Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2001 (22/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, miercoles 22 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES
NTP 339.510:2001

Pag. 209091
GEOSINTETICOS. Metodo de ensayo normalizado para propiedades de tension de geotextiles por el metodo de la muestra ancha. 1ª Edicion.

Aprueban Normas Tecnicas Peruanas sobre suelos y geosinteticos
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0096-2001/INDECOPI-CRT MORDAZA, 8 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, respectivamente; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo el siguiente Comite Tecnico de Normalizacion Permanente de Geotecnia, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, el 30 de marzo del 2001, el Comite Tecnico senalado presento a la Secretaria Tecnica de la Comision 5 Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas, los cuales fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema Ordinario, y sometidos a Discusion Publica por un periodo de sesenta dias calendario; Que, los 2 primeros Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas sobre suelos, que se mencionan en la parte resolutiva, fueron sometidos a Discusion Publica, a partir del 28 de MORDAZA y los restantes a partir del 4 de junio ano en curso; Que, no habiendose recibido observaciones a los Proyectos de MORDAZA Tecnicas Peruanas y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo la aprobacion de los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas, como Normas Tecnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 8 de agosto del 2001. RESUELVE: APROBAR como Normas Tecnicas Peruanas, las siguientes:
NTP 339.164:2001 SUELOS. Metodo de ensayo normalizado de compresion triaxial no consolidado ­ no drenado para suelos cohesivos. 1ª Edicion. SUELOS. Metodo de ensayo normalizado de compresion triaxial consolidado ­ no drenado para suelos cohesivos. 1ª Edicion. GEOSINTETICOS. Metodo de ensayo normalizado para determinar el tamano de abertura aparente de un geotextil. 1ª Edicion. GEOSINTETICOS. Metodo de ensayo normalizado para permeabilidad al agua de geotextiles por permisividad. 1ª Edicion.

Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 29550

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Facultan a funcionarios de la ONP para resolver en primera instancia las solicitudes de pension de sobrevivencia, prorrogas de orfandad y cambios de tutor a que se refiere el D.L. Nº19990
RESOLUCION JEFATURAL Nº 157-2001-JEFATURA/ONP MORDAZA, 15 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 1º de la Ley Nº 26323, que modifica el Articulo 7º del Decreto Ley Nº 25967, es funcion de la Oficina de Normalizacion Previsional, administrar el Sistema Nacional de Pensiones y el Fondo de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley Nº 19990, asi como otros regimenes previsionales administrados por el Estado, senalados expresamente mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, es mision de la ONP velar por el fortalecimiento de los sistemas previsionales a cargo del Estado. Dentro de este MORDAZA, uno de los objetivos estrategicos de la Institucion es el de mejorar la calidad del servicio al pensionista, siendo necesario para ello el establecer condiciones y mejoras en los actuales procesos que permitan un adecuado, eficaz y cada vez mas rapido acceso a una pension por parte del asegurado y sus sobrevivientes; Que, segun el Articulo 24º inciso j) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Normalizacion Previsional, aprobado por la Resolucion Suprema Nº 3062001-EF, corresponde a la Gerencia de Operaciones calificar los derechos pensionarios; Que, de acuerdo a lo MORDAZA mencionado, resulta necesario facultar a determinados funcionarios de la Division de Coordinacion de Departamentales, sin perjuicio de la facultad resolutiva en primera instancia que le corresponde al Jefe de la Division de Calificaciones, a resolver en primera instancia, las solicitudes de pension de sobrevivencia en las cuales el causante fuera pensionista, las prorrogas de orfandad y los cambios de tutor, a que se refiere el Regimen Pensionario del Decreto Ley Nº 19990; Que, posteriormente y de acuerdo a los objetivos MORDAZA senalados se dictaran otras medidas de caracter descentralizador y de ampliacion de facultades a efectos de agilizar los procedimientos administrativos a nivel nacional; Estando a lo expuesto y a las disposiciones senaladas en el Estatuto y en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Normalizacion Previsional, aprobados por el Decreto Supremo Nº 61-95-EF y la Resolucion Suprema Nº 306-2001-EF, respectivamente; la Resolucion Suprema Nº 129-2001/EF; la Ley Nº 26323, el Decreto Ley Nº 25967 y la Resolucion Jefatural N° 1272001-JEFATURA/ONP; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Facultar por excepcion hasta el 31 de MORDAZA de 2002 a los siguientes funcionarios, para que, sin

NTP 339.166:2001

NTP 339.509:2001

NTP 339.508:2001

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