Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2001 (22/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- Disponer la publicacion del contenido de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DONGO DE MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo Nacional del SENCICO 22218

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Encargan a Comite Especial reiniciar etapa de MORDAZA de seleccion del concurso publico convocado para la contratacion del Estudio "Proyecto Integral del Teatro Municipal y su Entorno"
RESOLUCION Nº 033-2001-SGP MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2001 VISTO: La Resolucion Nº 070-2001-CONSUCODE/PRE de fecha 17 de MORDAZA de 2001, expedida por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que declara nula la Resolucion de Gerencia Nº 0035-2001/RNC-CONSUCODE del 10 de enero de 2001, que dispuso la inscripcion del Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Latorre en el Registro Nacional de Contratistas en calidad de consultor de obra; CONSIDERANDO: Que, mediante Acta de Adjudicacion de fecha 9 de marzo de 2001, el Comite Especial del Concurso Publico Nº 001-2000/EST, convocado para la elaboracion del Estudio Definitivo denominado "Proyecto Integral del Teatro Municipal y su Entorno", otorgo la Buena Pro al postor, Consorcio VCHI-PEREZ-GANOZA por el monto de su propuesta ascendente a S/. 2,531,308.89; Que, la Buena Pro fue otorgada en virtud de la evaluacion y calificacion de las propuestas tecnica y economica de los postores que intervinieron y calificaron en el referido MORDAZA de seleccion, conforme a los metodos y mecanismos establecidos en las Bases, determinandose como postor ganador al Consorcio VCHI-PEREZ-GANOZA; Que, las Bases del Concurso Publico Nº 001-2001/EST, establecieron en su numeral 11.0, la Etapa denominada "Presentacion de documentacion para calificar como postor" - (Etapa 5); habiendose determinado, una vez concluida la misma, a los postores aptos para participar en la siguiente Etapa denominada "Presentacion de la propuesta tecnica y de la propuesta economica" - (Etapa 6), cuyo resultado fue el senalado en el considerando precedente; Que, de acuerdo al numeral 13.03, MORDAZA parrafo de las mencionadas Bases, el sobre unico presentado por los postores en la Etapa 5, debio contener, entre otros, MORDAZA simple del Certificado de Inscripcion vigente en el Registro Nacional de Contratistas del CONSUCODE donde conste la Especialidad en Obras Urbanas, Edificaciones y Afines del postor o de cada integrante del Consorcio de ser el caso, lo cual es concordante con lo establecido en el Articulo 70º, inciso a) del Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, MORDAZA vigente en la fecha de MORDAZA del Sobre Unico; Que, de conformidad con el Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, los documentos emitidos en el extranjero que MORDAZA presentados en el MORDAZA de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, deberan estar legalizados debidamente por el Consulado correspondiente o la Entidad que haga sus veces y por la Cancilleria del Peru;

Que, el postor, Consorcio VCHI-PEREZ-GANOZA, presento entre los documentos requeridos en la Etapa de Calificacion del Postor, el Certificado de Inscripcion, expedido por el CONSUCODE, del Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Latorre, integrante de este consorcio, de nacionalidad espanola; Que, con fecha 17 de MORDAZA de 2001, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado expidio la Resolucion Nº 070-2001-CONSUCODE/PRE, declarando la nulidad de la Resolucion de Gerencia Nº 0035-2001/ RNC-CONSUCODE del 10 de enero de 2001, mediante la cual se habia dispuesto la inscripcion en el Registro Nacional de Contratistas en calidad de consultor de obras publicas, del Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Latorre con el Registro C1276 en la especialidad de obras urbanas, edificaciones y afines y obras menores; disponiendo la cancelacion de la inscripcion de dicho arquitecto, en razon de haber presentado documentacion emitida en el extranjero sin las legalizaciones correspondientes exigidas para este MORDAZA de procedimiento, conforme a lo dispuesto en el Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 039-98-PCM y en el Articulo 11º del Reglamento del Registro Nacional de Contratistas y del Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 043-99-PCM; Que, la Primera Disposicion Final del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM del 12 de febrero de 2001, dispone que los procesos de seleccion convocados MORDAZA de la vigencia de la Ley, se adecuan a las disposiciones de esta y del presente Reglamento; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, MORDAZA vigente aplicable por adecuacion al presente caso, el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el Articulo 57º de la Ley, encontrandose entre las mismas, aquellos actos dictados contraviniendo las normas legales o prescindiendo de las normas esenciales de procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable; Que, la precitada disposicion es concordante con el inciso c) del Articulo 43º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, que establece la nulidad de pleno derecho de los actos administrativos dictados prescindiendo de las normas esenciales de procedimiento y de la forma prescrita por la ley; Que, de conformidad con las normas legales acotadas, se ha determinado que el Consorcio VCHI-PEREZ-GANOZA, no ha cumplido con las disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Publico Nº 001-2000/EST, en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, respecto a su debida inscripcion en el Registro Nacional de Contratistas; Estando a las facultades senaladas en el Articulo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: 1. Declarar la nulidad del acto de otorgamiento de la Buena Pro al postor Consorcio VCHI-PEREZ-GANOZA, en el Concurso Publico Nº 001-2000/EST, convocado para la contratacion del Estudio Definitivo "Proyecto Integral del Teatro Municipal y su Entorno". 2. Declarar la nulidad de todo lo actuado en el MORDAZA de seleccion a que se refiere el numeral anterior, hasta la Etapa 5 denominada "Presentacion de documentacion para calificar como postor", retrotrayendose el MORDAZA hasta dicha etapa. 3. Encargar al Comite Especial para que reinicie el MORDAZA de seleccion del Concurso Publico Nº 001-2000/ EST, a partir de la Etapa 5 con la evaluacion y calificacion de los documentos validamente presentados por los postores. 4. Comunicar la presente resolucion al CONSUCODE, al Comite Especial y a los postores intervinientes en el aludido MORDAZA de seleccion con arreglo a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA CAMINADA MORDAZA Secretario General Permanente INVERMET 22236

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