Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2001 (18/04/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

Pag. 201478

NORMAS LEGALES
(...)

MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2001

ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Modifican articulos del Reglamento de los Cursos Especiales del Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso
RESOLUCION Nº 020-2001-AMAG-CD MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2001 EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 151º de la Constitucion Politica del Estado, establece que la Academia de la Magistratura (AMAG), se encarga de la formacion y capacitacion de jueces y fiscales en todos sus niveles, para los efectos de su seleccion; y, que constituye requisito para el ascenso la aprobacion de los estudios especiales que requiera la AMAG; Que, el Articulo 5º de la Ley Organica de la Academia de la Magistratura Nº 26335, establece que el Consejo Directivo es el mas alto organo de la Academia, y el Articulo 6º establece que le corresponde aprobar los reglamentos academicos; Que, con fecha 4 de enero ultimo, se instalo el Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura; Que, mediante Resolucion Nº 005-2001-AMAG-CD se aprobo el diseno y Reglamento de los Cursos Especiales del Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso (PCA); Que, el Articulo 17º del citado Reglamento establece que los magistrados que "hubieran aprobado los Cursos Especiales del Programa de Capacitacion para el Ascenso, tienen el deber de presentarse a los concursos que convoque el Consejo Nacional de la Magistratura dentro de los dos anos de la fecha de recepcion del diploma de conclusion satisfactoria"; Que, mediante Convocatoria Nº 001-2000 el Consejo Nacional de la Magistratura ha convocado a Concurso Publico de meritos para cubrir las plazas vacantes de Magistrados a nivel nacional, el mismo cuyas inscripciones se iniciaran el 16 de MORDAZA del ano en curso; Que, es necesario modificar el Articulo 20º y el Articulo 21º del citado Reglamento, a fin que la aprobacion y evaluacion de los Cursos Especiales del referido Programa, expresen apropiadamente el nivel de aprendizaje y desempeno obtenido por los discentes en los objetivos academicos de los modulos tematicos; Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de la Academia de la Magistratura Nº 26335; la Ley Nº 27368 y el Estatuto de la Academia de la Magistratura aprobado por Resolucion Nº 01-94/AMAGCD; el Reglamento de los Cursos Especiales del Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso aprobado por Resolucion Nº 005-2001-AMAG-CD; y conforme al acuerdo del Pleno del Consejo Directivo, de la fecha; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Articulo 20º del Reglamento de los Cursos Especiales del Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso aprobado por Resolucion Nº 005-2001-AMAG-CD; con el siguiente texto: Articulo 20º.- Del Sistema de evaluacion de los Cursos Especiales a que se refieren los literales a) y b) del Articulo 8º del presente Reglamento. (...) Solo se admite desaprobar dos (02) modulos del Curso.

Articulo Segundo.- Modificar el MORDAZA parrafo del Articulo 21º del Reglamento de los Cursos Especiales del Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso aprobado por Resolucion Nº 005-2001-AMAGCD; con el siguiente texto: Articulo 21º.- Calificacion aprobatoria minima de cada modulo o Curso a que se refieren los literales a) y b) del Articulo 8º del presente Reglamento. (...) Para aprobar los citados Cursos especiales, es necesario ademas de obtener una calificacion aprobatoria final minima de 13.00 (trece), haber aprobado 04 (cuatro) de los 06 (seis) modulos que lo integran. Articulo Tercero.- Autorizar a la Direccion General de la Academia de la Magistratura, a que adopte las medidas necesarias para la implementacion y ejecucion de lo dispuesto en los articulos precedentes. Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto toda MORDAZA que se oponga a la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura 22006

Declaran en MORDAZA de reestructuracion organizativa institucional a la Academia de la Magistratura
RESOLUCION Nº 021-2001-AMAG-CD MORDAZA MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2001 EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA CONSIDERANDO: Que, la Academia de la Magistratura, es un organismo descentralizado MORDAZA, forma parte del Poder Judicial, cuenta con autonomia administrativa, academica y economica y tiene como objeto la formacion academica de los aspirantes a cargos de magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico, asi como la Formacion Academica, Actualizacion y Perfeccionamiento de los Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico; Que, la Academia de la Magistratura tiene como proposito fundamental contribuir al mejoramiento y desarrollo de la justicia en el Peru, privilegiando la persona humana y sus derechos a la paz, la MORDAZA y la justicia social como valores centrales de la sociedad, asumiendo el Servicio de Justicia como funcion fundamental para la consolidacion de la democracia; Que, a la fecha el MORDAZA viene atravesando por un MORDAZA de redemocratizacion y reinstitucionalizacion que involucran a todas las instancias estatales, estando entre ellas, como factor sustancial la Administracion de Justicia; Que, para el cumplimiento de sus fines, la Academia de la Magistratura cuenta con su Ley Organica, Ley Nº 26335, Estatuto, Estructura Organica y Personal Docente y Administrativo; Que, en el MORDAZA de los procesos expuestos, el Congreso de la Republica promulgo la Ley Nº 27427, "Ley de Racionalidad y Limites en el Gasto Publico para el Ano Fiscal 2001", la misma que en su Primera Disposicion Final precisa que las Entidades del Sector Publico que lo consideren conveniente podran llevar a cabo un MORDAZA de Reestructuracion Organizativa Institucional, el mismo que debera tener como objeto mejorar su eficiencia, racionalizar gastos y generar ahorro publico;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.