Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2001 (12/01/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

Pag. 197174

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de enero de 2001

PROMUDEH

Autorizan a procuradora iniciar MORDAZA judicial contra ex servidores de los Registros Provisionales de Identidad de MORDAZA y MORDAZA del PAR, por pre- Conforman comisiones de investigacion sunta responsabilidad civil para evaluacion de la reforma judicial,
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 319-2000-PROMUDEH MORDAZA, 29 de diciembre de 2000 Vistos el Informe Nº 040-2000-PROMUDEH-AR/AL de fecha 28 de noviembre del 2000, del Asesor Legal de la Oficina de Asesoria Legal del Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia - PAR; CONSIDERANDO: Que mediante el Informe Nº 040-2000-PROMUDEH-AR/ AL, del Asesor Legal del Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia - PAR se determino que los senores Lolo MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA contratados por la mencionada institucion bajo la modalidad Locacion de Servicios, son responsables de la perdida de una camara fotografica MORDAZA Polaroid y un equipo completo de computadora respectivamente; Que del analisis y revision de los documentos se ha determinado responsabilidad civil por incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y mencionadas a traves del termino de referencia, por parte de los senores Lolo MORDAZA MORDAZA ex Promotor del Registro Provisional de Identidad de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Supervisor del Registro Provisional de Identidad de MORDAZA, mediante el cual se comprometian a conservar, mantener y dar buen uso a los bienes y equipos asignados de propiedad del Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia - PAR al haber permitido que los bienes mencionados MORDAZA sustraidos; Que en consecuencia es necesario autorizar a la Procuradora Publica encargada de la representacion y defensa de los intereses del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, a efectos de que inicie las acciones judiciales correspondientes con el objeto de salvaguardar los intereses de la institucion; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 Ley de Representacion y Defensa del Estado en juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nº 27050 y Nº 27273; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra los senores Lolo MORDAZA MORDAZA ex Promotor del Registro Provisional de Identidad de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Supervisor del Registro Provisional de Identidad de MORDAZA del Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia - PAR. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 16095

CONSEJO TRANSITORIO DEL PODER JUDICIAL

revision de normatividad, propuesta de bases y planificacion de politicas de moralizacion, eticidad y anticorrupcion
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 006-2001-CT-PJ MORDAZA, 10 de enero del 2001 CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27367 ha conferido al Consejo Transitorio del Poder Judicial, el ejercicio de las funciones y atribuciones que corresponden al Consejo Ejecutivo, establecidas en el Capitulo IV del Titulo II de la Seccion MORDAZA de la Ley Organica del Poder Judicial; Que, el inciso primero del Articulo 82º de dicha ley, establece como primera funcion y atribucion, formular y ejecutar la politica general y el plan de desarrollo del Poder Judicial; Que, el Consejo Transitorio es un organismo creado con el objeto de posibilitar la transferencia del gobierno y administracion ejercidos por la desactivada Comision Ejecutiva, creada por la Ley Nº 26546, a los organismos y autoridades establecidas en la Ley Organica del Poder Judicial; Que, para llevar a cabo dicha transferencia es indispensable realizar sumarias investigaciones, sobre temas centrales del funcionamiento del Poder Judicial, dentro de la prevision del inciso 14) del Articulo 82º de la ley citada; El Consejo Transitorio del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas, estando al acuerdo unanime de la fecha; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Conformese Comisiones de Investigacion para: a) Evaluacion de la Reforma Judicial; b) Revision de la normatividad dictada con motivo de dicha reforma; c) Propuesta de Bases para un diseno del Poder Judicial; y, d) Planificacion de politicas de moralizacion, eticidad y anticorrupcion. Articulo Segundo.- Cada Comision sera presidida por un Consejero del Consejo Transitorio del Poder Judicial y se integrara con un Vocal Superior, un Juez Especializado y un abogado. Los mismos que seran convocados por cada Presidente de Comision investigadora. La Comision esta facultada para convocar profesionales, academicos y personal de apoyo para su contratacion conforme a ley. Articulo Tercero.- En el termino de diez dias de instalada la Comision, elevara al Pleno del Consejo Transitorio un Plan de Trabajo con indicacion precisa de las materias a abordarse, la metodologia a utilizar y el cronograma de actividades. El plazo de la investigacion es de 30 dias naturales computados desde su instalacion. La Comision elevara al vencimiento del plazo un informe de la investigacion realizada incluyendo conclusiones y sugerencias, asi como en su caso, proyectos de acuerdos a adoptar y proyectos de ley a elevar a la Sala Plena de la Corte Suprema. Articulo Cuarto.- La Gerencia General del Poder Judicial brindara el apoyo tecnico, financiero y economico para las contrataciones a que hubiera lugar en cada Comision Investigadora. Articulo Quinto.- Los organos jurisdiccionales y de gobierno del Poder Judicial estan obligados a proporcionar la informacion y el apoyo que las Comisiones de Investigacion requieran. Articulo Sexto.- El Presidente del Consejo Transitorio del Poder Judicial coordinara las labores de las Comisiones y resolvera las cuestiones que se susciten en el desarrollo de las investigaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BERNARDINI MORDAZA SIVINA MORDAZA MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANGUERRY MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GOTELLI 16066

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.