del sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, a bordo de la referida embarcacion cuando la autoridad pesquera lo determine, y al pago por concepto de derechos de pesca que acrediten los armadores con la respectiva constancia. Este pago sera abonado por los armadores pesqueros conforme a lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y en la Resolucion Ministerial Nº 040-2001-PE o las normas que la modifiquen o sustituyan, cuyo incumplimiento sera causal de suspension o caducidad del derecho otorgado segun corresponda. Articulo 4º.- Incorporar a los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA como titulares del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "JEHOVA JIRETH" con matricula Nº PL-17716-CM, asi como la presente Resolucion, al literal B) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 102-2001-PE, retirandola del literal B) del Anexo II de la misma resolucion. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica,

Otorgan permiso de pesca a personas naturales para operar embarcacion de MORDAZA en la extraccion de recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 021-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 6 de MORDAZA del 2001 Visto el expediente de registro Nº CE-00169003 con escritos del 23 de junio, 21 de MORDAZA, 10 de agosto y 17 de noviembre del 2000 y 12 de marzo del 2001, presentados por el armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUAMANCHUMO. CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 26920 se establece un regimen de excepcion para los armadores de embarcaciones pesqueras construidas en MORDAZA con una capacidad de bodega de hasta 110 m3 que realizan faenas de pesca, el que exceptua de la autorizacion de incremento de flota a que se refiere el Articulo 24º de la Ley General de Pesca, y los faculta a solicitar directamente el permiso de pesca, estableciendose en su Reglamento y demas normas complementarias los plazos, terminos, condiciones y requisitos para su aplicacion; Que mediante los escritos del visto, el recurrente, en su condicion de propietario, solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera construida de MORDAZA denominada "JEHOVA JIRETH" con matricula Nº PL-17716-CM de 33 TM de capacidad de

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