Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2001 (18/04/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 201471

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Designan magistrado que asistira a curso de capacitacion sobre medidas efectivas para la reinsercion de personas privadas de MORDAZA en la sociedad, a realizarse en Costa Rica
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 016-2001-CE-PJ MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2001 VISTO: El Oficio DG-471-2000, del Director General del Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevencion del Delito y Tratamiento del Delincuente - ILANUD, mediante el cual invita a participar a un representante de este Poder del Estado, al Tercer Curso Internacional de Capacitacion sobre las medidas efectivas de atencion para facilitar la reinsercion de las personas privadas de MORDAZA en la Sociedad", que se llevara a cabo del 16 al 26 de MORDAZA del presente ano, en la sede del Instituto en San MORDAZA de Costa Rica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el referido Oficio, el Director General de ILANUD, comunica que el Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas, suscribio un Convenio de Cooperacion con el Gobierno de Japon y el Gobierno de Costa Rica, para el desarrollo de un programa regional de capacitacion para MORDAZA Latina y el Caribe, en el area de las prisiones, el cual contempla la realizacion de cursos anuales (1999-2003); Que, en cumplimiento del mencionado Convenio de Cooperacion, el ILANUD viene organizando el "Tercer Curso Internacional de Capacitacion sobre las Medidas efectivas de atencion para facilitar la reinsercion de las personas privadas de MORDAZA en la Sociedad", el cual se llevara a cabo del 16 al 26 de MORDAZA del ano en curso, en la sede del Instituto en San MORDAZA de Costa Rica; Que, los objetivos de esta actividad son compartir informacion sobre los instrumentos juridicos internacionales y las experiencias exitosas en algunos paises del MORDAZA en la atencion de las personas privadas de MORDAZA, asimismo, conocer y evaluar la situacion actual y los problemas mas urgentes de los programas de las prisiones de los paises participantes, y elaborar un plan de recomendaciones concretas, acorde con las realidades y particularidades de los paises de la region; Que, el referido Curso, esta dirigido a funcionarios de los Sistemas Penitenciarios y Operadores Juridicos, es decir, Jueces y Fiscales, por lo que resulta necesario designar a un representante de este Poder del Estado; En uso de sus atribuciones, de conformidad con lo establecido en el inciso tercero del Articulo 241º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, y estando a lo acordado en sesion extraordinaria de la fecha, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al senor doctor MORDAZA MORDAZA Talavera MORDAZA, Vocal Provisional de la Sala Corporativa Nacional de Bandas y Terrorismo Especial, para que asista, en representacion de este Poder del Estado, al "Tercer Curso Internacional de Capacitacion sobre las Medidas efectivas de atencion para facilitar la reinsercion de las personas privadas de MORDAZA en la Sociedad", organizado por el Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevencion del Delito y Tratamiento del Delincuente - ILANUD, el cual se llevara a cabo del 16 al 26 de MORDAZA del ano en curso, en la sede del Instituto en San MORDAZA de Costa Rica, concediendosele la licencia con goce de haber del 15 al 27 de MORDAZA del ano en curso. Articulo Segundo.- Los gastos que no MORDAZA cubiertos por el ente organizador, seran de cargo del Pliego del Poder Judicial. Articulo Tercero.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo Cuarto.- El citado Magistrado, debera presentar un informe a este Organo de Gobierno y Gestion, sobre el desarrollo del referido evento, dentro del plazo de 15 dias contados a partir de la fecha de su retorno.

Articulo Quinto.- Transcribir la presente Resolucion a la Gerencia General del Poder Judicial, a la Corte Suprema de Justicia de la Republica y a las instancias correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA URRELLO MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNARDINI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORDONEZ MORDAZA 21984

Modifican Formato de la Cedula de Notificacion Valorada
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Nº 009-2001-P-CE/PJ MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 345-97CME-PJ de fecha 26 de marzo de 1997, se aprobo el formato correspondiente a las Cedulas de Notificacion Civil que deberian ser utilizadas en todos los Distritos Judiciales de la Republica; Que, el formato aprobado unicamente para Cedulas de Notificacion Civil, se extendio su uso por uniformidad a los procesos de familia y laborales; Que, actualmente el Poder Judicial MORDAZA a imprimir un aproximado de 3,000 millares de Cedulas de Notificacion entre valoradas y no valoradas, lo que supone un gasto considerable; Que, estas Cedulas de Notificacion no cumplen con el objetivo de contener en MORDAZA, la totalidad de los datos referidos en el Articulo 158º del Codigo Procesal Civil; en virtud de que, en los diversos Organos Jurisdiccionales de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica que se encuentran informatizados, el Sistema cuenta con un formato preestablecido y en los Organos Jurisdiccionales sin informatizar el llenado de las cedulas se ve dificultado por el espacio insuficiente que contienen estas en relacion con el texto de la resolucion a notificar; utilizandose en ambos casos hojas adicionales que son impresas por dichos Organos, conteniendo los requisitos formales a que hace referencia el dispositivo legal MORDAZA mencionado; en tal sentido las cedulas de notificacion asi disenadas, no cumplen con la finalidad para la que fueron creadas; Que, en concordancia con lo anteriormente expuesto, resulta necesario modificar el formato de las Cedulas de Notificacion Valoradas, orientandolo para un mejor uso que justifique su emision y reducir los costos que demande su impresion; En uso de las facultades conferidas en la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Formato de la Cedula de Notificacion Valorada, que figura como Anexo 1 de la presente resolucion y que contendra los datos relativos al interesado, Organo Jurisdiccional y numero de expediente. Los requisitos que exige el Articulo 158º del Codigo Procesal Civil seran consignados en hoja adicional por el Juzgado o Sala. Articulo 2º.- A partir de la fecha los Organos Jurisdiccionales en los casos de procesos judiciales que cuenten con MORDAZA Judicial, resoluciones de oficio o que las partes procesales gocen de exoneracion expresa de la ley, que conlleve la no obligatoriedad de presentar cedulas de notificacion valoradas; efectuaran sus notificaciones en hojas simples, respetando los requisitos exigidos por el Articulo 158º del Codigo Procesal Civil. Articulo 3º.- El formato aprobado en el Articulo Primero de la presente resolucion, asi como el uso de cedulas de notificacion no valoradas, entraran en vigencia de manera progresiva hasta agotarse el stock existente en el Almacen Central del Poder Judicial. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA URRELLO MORDAZA Presidente

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.