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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (25/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 201829 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de abril de 2001 d. Normar, coordinar, ejecutar y actualizar la carto- grafía censal. e. Organizar y administrar la Mapoteca del INEI. f. Determinar la ubicación espacial de los centros poblados. g. Compilar las estadísticas geográficas. h. Efectuar estudios respecto a la determinación de los ámbitos políticos administrativos del país. i. Normar, organizar y centralizar la información de los directorios sectoriales de empresas y establecimien- tos. j. Otras funciones que se le asigne. Cuenta con los Organos siguientes: - Dirección Ejecutiva de Cartografía y Geografía. - Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de Hoga- res. - Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de Em- presas y Establecimientos. - Dirección Ejecutiva de Muestreo y Marcos Muestra- les. Artículo 47º.- La Dirección Ejecutiva de Cartografía y Geografía tiene las siguientes funciones: a. Planificar, coordinar y ejecutar los programas de levantamiento, actualización cartográfica y automati- zación de la cartografía estadística. b. Establecer la metodología y procedimientos de elaboración de la cartografía estadística. c. Proponer y efectuar estudios que permitan actua- lizar la ubicación espacial de los centros poblados. d. Organizar y administrar la Base de Datos Geográ- ficos. e. Participar en el Comité Técnico de Censos y En- cuestas. f. Otras funciones que se le asigne. Artículo 48º.- La Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de Hogares tiene las siguientes funciones: a. Determinar las metodologías y estrategias para la ejecución de los Censos y Encuestas de Hogares. b. Diseñar y/o elaborar los documentos básicos: el Programa, los Cuestionarios, el Plan de Tabulados, los Manuales, los Códigos y demás documentos, para los censos y encuestas de hogares. c. Formular y elaborar planes de control de calidad para la consistencia de la información de los censos y encuestas de hogares. d. Estandarizar y armonizar las definiciones, concep- tos y variables que se utilizarán en las investigaciones estadísticas. e. Participar en el Comité Técnico de Censos y En- cuestas. f. Capacitar al personal encargado de ejecutar los censos y encuestas de hogares. g. Otras funciones que se le asigne. Artículo 49º.- La Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos tiene las siguientes funciones: a. Determinar las metodologías y estrategias para la ejecución de los Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos. b. Diseñar y/o elaborar los documentos técnicos bási- cos: el Programa, los Cuestionarios, el Plan de Tabula- dos, los Manuales, los Códigos y demás documentos, para los censos y encuestas de Empresas y Estableci- mientos. c. Coordinar la elaboración de Directorios Sectoriales para la ejecución de Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos. d. Formular y elaborar planes de control de calidad para la consistencia de la información de los Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos. e. Estandarizar y armonizar las definiciones, concep- tos y variables sobre Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos. f. Participar en el Comité Técnico de Censos y En- cuestas. g. Capacitar al personal encargado de ejecutar los censos y encuestas de empresas y establecimientos.h. Otras funciones que se le asigne. Artículo 50º.- La Dirección Ejecutiva de Muestreo y Marcos Muestrales tiene las siguientes funciones: a. Determinar las técnicas de muestreo a utilizarse de las investigaciones estadísticas que ejecute el INEI. b. Elaborar los diseños y marcos muestrales para las encuestas que realice el INEI. c. Normar, apoyar y evaluar la aplicación de las técnicas de muestreo que utilicen los órganos del SINEI, en sus investigaciones estadísticas. d. Diseñar y actualizar la muestra maestra para la ejecución de las Encuestas de Hogares. e. Coordinar, elaborar y actualizar los Directorios Sectoriales para la ejecución de Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos. f. Participar en el Comité Técnico de Censos y En- cuestas g. Otras funciones que se le asigne. Artículo 51º.- La Dirección Nacional de Cuentas Nacionales es el órgano técnico normativo que conduce el Sistema Nacional de Cuentas Nacionales, es responsa- ble de la normatividad y estimaciones de los sistemas de cuentas y otros esquemas macroeconómicos. Sus funcio- nes y atribuciones son: a. Normar, planear, dirigir, controlar, ejecutar y evaluar la elaboración del Sistema de Cuentas Naciona- les Anuales, Trimestrales y Departamentales y, otras cuentas de carácter especial. b. Normar y elaborar en coordinación con los organis- mos públicos las nomenclaturas de actividades y produc- tos, y otras relacionadas con el Sistema de Cuentas Nacionales. c. Proponer métodos y procedimientos de trabajo, así como la ejecución de estudios y análisis, orientados al mejoramiento de las estadísticas básicas, utilizadas en la elaboración de las Cuentas Nacionales. d. Coordinar con los organismos públicos, la formula- ción de normas, directivas administrativas y técnico- contables, que faciliten la aplicación del sistema unifor- me de contabilización para empresas, el Plan Contable Gubernamental y otros planes contables. e. Emitir opinión técnica, sobre formularios y docu- mentos metodológicos relativos a la elaboración de las Cuentas Nacionales. f. Normar y orientar el diseño, elaboración y publica- ción de metodologías y otros estudios de investigación, referido a las Cuentas Nacionales y Departamentales. g. Coordinar con los organismos públicos la explota- ción de los registros administrativos del gobierno, para la elaboración de las Cuentas Nacionales y Departamen- tales. h. Coordinar con las Oficinas Sectoriales de Estadís- tica y los Organos de Línea del INEI, el contenido de los formularios y la explotación de los censos económicos, encuestas económicas anuales y no anuales sectoriales, encuestas de hogares, demográficas, sociales y otras afines, para la elaboración de las Cuentas Nacionales. i. Otras funciones que se le asigne. Cuenta con los órganos siguientes: - Dirección Ejecutiva de Cuentas de Bienes y Servi- cios No Financieros. - Dirección Ejecutiva de Cuentas del Gobierno y del Sector Financiero. - Dirección Ejecutiva de Cuentas de los Hogares. Artículo 52º.- La Dirección Ejecutiva de Cuentas de Bienes y Servicios No Financieros tiene las siguientes funciones: a. Programar, organizar, dirigir, supervisar y elabo- rar los cálculos preliminares y definitivos anuales, a precios corrientes y constantes, de las cuentas de produc- ción y generación del ingreso, por clase de actividad económica (excepto las actividades financieras, seguros y gobierno), la formación bruta de capital por productos, las exportaciones por productos, las importaciones por productos, los equilibrios de oferta y utilización de bie- nes y servicios por productos, la construcción de las matrices de producción y la tabla de insumo producto.