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Pág. 209097 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de agosto de 2001 VISTO: El Informe Nº 059-2001-OREC-DSS-MDR emitido por la División de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institución natural y fundamental de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4º de la Constitución Política del Perú; Que, es política de la Municipalidad brindar las facili- dades necesarias a todos los ciudadanos del distrito que deseen regularizar y/o formalizar su estado civil, de con- formidad con lo preceptuado en el Código Civil; Que, mediante documento de visto se establece que es conveniente la realización del SEGUNDO MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO para llevarse a cabo el día 22 de setiembre del presente año, fecha coincidente con la cele- bración del día de la primavera, estableciendo para ello, los requisitos mínimos necesarios para la realización de los mismos; Que, mediante documento de visto, la División de Registros Civiles establece la tarifa única y los requisitos indispensables que se deberán adjuntar; Que, de conformidad a las atribuciones conferidas por el Art. 47º numeral 6 de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853; DECRETA: 1º. AUTORIZAR la realización del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, en el distrito del Rímac, para los vecinos rimenses, el mismo que se llevará a cabo el sábado 22 de setiembre del 2001, con el único pago de S/. 25.00 (veinticinco y 00/100 nuevos soles) por gastos administra- tivos, expediente matrimonial y ceremonia, así como de la exoneración de la dispensa de publicación de edictos ma- trimoniales. Sin incluir los derechos de pago por examen médico. 2º. ESTABLECER, que los ciudadanos se adecuarán a lo dispuesto por la Ley de Simplificación Administrativas Nº 25035 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 070-89- PCM, señalándose como requisitos mínimos los siguien- tes: - Partida de Nacimiento original o dispensa judicial de ambos contrayentes. - Fotocopia simple del documento de identidad de ambos contrayentes. - Certificado médico. - Dos testigos mayores de edad. - Asistencia a las charlas de prevención de enfermeda- des de transmisión sexual. 3º. Encargar, a la Dirección de Administración y a la Dirección de Servicios Sociales a través de su División de Registros Civiles, el cumplimiento de la presente disposi- ción municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 29559 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Autorizan a asociación ejecutar obras de habilitación urbana de terreno ubi- cado en el distrito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1897-2001-AL/MDSMP San Martín de Porres, 3 de agosto de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRESVISTO; el Expediente administrativo Nº A-1365-2001, promovido por la Asociación de Propietarios de la Urbani- zación Los Portales de Santa Rosa, mediante el cual solicitan la Autorización de Ejecución de Obras para la Habilitación Urbana, del terreno CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (47,200 00 m2) constituido por la parcela U.C. Nº 10275 y parte de la parcela U.C. Nº 10559, ubicados en el ex fundo Santa Rosa, del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la recurrente acredita la Personería Jurídica y la representación legal vigente que invocan, conforme lo establece el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Adminis- trativos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-94- JUS, conforme se aprecia en la Partida Electrónica Nº 01957007 del Registro de Personas Jurídicas; Que, mediante Ficha Registral Nº 301949 del Registro de Propiedad Inmueble se verifica que la parcela con U.C. Nº 10275 es de propiedad de don Juan Pedro Cuya Quispe; Que, mediante Ficha Registral Nº 181255 del Registro de la Propiedad Inmueble se verifica que la parcela con U.C. Nº 10559 es de propiedad de don Esteban Cuya Rosales y Esposa; Que, mediante Contrato de Compra Venta, celebrada por don Juan Pedro Cuya Quispe con la Constructora Santa Carolina, se transfiere la propiedad del terreno inscrito en la Ficha Registral Nº 301949 del Registro de la Propiedad Inmueble a favor de esta última; Que, mediante Contrato de Compra Venta, celebrada por los herederos de don Esteban Cuya Rosales con la Constructora Santa Carolina, se transfiere el 50% del terreno inscrito en la Ficha Registral Nº 181255 del Regis- tro de la Propiedad Inmueble a favor de esta última; Que, la Asociación recurrente presenta contratos pri- vados que otorga la Constructora Santa Carolina a favor de sus representados, que si bien es cierto no constituye el 50% más uno de compradores de lotes del terreno, materia del presente, también es cierto que presenta la Declara- ción Jurada Notarial sobre la inexistencia de otra agrupa- ción o Asociación dentro del Programa de Vivienda que registra 206 lotes; Que, mediante Dictamen 05, tomado de la Sesión Nº 005-2001 del 11 de julio del 2001 de la Comisión Técnica Dictaminadora y Calificadora de Habilitaciones Urbanas de San Martín de Porres, se Dictaminó FAVORABLE la Autorización de Ejecución de Obras para la Habilitación Urbana, solicitada por los recurrentes; Que, los recurrentes han cumplido con presentar los requisitos establecidos en las normas vigentes y acreditan haber cancelado los derechos administrativos, mediante los recibos Nºs. 010089029, 010089027, 010089020 y 010136639; Estando a lo informado por la División de Planificación y Habilitaciones Urbanas y la Dirección de Asesoría Jurí- dica, con el visto de la Dirección de Desarrollo Urbano; y, De conformidad a lo establecido en la Ordenanza Nº 029 del 2000 y con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Asociación de Propietarios de la Urbanización Los Portales de Santa Rosa, para ejecutar las obras de Habilitación Urbana contados a partir de la notificación de la presente Resolu- ción, de conformidad con el plano signado con el Nº 014- 2001-DPHU-DDU-MDSMP, del terreno de cuarenta y siete mil doscientos metros cuadrados (47,200.00 m2) constituido por la parcela U.C. Nº 10275 y parte de la parcela U.C. Nº 10559, ubicados en el ex fundo Santa Rosa, del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, debiendo sujetarse dichos traba- jos a los planos firmados y sellados por la División de Planificación y Habilitaciones Urbanas y Dirección de Desarrollo Urbano, de acuerdo al siguiente cuadro de áreas: DISEÑO: Se hará según el siguiente detalle de áreas: Área Terreno :47,200.00 m2 Área Vía Metropolitana :4,406.40 m2 Área Afecta Aportes :42,793.60 m2 Área Útil Viviendas :30,692.61 m2 Área Vías Locales :8,864.99 m2 Área Aporte Recreación Pública :2,636.00 m2 Área Aporte Ministerio Educación : 600.00 m2