Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2001 (31/01/2001)


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NORMAS LEGALES
VISTO:

MORDAZA, miercoles 31 de enero de 2001

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862, Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar a la empresa de transportes "EXPRESO PULLMAN DEL SUR E.I.R.LTDA.", la concesion de ruta: TACNA - MORDAZA y viceversa y TACNA - MORDAZA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos:
: TACNA - MORDAZA y viceversa : TACNA : MORDAZA : MORDAZA : MORDAZA : tres diarias : cuatro omnibus : tres omnibus: UK-1782 (1984), UK-1387 (1991) y UK-1388 (1991). FLOTA DE RESERVA : un omnibus: UK-1381 (1991) HORARIOS : salida de Tacna: 05.15, 13.30 y 20.45 horas salida de Arequipa: 05.30, 13.30 y 21.00 horas RUTA (2) ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA : TACNA - MORDAZA y viceversa : TACNA : MORDAZA : MORDAZA E ICA : MORDAZA E ICA : una diaria : tres omnibus : tres omnibus: UK-1522 (1991) y UK-1357 (1989) FLOTA DE RESERVA : un omnibus: UK-1382 (1991) HORARIOS : salida de Tacna: 05.00 horas salida de Lima: 10.00 horas RUTA (1) ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA

El Oficio Nº 001-2001-GCIA/ONPE de fecha 29 de enero del 2001 emitido por la Gerencia de Control Interno y Auditoria de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en el cual remite el proyecto modificado del Codigo de Etica para los jefes y personal de las oficinas descentralizadas de procesos electorales para su aprobacion. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 24º de la Ley Nº 26487 Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales se conforman para cada MORDAZA electoral de acuerdo a las circunscripciones electorales y MORDAZA de distrito electoral que regira en el MORDAZA en curso; Que, dentro de su circunscripcion electoral, las oficinas descentralizadas de procesos electorales tienen la responsabilidad de ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos electorales, de referendum u otras consultas populares, de acuerdo a las directivas emanadas de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y de la normatividad electoral vigente; Que, resulta necesario dictar un codigo de etica dirigido a los jefes, especialistas electorales y personal que conforma las oficinas descentralizadas de procesos electorales a nivel nacional, para establecer las bases y principios que deben regir la actuacion funcional y el comportamiento personal de dichos funcionarios electorales; Que, el Jefe Nacional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, es responsable de normar, coordinar y desarrollar el funcionamiento y la organizacion de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, conforme lo dispone el Articulo 13º de la Ley Nº 26487; De conformidad con las atribuciones conferidas por el Articulo 182º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 26487 Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, y la Ley Nº 26859 Organica de Elecciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Codigo de Etica para jefes y personal de las oficinas descentralizadas de procesos electorales, texto que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Formacion y Capacitacion Electoral, su difusion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLDEVILLA Jefe CODIGO DE ETICA DE LOS JEFES Y PERSONAL DE LAS OFICINAS DESCENTRALIZADAS DE PROCESOS ELECTORALES Introduccion Las normas contenidas en el presente Codigo de Etica son de cumplimiento obligatorio para todos los jefes y personal de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales - ODPE, de conformidad con las directivas vigentes de la ONPE y de la Legislacion Electoral. Objetivo El presente Codigo de Etica tiene por objetivo establecer las bases y principios eticos que deben regir la actuacion funcional y el comportamiento personal del Jefe y personal de ODPE, durante el ejercicio de su cargo. Articulo 1º.- Los jefes, especialistas y personal de ODPE realizaran sus actos sobre la base de las siguientes normas generales: a) Procederan en todos los actos inherentes al cargo, con honor, responsabilidad, imparcialidad, honradez, diligencia y total independencia de las actividades politicas o partidarias, en el ejercicio de la funcion encomendada. b) Actuaran en todo momento con lealtad e identificacion institucional, cumpliendo fielmente las directivas

Las tarjetas de circulacion seran expedidas con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos MORDAZA mencionados. Articulo Segundo.- La presente Resolucion debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Articulo Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se aplicara lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Articulo Cuarto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 15350

ONPE
Aprueban Codigo de Etica para jefes y personal de las oficinas descentralizadas de procesos electorales
RESOLUCION JEFATURAL Nº 060-2001-J/ONPE MORDAZA, 29 de enero de 2001

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