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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (25/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 201832 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de abril de 2001 e. Elaborar lineamientos y metodologías para el orde- namiento y gestión de los recursos informáticos del Estado. f. Coordinar a través de Oficina Técnica de Coopera- ción Técnica el apoyo de la cooperación técnica para la difusión de tecnologías. g. Brindar asesoría y absolver consultas para la elaboración de planes sectoriales informáticos en las instituciones públicas. h. Otras funciones que se le asigne. Artículo 63º.- La Dirección Ejecutiva de Fomento de Tecnologías tiene las siguientes funciones: a. Difundir y promover el uso de nuevas herramien- tas tecnológicas para la modernización de las entidades del sector público. b. Convocar la participación de las Universidades, Centros de Investigación y la iniciativa privada, en las actividades de fomento, promoción y difusión de las tecnologías de información y comunicaciones. c. Organizar y realizar eventos de promoción y difu- sión con el fin de promover el uso de las tecnologías de información y comunicaciones. d. Coordinar la ejecución de reuniones técnicas de los órganos consultivos de informática. e. Operativizar centros especializados de investiga- ción y consulta tecnológica. f. Elaborar publicaciones periódicas de difusión tec- nológica. g. Brindar asesoría y transferencia tecnológica a las entidades del Estado que lo requieran. h. Otras funciones que se le asigne. Artículo 64º.- La Dirección Técnica de Desarrollo Informático es el órgano responsable de proponer las políticas y programas de desarrollo informático, así como elaborar estudios y normas relacionadas con el desarrollo y aplicación de la informática en el Sector Público. Sus funciones y atribuciones son: a. Asesorar en las tareas de desarrollo de la actividad informática oficial en los diferentes niveles del SINEI. b. Organizar, conducir y evaluar programas o proyec- tos informáticos multidisciplinarios e interinstituciona- les, relativos al desarrollo e integración de los organis- mos del Estado. c. Otras funciones que se le asigne. Cuenta con los Organos siguientes: - Dirección Ejecutiva de Proyectos. Artículo 65º.- La Dirección Ejecutiva de Proyectos tiene las siguientes funciones: a. Realizar investigaciones sobre nuevas tecnologías de información y comunicaciones, así como recomendar su incorporación o mejores usos en la Administración Pública. b. Plantear iniciativas de proyectos de tecnologías de información y comunicaciones, factibles de ser desarro- llados en las instituciones del Estado. c. Plantear iniciativas de proyectos tecnológicos de interés nacional, regional o internacional, factibles de ser desarrollados con la participación conjunta de otros países, en el marco de la cooperación internacional. d. Desarrollar e implementar los procedimientos de trabajo para el desarrollo de sistemas y prototipos orien- tados al fomento de nuevas tecnologías en la Adminis- tración Pública. e. Desarrollar prototipos de sistemas para uso gené- rico en las entidades del Estado. f. Brindar apoyo tecnológico consultivo a las institu- ciones de la Administración Pública, en aspectos vincu- lados a la realización de proyectos y solución de proble- mas comunes, referidos a las tecnologías de información y comunicaciones. g. Otras funciones que se le asigne. CAPITULO X DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS Artículo 66º.- La Escuela Nacional de Estadística e Informática (ENEI) es el órgano desconcentrado, respon-sable de promover, orientar, desarrollar y coordinar las acciones de capacitación e investigación en los campos de la Estadística e Informática y áreas afines. Desarrolla, acti- vidades académicas de formación técnica y capacitación especializada. En el nivel departamental cuenta con Filia- les Departamentales. Depende directamente de la Jefatu- ra del INEI. Sus funciones y atribuciones son: a. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y evaluar las actividades de capacitación básica, intermedia y especializada en estadística e informática y áreas afines. b. Proponer y diseñar un Programa de Línea de Carrera, para el personal de acuerdo a los requerimien- tos actuales del INEI y del SINEI. c. Promover y ejecutar programas a nivel de Post- Grado, así como prácticas Preprofesionales en aspectos vinculados al quehacer institucional. d. Promover el desarrollo de investigaciones de carác- ter científico y de la difusión de información científica sobre estadística e informática. e. Normar, supervisar y evaluar las acciones de capa- citación en las filiales departamentales. f. Generar ingresos propios, a fin de orientarlos al desarrollo y mejoramiento de las actividades de capaci- tación. g. Representar al INEI, en certámenes y eventos nacionales e internacionales en el campo de competencia de la ENEI, previa autorización del Despacho Jefatural. h. Desarrollar acciones de proyección cultural. i. Otras funciones que se le asigne. Cuenta con los Organos siguientes: - Dirección Ejecutiva Académica - Dirección Ejecutiva Administrativa Artículo 67º.- La Dirección Ejecutiva Académica tiene las siguientes funciones: a. Formular, proponer y evaluar el plan de capacita- ción anual de la ENEI y sus filiales, en Estadística, Informática y Areas afines. b. Desarrollar y supervisar el dictado de cursos en las áreas de economía, estadística y ciencias sociales, así como coordinar y supervisar los contenidos temáticos de los cursos a ser desarrollados. c. Diseñar un Programa de Línea de Carrera para el personal del INEI. d. Formular y proponer proyectos de capacitación para obtener Cooperación Técnica. e. Promover, organizar, coordinar y supervisar el desarrollo de eventos nacionales e internacionales de capacitación. f. Proponer y supervisar la aplicación de metodolo- gías adecuadas en el proceso de enseñanza de la ENEI y de sus filiales. g. Proponer herramientas de evaluación para las necesidades de capacitación del docente, así como del impacto de la capacitación en los participantes de los cursos a nivel nacional. h. Otras funciones que se le asigne. Artículo 68º.- La Dirección Ejecutiva Administrati- va tiene las siguientes funciones: a. Elaborar el presupuesto y realizar el control e inventario del mobiliario y equipo de la ENEI. b. Evaluar y supervisar los Convenios suscritos con Entidades Públicas y Privadas, y proponer recomenda- ciones al respecto. c. Coordinar, supervisar y elaborar los documentos académicos, así como la expedición de certificados y constancias, la centralización del récord académico y los informes técnico-administrativos. d. Coordinar, supervisar y evaluar las solicitudes de Becas y Semibecas, así como el desarrollo y certificación de las Prácticas Preprofesionales. e. Supervisar y coordinar con la Oficina de Tesorería del INEI, la recepción y control de pagos de los cursos y eventos que realiza la ENEI. f. Velar por el mantenimiento, seguridad y control e inventario del mobiliario y equipos de la ENEI. g. Otras funciones que se le asigne. Artículo 69º.- El Centro de Investigación y Desarro- llo es el órgano desconcentrado, responsable de promo-