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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2001 (31/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 197955 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 31 de enero de 2001 a favor de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) del Ministerio de Salud consistente en diver- sos bienes destinados al Proyecto "Survey de Plomo en la Sangre de la Población de Lima Metropolitana" de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) del Ministerio de Salud; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta- rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización, la donación efectuada por la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID), a favor de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) del Ministerio de Salud consistente en 2 equipos Lead Care e insumos detallados en la Resolución Directoral Nº 079-98-SA/OFICE de fecha 16 de abril de 1998 modificada por la Resolución Directoral Nº 115-99-SA/ OFICE de fecha 20 de mayo de 1999 del Ministerio de Salud, la Carta de Donación de fecha 24 de marzo de 1998 y la Carta de fecha 18 de mayo del año 2000. Donación destinada al Proyecto "Survey de Plomo en la Sangre de la Población de Lima Metropolitana" de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) del Ministerio de Salud. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud 17277Aprueban donación destinada al Pro- grama "Desayuno" en beneficio de población de escasos recursos económicos de la CUA Huaycán, dis- trito de Ate RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 061-2001-EF Lima, 30 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Dirección para el Desarrollo y la Coopera- ción del Gobierno de la Confederación Suiza (CO- SUDE), con sede en Berna, Suiza, ha efectuado una donación a favor de la Asociación Solidarios -AS- consistente en alimentos que serán destinados al Pro- grama "Desayuno" en beneficio de la población de escasos recursos económicos de la Comunidad Urbana Autogestionaria (CUA) de Huaycán, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta- rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar en nombre del Go- bierno Peruano, la donación efectuada por la Dirección para el Desarrollo y la Cooperación del Gobierno de la Confederación Suiza (COSUDE), con sede en Berna, Suiza, a favor de la Asociación Solidarios -AS- consistente en 6 toneladas de leche en polvo y 1 tonelada de queso, con un valor aproximado de Fr. 62 000,00 (Sesenta y Dos Mil y 00/100 Francos Suizos), según Constancia de Donación Nº o.223.111(4) - ZS de fecha 3 de julio de 2000. Dicha donación será destinada al Programa "Desayuno" en beneficio de la población de escasos recursos económicos de la Comunidad Urbana Autogestionaria (CUA) de Huaycán, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055- 99-EF.