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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2001 (12/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 197180 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de enero de 2001 distrital de Bolívar, provincia de San Miguel departamento de Cajamarca, solicitando la formalización de la declaratoria de vacancia del cargo de regidor del señor Víctor Hugo Agui- lar Raico y la convocatoria de regidor suplente, conforme a ley; El Oficio Nº 096-2000-MDB/A recibido el 7 de noviembre del 2000, del señor Ciro Canario Balcazar, alcalde del concejo distrital de Bolívar, que cumple con lo solicitado por Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, mediante oficios de fojas 2 a 5, de fechas 17 de agosto, 20 de septiembre, 11 y 26 de octubre del año 2000; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 10) del Artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, es atribución de los concejos municipales declarar la vacancia de los cargos de alcalde y de regidor, por las causales previstas en los Artículos 23º, 26º, 38º y 88º, siguiendo las formalidades previstas en el Artículo 27º de la acotada; Que, a fojas 24, en la trascripción del acta de sesión extraor- dinaria de fecha 2 de julio del año 2000, aparece que el concejo distrital de Bolívar, ha declarado la vacancia del cargo de regidor del señor Víctor Hugo Aguilar Raico, bajo acusación de haber incurrido en la causal establecida en el Artículo 26º inciso 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, que estable- ce que vaca el cargo de alcalde o de regidor por inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses; Que, a fojas 8 a 11, con la presentación de las copias autenticadas de las convocatorias y citaciones a las sesiones de concejo, se acredita que se ha cumplido con los requisitos previs- tos en los Artículos 38º y 43º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853; Que, de fojas 12 a 22, obran copias de las actas de las sesiones de concejo de fechas 14 de mayo, 11 y 25 de junio del 2000, a las que no asistió sin justificación alguna, el regidor vacado; Que, a fojas 23, aparece la constancia de fecha 6 de julio del año 2000, expedida por el Juez de Paz de primera nomi- nación del distrito de Bolívar, que acredita que el acuerdo sobre declaratoria de vacancia del cargo de regidor del señor Víctor Hugo Aguilar Raico, ha quedado consentido, al no haberse interpuesto el recurso de revisión previsto en el segundo párrafo del Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, en el término de ocho (8) días de conocido el acuerdo; Que, según lo establece el numeral 2) del Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, en caso de vacancia de un regidor, lo reemplaza el suplente de la lista respectiva; y revisadas las listas de candidatos al concejo distrital de Bolívar del año 1998, remitidas por el Jurado Electoral Especial de San Miguel, corresponde asumir el cargo de regidor, al señor Algemiro Rodas Quiróz, candidato postulado por la agrupación Movimiento Independiente Inte- gración Provincial San Miguel; Al amparo de las normas citadas, y en uso de las atribucio- nes conferidas por la Constitución Política del Estado y la ley, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar al señor Algemiro Rodas Quiróz, para que asuma el cargo de regidor en el concejo distrital de Bolívar, en reemplazo del señor Víctor Hugo Aguilar Raico, regidor vacado por haber incurrido en la causal prevista en el inciso 5) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. Artículo Segundo.- Otorgar la credencial correspondiente al regidor convocado, señor Algemiro Rodas Quiróz, quien debe- rá jurar y asumir el cargo, para completar el período municipal 1999 a 2002 conforme a ley. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLO DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 16076S B S Autorizan aumento de capital social a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Chincha RESOLUCIÓN SBS Nº 948-2000 Lima, 29 de diciembre de 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La documentación presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Chincha, mediante la cual solicita autoriza- ción para aumentar su capital social por aporte del inmueble ubicado en la avenida Benavides Nº 299 - Chincha Alta; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Nº 739-2000-A/MPCH, la Municipalidad Provincial de Chincha acordó, incrementar el capital social de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Chincha mediante aporte de un inmueble ubicado en la avenida Oscar R. Benavides Nº 299 - Chincha Alta por el valor de S/. 345 170.00 (trescientos cuarenta y cinco mil ciento setenta y 00/100 Nuevos Soles) de propiedad del mismo Concejo Provincial de Chincha; Que, el Artículo 62º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General y la Resolución Nº 831-98 disponen que excepcionalmente y previa autorización de la Superintendencia se puede aumentar el capital social mediante otras modalidades diferentes al efec- tivo y precisa que tratándose del aumento de capital por aporte de inmuebles, la autorización procede cuando se trate de au- mentos de capital por encima del capital mínimo requerido en efectivo y hasta por un límite equivalente al setenticinco por ciento (75%) del patrimonio efectivo, con un sublímite del cua- renta por ciento (40%) del patrimonio efectivo a la fecha del aporte; Que, el inmueble materia del aporte de capital viene siendo utilizado como su Oficina Principal, resultando dicho bien nece- sario para el desarrollo de sus operaciones; Que, con fecha 18.5.2000 dicho inmueble ha sido valorizado por un Perito Valuador registrado en esta Superintendencia, en US$ 99,186.77 (noventa y nueve mil ciento ochenta y seis con 77/ 100 Dólares Americanos) equivalente a S/. 345,170.00 (tres- cientos cuarenta y cinco mil ciento setenta y 00/100 Nuevos Soles); Que, de la revisión de la documentación que sustenta la solicitud de la Caja Municipal se establece que esta empresa financiera cumple con los requisitos y condiciones de acuerdo a ley; Contando con la opinión favorable del Intendente del Departamento de Evaluación del Sistema Financiero "F" y de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 62º y 349º de la mencionada Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Chincha, el aumento de su capital social por aporte del inmueble ubicado en la avenida Benavides Nº 299 - Chincha Alta por el valor de S/. 345 170.00 (trescientos cuaren- ta y cinco mil ciento setenta y 00/100 Nuevos Soles); y en consecuencia autorizar la modificación del Artículo Sexto de su Estatuto Social, en los términos expresados en la minuta presentada. Artículo Segundo.- El texto de la presente Resolución deberá insertarse en la correspondiente escritura pública de modificación del Estatuto Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 16007