Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2001 (25/04/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag.201843

Autorizan a procurador iniciar las acciones correspondientes contra el Banco MORDAZA por incumplir diversas disposiciones legales y el Contrato de Adquisicion de Activos y MORDAZA de Obligaciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 132-2001-EF/10 MORDAZA, 24 de MORDAZA del 2001 Vista la Carta EF/92.1000 Nº 006/2001 de la Presidencia del Directorio del Banco de la Nacion y demas documentacion que se acompana. CONSIDERANDO: Que, mediante la carta de vistos, la Presidencia del Directorio del Banco de la Nacion informa que el Banco MORDAZA no ha cumplido con las obligaciones derivadas del Decreto de Urgencia Nº 041-99, concordante con el Decreto de Urgencia Nº 043-99, el Reglamento Operativo aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 152-99-EF/10 y el Contrato de Adquisicion de Activos y MORDAZA de Obligaciones de fecha 31 de agosto de 1999, suscrito entre el Banco de la Nacion, en representacion del Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco Latino; Que, estando al hecho expuesto, resulta necesario autorizar al Procurador Publico del Estado encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que inicie las acciones judiciales del caso; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Estado encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales que correspondan contra el Banco MORDAZA y los demas que resulten obligados, por las causas expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir a la Procuraduria Publica del Estado a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas los antecedentes de la presente Resolucion para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 22409

Que, el Reglamento de la Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 086-2000-EF, dispone que los precios sociales, parametros; asi como otras normas de observancia obligatoria, se aprueban a traves de las Directivas que para tal fin emite la Oficina de Inversiones; Que, el Decreto Supremo Nº 086-2000-EF define al conglomerado como al conjunto de Proyectos de Inversion Publica similares que tienen el mismo tratamiento que un Proyecto de Inversion Publica, lo que hace necesario precisar las caracteristicas y procedimientos que deben observarse al conformarse un conglomerado; Que, de la aplicacion de las normas que sustentan al Sistema Nacional de Inversion Publica, se evidencia la necesidad de normar procedimientos que atiendan las necesidades de los Consejos Transitorios de Administracion Regional, asi como introducir cambios en los Contenidos Minimos a nivel de perfil; con el fin de permitir el correcto funcionamiento del Sistema Nacional de Inversion Publica; En concordancia a las facultades dispuestas por el Decreto Legislativo Nº 790, la Ley 27293, normas reglamentarias y complementarias; y la Resolucion Suprema N° 081-2001-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-2001-EF/ 68.01 Normas complementarias de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GIESECKE SARA-LAFOSSE Jefe de la Oficina de Inversiones Directiva Nº 001-2001-EF-68.01 Normas complementarias de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica I PARAMETROS DE EVALUACION Articulo 1º.- PARAMETROS DE EVALUACION Adicionalmente a lo dispuesto en la sexta disposicion transitoria de la Directiva Nº 002-2000-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 182-2000EF-10, para la formulacion y evaluacion de Proyectos de Inversion Publica, se tomaran en cuenta los siguientes parametros de evaluacion: 1.1. PROYECCIONES DEL MACROENTORNO Con el objeto de homogeneizar los parametros del macroentorno para los estudios de demanda de los PIP en la fase de preinversion, se consideraran las siguientes variables: a. Producto MORDAZA Interno: Incorpora PBI global y por sector productivo para los 24 departamentos del pais. Esta informacion se presentara en variaciones reales anuales de acuerdo a tres escenarios: optimista, neutro y pesimista. (Anexo A). b. Ingreso Nacional Disponible: Esta informacion se presentara en variaciones anuales reales tanto a nivel global como para los 24 departamentos del pais. Esta informacion se presenta en tres escenarios: optimista, neutro y pesimista. (Anexo B). c. Poblacion Total: Esta informacion se presentara en numero de personas y en variaciones porcentuales anuales tanto a nivel global como para los 24 departamentos del pais. (Anexo C). d. Poblacion Economicamente Activa: Esta informacion se presentara en numero de personas y en variaciones anuales tanto a nivel global como para los 24 departamentos del pais. (Anexo D). Dichos anexos los publicara la Oficina de Inversiones en la pagina web del Ministerio de Economia y Finanzas:

Aprueban Normas Complementarias de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 010-2001-EF/68.01 MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Oficina de Inversiones, es la mas alta autoridad tecnico normativa del Sistema Nacional de Inversion Publica, y en consecuencia dicta las normas tecnicas, metodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversion Publica;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.