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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (09/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 71

TEXTO PAGINA: 53

Pág. 201155 NORMAS LEGALES Lima, lunes 9 de abril de 2001 Asesoría Técnica de la Dirección General de Teleco- municaciones, respectivamente, señalan que la solicitud formulada por la empresa STEREO URUBAMBA E.I.R.L. cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorización y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93- TCC; 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa STEREO URU- BAMBA E.I.R.L. autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación transmisora del servicio de radiodifusión comercial por Televisión en VHF, ubicada en el distrito y provincia de Urubamba, departamento del Cusco, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-TV Frecuencia :Video: 187.25 MHz Audio: 191.75 MHz Canal :9 Indicativo :0CV-7V Potencia :Video: 0.1 Kw. Audio: 0.01 Kw. Emisión :Video: C3F Audio: F3E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Prolongación Cabo Concha Tú- pac S/N, distrito y provincia de Urubamba, departamento del Cusco. Coordenadas: L.O. 72° 07' 03" L.S. 13° 18' 19" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instala- ción y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho período, el titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización. Artículo 3º.- La empresa STEREO URUBAMBA E.I.R.L. está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente resolu- ción, estando impedida de modificar las características a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución sin autorización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio auto- rizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 21516 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 236-2001-MTC/15.03 Lima, 3 de abril de 2001 Vista, la solicitud formulada por la empresa RADIO- DIFUSORA FREGER E.I.R.Ltda., para que se le otor- gue autorización para instalar y operar una estación transmisora del servicio de radiodifusión comercial portelevisión en VHF, en el distrito y provincia de Tocache, departamento de San Martín; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión se requiere de autorización y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, establecen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomu- nicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción, señalan que para obtener autorización para prestar servicio de radiodifu- sión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorización para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modi- ficables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 012-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 121-2001-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Aseso- ría Técnica de la Dirección General de Teleco- municaciones, respectivamente, señalan que la solicitud formulada por la empresa RADIODIFUSORA FREGER E.I.R.Ltda. cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida em- presa la autorización y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93- TCC; 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa RADIODIFUSORA FREGER E.I.R.Ltda., autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para instalar y operar una estación transmisora del servicio de radiodifusión comercial por televisión en VHF, en el distrito y provincia de Tocache, departamento de San Martín, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-TV Frecuencia :Video: 175.25 MHz Audio: 179.75 MHz Canal :7 Indicativo :0BY-9Q Potencia :Video: 0.25 Kw. Audio: 0.025 Kw. Emisión :Video: C3F Audio: F3E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Jr. Freddy Aliaga Cárdenas Nº 406, distrito y provincia de To- cache, departamento de San Martín. Coordenadas: L.O. 76° 30' 39" L.S. 08° 11' 57"