Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2001 (31/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 197962 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 31 de enero de 2001 demás normas aplicables, es procedente otorgar las ga- rantías señaladas por estos dispositivos; De conformidad con los incisos 8) y 24) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos y Ley Nº 27377, Ley de Actualización en Hidrocarburos; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase la conformación, extensión, delimitación y nomenclatura del Lote 31-E ubicado en la provincia de Ucayali del departamento de Loreto, adjudi- cándolo a PERUPETRO S.A., y declarándolo materia de suscripción de contrato. El mapa y memoria descriptiva de dicho lote, forman parte integrante del presente De- creto Supremo. Artículo 2º.- Apruébase el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 31-E, que consta de una (1) Cláusula Preliminar, veinti- dós (22) Cláusulas y cuatro (4) Anexos, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y Maple Production del Peru, Sucur- sal Peruana, con intervención del Banco Central de Reserva del Perú, para garantizar a la empresa contra- tista lo establecido en los Artículos 63º y 66º de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos. Artículo 3º.- Autorízase a PERUPETRO S.A., a sus- cribir con Maple Production del Peru, Sucursal Peruana, el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos a que se refiere el artículo anterior. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de enero del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 17271 Autorizan viaje de funcionaria de PETROPERU S.A. a Venezuela, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 011-2001-EM Lima, 30 de enero de 2001 Visto el Oficio Nº RHU-CA-003-2000, de fecha 24 de enero de 2001, del Presidente del Directorio de la empre- sa Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., solicitando autorización de viaje para un funcionario; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Acuerdo de Directorio Nº D/ 054-98, de fecha 14 de agosto de 1998, PETROPERU S.A. suscribió un Convenio de Transacción Judicial con VIA- SA, ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en los Civil y Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Venezuela, por el que VIASA se comprometió a pagar a PETROPERU S.A., mediante transferencia bancaria, la suma de US$ 67 270,66 (Sesentisiete Mil Doscientos Setenta y 66/100 Dólares Americanos) como único y definitivo pago de la deuda generada por el incumplimiento en el pago de las facturas emitidas por PETROPERU S.A., corres- pondientes al servicio de abastecimiento de combusti- bles, cuyo plazo venció el 15 de setiembre de 1998; Que, el día 13 de diciembre de 2000, concluyó el Proceso de Atraso de VIASA, habiendo procedido el men- cionado Juzgado a declararla en Quiebra; por lo que, conforme a las normas vigentes en Venezuela, es necesa- rio que PETROPERU S.A. se apersone ante el Juzgado para acreditar su calidad de acreedor frente a VIASA ydeterminar el monto de la acreencia, teniendo como plazo indefectible de vencimiento el 2 de febrero de 2001; para cuyo efecto, se requiere que PETROPERU S.A. se presen- te a través de un apoderado; Que, PETROPERU S.A., mediante Acuerdo de Direc- torio Nº 003-2001-PP aprobado en su Sesión de Directorio Nº 02-2001, de fecha 24 de enero de 2001, acordó aprobar el viaje de la Dra. Elsa Echevarría Aruña, abogada del Departamento Legal, a la ciudad de Caracas, Venezuela, del 29 de enero al 2 de febrero de 2001, a fin de acreditar ante el Juzgado correspondiente la deuda que Venezola- na Internacional de Aviación S.A. - VIASA tiene con PETROPERU S.A. por un monto total de US$ 67 270,66 (Sesentisiete Mil Doscientos Setenta y 66/100 Dólares Americanos); Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1.5.1 de la Directiva Nº 001-2000/FONAFE - Directiva de Gestión de las Entidades bajo el ámbito de FONAFE aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 147-2000/ 017 FONAFE; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Dra. Elsa Eche- varría Aruña, abogada del Departamento Legal de PE- TROPERU S.A., a la ciudad de Caracas, Venezuela, del 29 de enero al 2 de febrero de 2001, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución que ascienden a US$ 1 520,00 (Mil Quinientos Veinte y 00/100 Dólares Americanos) serán cubiertos por PETROPERU S.A. de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima-Caracas-Lima) US$ 495,00 Viáticos (US$ 200,00 x 5 días) US$ 1 000,00 Tarifa CORPAC US$ 25,00 ------------ TOTAL US$ 1 520,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 17290 MITINCI Designan miembros del Comité Con- sultivo de Turismo Regional de Puno RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 017-2001-ITINCI/DM Lima, 25 de enero de 2001 Visto, el Oficio Nº 1283-2000-CTAR/R.P/DRIT-PUNO, de fecha 15 de diciembre de 2000; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 12º del Reglamento de la Ley Nº 26961 - Ley para el Desarrollo de la Actividad Turística, aproba- do por el Decreto Supremo Nº 002-2000-ITINCI, modi- ficado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 026- 2000-ITINCI, dispone que el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales In- ternacionales podrá autorizar la conformación de Comi- tés Consultivos de Turismo Regionales en los departa- mentos del país; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 133-2000- ITINCI/DM se crea el Comité Consultivo de Turismo