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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (25/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 201833 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de abril de 2001 ver, orientar, desarrollar y coordinar investigaciones en los campos de estadística y socioeconómica. Cuenta con un Grupo de Análisis, conformados por los responsables de cada Dirección de Metodología de las Direcciones Nacionales y Técnicas. Sus funciones y atribuciones son: a. Proponer y formular la política de estudios e inves- tigaciones metodológicas y normatividad. b. Realizar investigaciones en coordinación con los órganos de metodologías de las DDNN/TT, con el propó- sito de mejorar o desarrollar metodologías y procesos estadísticos, que permitan elevar la calidad de la infor- mación que genera el INEI y el SEN. c. Promover y desarrollar investigaciones socioeconó- micas utilizando la información que produce el INEI y el SEN. d. Coordinar, supervisar y evaluar las actividades de investigación que desarrollen los órganos del SEN. e. Fomentar e integrar los procesos a ser utilizados en las áreas de metodología de cada DDNN/TT f. Diseminar estudios e investigaciones para conoci- miento y/o aplicación en los órganos del INEI y el SINEI. g. Otras funciones que se le asigne. Cuenta con los Organos siguientes: - Dirección Ejecutiva de Estudios e Investigaciones. - Dirección Ejecutiva de Metodología y Normativi- dad. Artículo 70º.- La Dirección Ejecutiva de Estudios e Investigaciones tiene las siguientes funciones: a. Formular y evaluar las Políticas de Estudios e Investigaciones. b. Proponer y/o ejecutar investigaciones que respon- dan a las necesidades de los usuarios. c. Formular e implementar mecanismos, orientados a desarrollar las capacidades para la investigación, así como promover el uso intensivo de la información del INEI, en el desarrollo de investigaciones socioeconómi- cas. d. Proponer los enfoques conceptuales de los conteni- dos multitemáticos de encuestas especializadas y cen- sos. e. Diseminar estudios e investigaciones y, elaborar la revista de investigaciones del INEI. f. Promover y realizar eventos científicos. g. Otras funciones que se le asigne. Artículo 71º.- La Dirección Ejecutiva de Metodolo- gía y Normatividad tiene las siguientes funciones: a. Ejecutar y evaluar las políticas de investigación metodológica y normatividad para mejorar la produc- ción estadística del INEI y del SEN. b. Estandarizar y normalizar las metodologías y procedimientos estadísticos, en coordinación con las Di- recciones de Metodología de las DDNN/TT. c. Elaborar y proponer en coordinación con las Direc- ciones de Metodología de la DDNN/TT, normas metodo- lógicas para la construcción de indicadores y procedi- mientos estadísticos, y desarrollar, metodologías que permitan el mejoramiento y la actualización de los ins- trumentos estadísticos. d. Coordinar, supervisar y evaluar las actividades de investigación metodológica que realiza el INEI y los órganos del SEN. e. Promover y realizar eventos de contenido metodo- lógico. f. Otras funciones que se le asigne. TITULO CUARTO DE LOS DEMAS ORGANOS DEL SISTEMA NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA CAPITULO I DE LAS OFICINAS SECTORIALES DE ESTADISTICA E INFORMATICA DEL NIVEL CENTRAL Artículo 72º.- Las Oficinas Sectoriales de Estadísti- ca y de Informática (OSEI) del nivel central, son órganosde los Ministerios, y mantienen relación técnico-norma- tiva con el INEI. Están encargadas de planear, coordi- nar, ejecutar y evaluar las actividades que desarrollan las demás Oficinas de Estadística e Informática del Sector, cualquiera que fuera la ubicación geográfica de éstas. Se exceptúan a las Oficinas de Estadística e Informática de las Fuerzas Armadas. Artículo 73º.- Son funciones de las OSEI: a. Formular, ejecutar y evaluar el Plan Estadístico e Informático Sectorial, en el ámbito de su competencia, de acuerdo a las normas y disposiciones técnicas del INEI. b. Atender los requerimientos de información que le solicite el INEI en la forma y plazos que le señale, así como difundir y velar por la aplicación de la normativi- dad emitida por el INEI, en el ámbito del Sector en sus diferentes niveles. c. Producir, centralizar y difundir las estadísticas de su competencia, de acuerdo a las normas y disposiciones emitidas por el INEI; en el ámbito de su sector. d. Otras funciones que se le asigne. CAPITULO II DE LAS OFICINAS DE ESTADISTICA E INFORMATICA DE LOS PODERES PUBLICOS, ORGANISMOS AUTONOMOS, INSTITUCIONES PUBLICAS DESCENTRALIZADAS Y EMPRESAS DEL ESTADO Artículo 74º.- Las Oficinas de Estadística e Informá- tica de los Poderes Públicos, Organismos Autónomos, Instituciones Públicas Descentralizadas, y Empresas del Estado, son órganos que mantienen una relación técnico-normativa con el INEI y la OSEI, en el caso de pertenecer a un sector, tienen las siguientes funciones: a. Ejecutar bajo la dirección y control de las respecti- vas OSEI o del INEI, según el caso, las actividades que le sean asignadas en los Planes Estadísticos e Informá- ticos Sectoriales. b. Atender los requerimientos de información que les soliciten las OSEI o el INEI, en la forma y plazos que éstas le señalen. c. Participar en la formulación y evaluación del Plan Estadístico e Informático. d. Participar activamente en el CCOI. e. Proponer las necesidades de capacitación y adies- tramiento para el personal de su dependencia. f. Otras funciones que se le asigne. CAPITULO III DE LOS ORGANOS DE ESTADISTICA E INFORMATICA DEPARTAMENTALES Artículo 75º.- Las Oficinas Departamentales de Esta- dística e Informática (ODEI) son los órganos ejecutivos del INEI en el nivel departamental, conducen las actividades estadísticas e informáticas de acuerdo a la normatividad que emitan los órganos técnicos normativos del nivel cen- tral a través de la Oficina Técnica de Estadísticas Depar- tamentales. Dependen directamente de la Jefatura. Su estructura organizativa y sus funciones garantizan la producción estadística y el desarrollo informático en este ámbito. Sus funciones y atribuciones son: a. Coordinar, orientar, supervisar y evaluar, la ejecu- ción del Plan Estadístico e Informático Departamental y Local y, administrar el Banco de Datos Departamental. b. Normar, dirigir, coordinar y supervisar las activi- dades estadísticas e informáticas en el ámbito departa- mental. c. Administrar los recursos presupuestales, materia- les y el personal asignado. d. Apoyar a la autoridades departamentales con in- formación estadística oportuna, confiable y útil. e. Centralizar, publicar y difundir las estadísticas departamentales oportunamente de acuerdo a las nor- mas técnicas emitidas por los órganos de Línea del INEI. f. Coordinar con la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales, la normatividad, los métodos, proce- dimientos y técnicas estadísticas e informáticas a utili- zarse en el nivel departamental.