Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2001 (22/08/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de agosto de 2001

Mayhuasca Munico continuan ejerciendo los cargos de Regidores del Concejo Distrital de San MORDAZA de Iscos. Articulo Tercero.- Disponer que el Regidor senor Roler MORDAZA MORDAZA se abstenga de continuar ejerciendo el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de San MORDAZA de Iscos, bajo responsabilidad. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese SS. MORDAZA ­ MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON ­ MORDAZA MORDAZA, Secretario General 29612

Convocan a candidatos no proclamados para que asuman cargos de regidores de los Concejos Distritales de Yura y El MORDAZA
RESOLUCION Nº 606-2001-JNE MORDAZA, 21 de agosto de 2001 VISTO; el recurso de revision interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el Expediente Nº 564-2001Vacancia, contra el Acuerdo de sesion del 16 de MORDAZA de 2001, continuada el 19 del mismo mes y ano, del Concejo Distrital de Yura, provincia y departamento de MORDAZA, por la que se declaro la vacancia de su cargo de Regidor, por cambiar de domicilio fuera de la jurisdiccion de la Municipalidad; y la comunicacion del MORDAZA del referido Concejo, don MORDAZA MORDAZA Butron Nunez, quien informa acerca de dicha declaratoria de vacancia a fin de que se convoque a MORDAZA Regidor y oidos los informes orales; CONSIDERANDO: Que con fecha 23 de MORDAZA de 2001, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpuso recurso de revision contra el Acuerdo de Concejo adoptado en la sesion de fecha 16 de MORDAZA de 2001, continuada el dia 19 del mismo mes y ano, donde los miembros del Concejo Distrital de Yura, debatieron sobre la vacancia del Regidor referido, obteniendose dos votos a favor y la abstencion de dos Regidores, votando como dirimente el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Butron Nunez; observandose que en la continuacion de la sesion extraordinaria de la fecha indicada, votaron por la vacancia los Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Pastora MORDAZA de MORDAZA y Enerminda MORDAZA MORDAZA Cevallos; Sin embargo, a fojas 216, en el acta de sesion extraordinaria de concejo de fecha 14 de junio de 2001, consta la aclaracion de la votacion de la sesion del 16 de MORDAZA continuada el 19 de MORDAZA de 2001, senalando que el resultado final fue de cuatro votos a favor y dos en contra; Que el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presenta a fojas 154 el Certificado Domiciliario expedido por la Comisaria PNP MORDAZA de MORDAZA, con fecha 18 de MORDAZA de 2001, donde consta que domicilia en Comite ­ 09, Mz. "N", Lote ­ 09, MORDAZA - 02, de la Asociacion Urbanizacion MORDAZA de MORDAZA, distrito de Yura; sin embargo, en los anexos presentados tanto por el Regidor mencionado como por el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Butron Nunez, en sus escritos de fecha 23 de MORDAZA de 2001 y 11 de MORDAZA de 2001, se aprecia que en reiterados informes emitidos por la Comisaria del distrito de Yura (fojas 11 y 129), el MORDAZA Gobernador de Uyupampa (fojas 29 y 135) y el Juez de Paz de Yura (fojas 43 y 117) dejan MORDAZA que el Regidor vacado no reside en el distrito de Yura; ratificando lo mencionado con la recepcion de las esquelas de citacion a las sesiones de concejo que obran a fojas 44 a 47, donde se observa que el Regidor vacado, en dos oportunidades recibio dichas citaciones en el domicilio ubicado en Huallaga B-9 Zamacola ­ Cerro Colorado, firmando en el cargo de las mismas, por lo que se concluye que su domicilio habitual es en el distrito de Cerro Colorado, mas aun cuando se advierte que en el Certificado Domiciliario presentado es expedido con fecha posterior a la solicitud de vacancia; Que, de conformidad con el Articulo 36°, inciso 10°, de la Ley Nº 23853, es atribucion de los Concejos Municipales declarar la vacancia del cargo de Regidor; en ese sentido, habiendo quedado demostrado en autos la causal establecida por el inciso 4) del Articulo 26° de la MORDAZA citada, y habiendose cumplido con las formalidades establecidas por la ley de la materia para los casos de declaratoria de vacancia, es de aplicacion el numeral 2) del Articulo 28° del dispositivo aludido, que dispone que los regidores son reemplazados por los suplentes de su misma lista electoral, en este caso, por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la lista del Movimiento Independiente "Vamos Yura Unidos al Cambio", segun la lista de candidatos correspondiente; Por tales fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de revision interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el Acuerdo de Concejo adoptado en la sesion de fecha 16 de MORDAZA de 2001, continuada el 19 del mismo mes

Declaran improcedente solicitud de declaratoria de vacancia de MORDAZA del Concejo Provincial de Aija, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 605-2001-JNE MORDAZA, 20 de agosto de 2001 Visto el Expediente N° 1415-2000, iniciado por escrito recibido el 14 de noviembre de 2000, remitido por el ciudadano Freddy Feroncio MORDAZA MORDAZA, solicitando se declare la vacancia del cargo de ex Regidor y actualmente MORDAZA del Concejo Provincial de Aija, departamento de MORDAZA, correspondiente a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por cambio de domicilio. CONSIDERANDO: Que en sesion privada de fecha 30 de noviembre de 2000, este supremo organo electoral acordo remitir la solicitud y anexos presentados por el ciudadano Freddy Feroncio MORDAZA MORDAZA al Concejo Provincial de Aija, departamento de MORDAZA, a fin que procedan conforme a sus atribuciones indicadas en los Articulos 27º y 36º numeral 10) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, respecto a la solicitud de vacancia del cargo de Regidor que ejercia MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alfaro; Que, el Concejo Provincial de Aija en sesiones de fechas 18 y 31 de octubre de 2000, cuyas copias aparecen de fojas 42 a 50, acordo declarar improcedente la solicitud de declaratoria de vacancia correspondiente al ex Regidor y ahora MORDAZA don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, siendo ratificada dicha declaratoria de improcedencia en sesion del 27 de diciembre de 2000, segun aparece de fojas 33 a 36; en la misma sesion aparece un acuerdo que declara improcedente la solicitud de vacancia de la Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitud esta que no fuera presentada formalmente por el ciudadano Biceforo MORDAZA MORDAZA, a quien se le mencionada como solicitante de dicha vacancia; Que, la vacancia del cargo de MORDAZA o Regidor es declarada por el correspondiente Concejo Municipal, conforme los disponen los Articulos 27º y 36º numeral 10) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Por estos fundamentos, apreciando los hechos con criterio de conciencia y fallando de acuerdo a ley; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud interpuesta por el ciudadano Freddy Feroncio MORDAZA MORDAZA, respecto a la declaratoria de vacancia del cargo de ex Regidor y ahora MORDAZA del Concejo Provincial de Aija, departamento de MORDAZA, correspondiente al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alfaro. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA ­ MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON ­ MORDAZA MORDAZA, Secretario General 29610

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