Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2001 (18/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Declaran en MORDAZA de Reestructuracion Organizativa Institucional al Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA
DECRETO SUPREMO Nº 016-2001-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 287-68-HC, Ley de Creacion del Consejo Nacional de Tasaciones, y demas dispositivos que regulan las funciones de CONATA establecen que esta Institucion Publica Descentralizada del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, es la encargada de formular los aranceles y normas respectivas de terrenos urbanos y rusticos a nivel nacional, asi como la formulacion de los Valores Unitarios Oficiales de Edificacion, opinar sobre aspectos generales en todo lo concerniente a valuaciones, la formulacion del Reglamento Nacional de Tasaciones del Peru y la ejecucion de valuaciones de bienes muebles e inmuebles a nivel nacional, entre otras actividades necesarias para atender sus fines; Que, la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 27427, Ley de racionalidad y limites en el gasto publico para el ano fiscal 2001, faculta a las entidades del Sector publico a llevar a cabo un MORDAZA de reestructuracion Organizativa Institucional con el objeto de mejorar su eficiencia, racionalizar sus gastos y generar el ahorro publico, sin demandar recursos adicionales a los aprobados para la entidad; Que, resulta pertinente llevar a cabo un MORDAZA de Reestructuracion Organizativa Institucional en CONATA, a fin de mejorar su eficiencia, y racionalizar sus gastos, coadyuvando a un mejor cumplimiento de sus objetivos institucionales; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27427; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar al Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA en MORDAZA de Reestructuracion Organizativa Institucional, hasta el 20 de MORDAZA del 2001. Articulo 2º.- Facultar al CONATA a aprobar mediante Resolucion del Titular del Pliego, con el acuerdo de su Consejo Directivo, las modificaciones de su estatuto que resulten necesarias, asi como aprobar un MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF, reformular su Cuadro para Asignacion de Personal - CAP y Presupuesto Analitico de Personal - PAP, sin exceder los montos presupuestales asignados a dicha entidad. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia Encargado de la Cartera de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 22038

de MORDAZA, de la provincia y departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, habiendose suscrito el respectivo contrato el 11 de febrero de 2000; Que, el numeral 6.01 de la clausula sexta del contrato de Concesion suscrito con BIPER EXPRESS S.A.C. establece la obligacion de iniciar la prestacion del servicio concedido en el plazo MORDAZA de doce (12) meses, caso contrario la concesion quedaria automaticamente sin efecto; Que, los Articulos 132º y 133º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias, senalan que en el contrato de concesion se establecera en forma especifica el plazo para que el concesionario inicie la prestacion del servicio de telecomunicaciones concedido y que vencido dicho plazo sin haberse iniciado la prestacion del servicio, se producira de pleno derecho la resolucion del contrato de concesion; Que, el Articulo 135º del mencionado Reglamento establece que el contrato de concesion se resuelve entre otros, por incumplimiento del plazo pactado para iniciar la prestacion del servicio, senalando que el procedimiento para hacer efectiva la resolucion se establecera en el contrato de concesion; en su defecto opera de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio formalice tal situacion mediante Resolucion que sera publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, segun los terminos de su Informe Nº 1212001-MTC/15.03.UECT, senala que se ha constatado que la empresa BIPER EXPRESS S.A.C. no ha iniciado en el plazo establecido en el numeral 6.01 de la clausula sexta del contrato de concesion, las operaciones del servicio concedido, y que en consecuencia queda resuelto de pleno derecho el mencionado contrato; Que, en consecuencia debe dictarse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar resuelto el contrato de concesion suscrito con la empresa BIPER EXPRESS S.A.C. para la prestacion del Servicio Publico de Buscapersonas Bidireccional, en el area de cobertura que comprende la MORDAZA de MORDAZA, de la provincia y departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, en consecuencia sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 448-99-MTC/15.03, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 21910

Declaran resuelto el contrato de concesion suscrito con Biper Express S.A.C. para la prestacion del servicio publico de buscapersonas bidireccional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 153-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 448-99-MTC/ 15.03 se otorgo a BIPER EXPRESS S.A.C. concesion para la explotacion del Servicio Publico de Buscapersonas Bidireccional en el area de cobertura que comprende la MORDAZA

Otorgan a Aerolineas Argentinas S.A. la renovacion y modificacion de permiso de operacion del servicio de transporte aereo regular de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 055-2001-MTC/15.16 MORDAZA, 27 de marzo del 2001 Vista la solicitud de AEROLINEAS ARGENTINAS S.A., sobre Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 012-98-MTC/ 15.16 del 14 de enero de 1998, modificada por la Resolucion Directoral Nº 157-98-MTC/15.16 y Resolucion Directoral Nº 261-2000-MTC/15.16 del 10 de noviembre de 1998 y 17 de octubre de 2000, respectivamente, se otorgo a AEROLINEAS ARGENTINAS S.A., de conformidad con el

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