Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2001 (18/04/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2001

Concejo Nº 089-2000-C/MC que declara infundada la solicitud de vacancia de los cargos de MORDAZA y Regidor del Concejo Distrital de Comas, de la provincia y departamento de MORDAZA, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cruces y de la senora Luz Acela MORDAZA MORDAZA, respectivamente. SS. DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 21974

Convocan a candidatas no proclamadas para que asuman cargos de regidoras de los Concejos Distritales de MORDAZA MORDAZA y Huachos y Provincial de MORDAZA
RESOLUCION Nº 304-2001-JNE MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2001 VISTO, el Expediente Nº 172-2001, iniciado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por el que solicita se expida la credencial de Regidora a MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Rubio MORDAZA, al haberse declarado la vacancia del cargo de Regidora de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Guarda MORDAZA por haber incurrido en la causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de Concejo, presentado el 23 de enero del ano 2001; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en sesion ordinaria de fecha 22 de diciembre del ano 2000, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, constituido por un MORDAZA y once (11) Regidores, acordo con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros, esto es, ocho (8) votos a favor y una (1) abstencion, declarar la vacancia del cargo de Regidora de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Guarda MORDAZA, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias de Concejo, prevista en el numeral 5) del Articulo 26º de la Ley Nº 23853, como consta del acta que en MORDAZA obra de fojas 6 a 15; expidiendose el Acuerdo de Concejo Nº 00081 y Resolucion de Alcaldia Nº 000459, de fechas 22 y 26 de diciembre de 2000, respectivamente, declarando la vacancia de la citada regidora, como consta a fojas 17 y 18; Que con los avisos de notificacion, cargos de las citaciones simples y notariales que obran a fojas 43, 44, 56, 57, 58, 67, 68, 69, 93, 94, 95, 107, 108 y 110 se acredita haber notificado a la Regidora MORDAZA MORDAZA Guarda MORDAZA la convocatoria a las sesiones de Concejo de fechas 31 de octubre, 23, 29 de noviembre, 18 y 22 de diciembre del ano 2000; mediando entre la convocatoria y la sesion por lo menos dos dias habiles, cumpliendo estrictamente lo dispuesto en los Articulos 39º y 43º de la Ley Nº 23853; Que de las actas de las sesiones ordinarias de fechas 31 de octubre, 23, 29 de noviembre y 18 de diciembre del ano 2000, que obran a fojas 49, 62, 74 y 100, respectivamente, se advierte que la Regidora en mencion no ha concurrido a dichas sesiones de Concejo estando debidamente notificada, y no habiendo justificado su inconcurrencia a las mismas, la vacancia declarada es valida; Que con el Oficio Nº 01-01-SG-MDPP que obra a fojas 20, se notifica a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Guarda MORDAZA el acuerdo declaratorio de vacancia de su cargo de Regidora, a traves de su familiar don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arias; documento cursado a su vez en forma notarial, como consta a fojas 21; por lo que, habiendo transcurrido el termino de ley para ejercer su derecho de defensa, conforme lo dispone el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades, dicho acuerdo ha quedado consentido; como tambien lo certifica el Secretario General del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, con el instrumento de fojas 115;

Que segun lo dispone el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, concordante con el numeral 2) Articulo 28º de la Ley Nº 23853, para cubrir las vacantes que se produzca en los Concejos Municipales, se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado y que figure en la misma lista del Regidor que produjo la vacante, correspondiendo asumir el cargo de Regidora a MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Rubio MORDAZA perteneciente al Movimiento Independiente Somos Peru, segun aparece de la lista de candidatos remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Lima; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Rubio MORDAZA, candidata no proclamada del Movimiento Independiente Somos Peru, para que asuma el cargo de Regidora en el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, en reemplazo de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Guarda MORDAZA, para completar el periodo municipal 1999-2002. Articulo Segundo.- Otorgar la respectiva credencial a MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Rubio Ocampo. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 21975 RESOLUCION Nº 308-2001-JNE MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2001 Visto el Expediente Nº 359-2001-Vacancia, organizado a solicitud de don MORDAZA Hilbck Eguiguren, MORDAZA del Concejo Provincial de MORDAZA, comunicando que se ha declarado la vacancia en el cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por cambio de domicilio, a fin que se proceda con arreglo a ley. CONSIDERANDO: Que, como se desprende de la Resolucion Nº 0022001-C/CPP del 16 de febrero de 2001 (fojas 02), y de la transcripcion del acta de sesion de fecha 15 de febrero de 2001 (fojas 10 y ss.), el Concejo Provincial de MORDAZA acordo declarar la vacancia del Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber cambiado de domicilio fuera de la jurisdiccion de la Municipalidad, conforme lo ha manifestado el propio Regidor mediante Carta de fecha 12 de febrero de 2001, dirigida al MORDAZA (fojas 04); Que siendo evidente que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha cambiado de domicilio, por haberlo comunicado el mismo, la declaratoria de vacancia de su cargo de Regidor en el Concejo Provincial de MORDAZA se encuentra arreglada a ley, por lo que este organo electoral debe convocar al reemplazante, quien es el suplente que sigue en la misma lista del vacado, conforme lo establece el Articulo 28º inciso 2) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, revisadas las listas de candidatos, la suplente de la lista independiente "Obras mas Obras", por la que postulo el Regidor vacado, es MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, a quien se debe convocar; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, candidata no proclamada de la lista

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