Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2001 (09/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NTP 821.022:1974

NORMAS LEGALES
TABLAS DE CONVERSION DE UNIDADES. Masa/longitud: libras por pie a kilogramos por metro. TABLAS DE CONVERSION DE UNIDADES. Densidad: libras por pie cubico a kilogramos por metro cubico. TABLAS DE CONVERSION DE UNIDADES. Fuerza: libras-fuerza a megadinas. TABLAS DE CONVERSION DE UNIDADES. Presion: libras-fuerza por pulgada cuadrada a kilogramos por centimetro cuadrado. TABLAS DE CONVERSION DE UNIDADES. Presion: libras-fuerza por pie MORDAZA a kilogramos por metro cuadrado. TABLAS DE CONVERSION DE UNIDADES. Presion: libras-fuerza por pulgada cuadrada a milimetros de mercurio. TABLAS DE CONVERSION DE UNIDADES. Presion: milimetros de MORDAZA a milibar. TABLAS DE CONVERSION DE UNIDADES. Potencia: caballos de fuerza a kilowatts.

MORDAZA, lunes 9 de MORDAZA de 2001

NTP 821.023:1974

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cabal conocimiento del comportamiento del organismo regulador; Que, mediante Resoluciones del Consejo Directivo Nºs. 011-2000-CD/OSITRAN, 001-2001-CD/OSITRAN y 004-2001-CD/OSITRAN, se autorizo la publicacion en la pagina web de la institucion (www.ositran.gob.pe) de los contratos de concesion suscritos por el Estado Peruano y las respectivas sociedades concesionarias del Terminal Portuario de Matarani, del Ferrocarril del Centro, Sur y Sur Oriente, de la Carretera Arequipa-Matarani y del Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, asi como de sus anexos, bases y las cartas circulares; Que, mediante Acuerdo del Consejo Directivo Nº 12752-00-CD-OSITRAN se autorizo la publicacion en la pagina web de la institucion (www.ositran.gob.pe) de los informes de supervision continua y especial realizados por OSITRAN a las entidades prestadoras bajo su ambito de supervision; Que, a efectos de adecuar la politica de transparencia institucional a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 032-2001-PCM es necesario emitir una MORDAZA que de manera integral regule los mecanismos que emplea el OSITRAN para la difusion de la informacion que administra; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su sesion de fecha 6 de MORDAZA de 2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OSITRAN publicara en su pagina web (www.ositran.gob.pe) la siguiente informacion: a) Los contratos de concesion de infraestructura de transporte de uso publico, asi como sus anexos, los que incluyen las bases y cartas circulares. b) La relacion de las tarifas vigentes de los servicios publicos prestados por las entidades prestadoras, asi como sus correspondientes actualizaciones. c) Los informes de supervision continua y especial emitidos en el MORDAZA de la funcion supervisora de OSITRAN. d) Los informes y opiniones tecnicas emitidos por OSITRAN en los procesos de modificacion y renegociacion de los contratos de concesion. e) Los acuerdos del Consejo Directivo que contienen interpretaciones efectuadas a los contratos de concesion solicitadas por las sociedades concesionarias. f) Los planes anuales de supervision para cada entidad prestadora aprobados por la Gerencia General. g) Los informes semestrales y/o anuales economicos emitidos por la Gerencia de Estudios Economicos respecto a la marcha de las concesiones. h) Las resoluciones emitidas por la Gerencia General y por el Consejo Directivo en el MORDAZA de procesos administrativos sancionadores. i) Las resoluciones emitidas por los Cuerpos Colegiados y el Tribunal de Solucion de Controversias recaidas en procedimientos de solucion de controversias. j) Las hojas de MORDAZA de los miembros del Consejo Directivo. k) Documentacion relacionada con la marcha administrativa de la institucion, la que incluye el Plan Anual de Adquisiciones, el presupuesto anual, la informacion sobre ejecucion presupuestal trimestral, los Convenios de Gestion y el informe semestral y/o anual de cumplimiento de metas de los mismos, la politica remunerativa de la institucion, los estados financieros auditados, el informe anual sobre el logro de los objetivos operativos y estrategicos de OSITRAN. l) Los instrumentos a que hace referencia el Articulo 2º de la presente Resolucion. m) La que se apruebe mediante acuerdo del Consejo Directivo. Articulo 2º.- OSITRAN publicara en el Diario Oficial El Peruano, los siguientes instrumentos: a) Las resoluciones que emita el Consejo Directivo que contengan normas o regulaciones.

NTP 821.028:1974

NTP 821.029:1974

Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 21486

OSITRAN
Regulan mecanismos empleados por OSITRAN para difundir la informacion que administra
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 007-2001-CD/OSITRAN MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2001 VISTO: El informe oral de la Presidenta del Consejo Directivo presentado ante el Consejo Directivo en su sesion de fecha 6 de MORDAZA de 2001; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el literal d) del Articulo 5º de la Ley Nº 26917, Ley de Supervision de la Inversion Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Publico, uno de los objetivos de OSITRAN es fomentar y preservar la libre competencia en la utilizacion de la infraestructura publica de transporte por parte de las Entidades Prestadoras, en beneficio de los usuarios; Que, el literal o) del Articulo 7º de la referida ley establece que OSITRAN tiene entre sus principales funciones desarrollar acciones para la promocion de una efectiva y MORDAZA competencia entre las Entidades Prestadoras vinculadas a la infraestructura publica nacional de transporte; Que, el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 032-2001PCM establece los criterios que deben seguir los organismos reguladores en materia de transparencia, a fin de que los usuarios y las entidades prestadoras tengan un

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