Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2001 (07/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, miercoles 7 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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Que mediante el Decreto Legislativo Nº 909 se aprobo el Presupuesto del Sector Publico correspondiente al Ano Fiscal 2001 dentro del cual se incluye los recursos para el Servicio de Inteligencia Nacional; Que de acuerdo al Decreto de Urgencia Nº 128-2000, se ha efectuado una Transferencia de Partidas del Servicio de Inteligencia Nacional a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas, razon por la que resulta necesario proveer nuevamente de los recursos necesarios para su actividad; Que por tratarse de una medida economica y financiera que permitira al Servicio de Inteligencia Nacional cumplir con las actividades a su cargo, existen razones de interes nacional que justifiquen su expedicion en forma inmediata; De conformidad con lo establecido en los incisos 4), 15) y 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y, con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Produccion de Inteligencia en forma temporal a cargo del Servicio de Inteligencia Nacional y disposiciones presupuestarias Articulo 1º.- El Ministerio de Economia y Finanzas otorgara los fondos necesarios para el funcionamiento del Servicio de Inteligencia Nacional, con cargo al saldo del presupuesto a el asignado para el ano 2001, y por un plazo de noventa dias contados a partir del 16 de enero del 2001. El Servicio de Inteligencia Nacional producira la Inteligencia que recomendo la Comision Desactivadora en su Informe al Congreso. En el desempeno de sus actividades el Servicio de Inteligencia Nacional, llevara a cabo sus labores en estricto cumplimiento de la Constitucion y las leyes. Articulo 2º.- Las disposiciones del Decreto Supremo Nº 029-2000-PCM del 11 de noviembre del 2000, mantienen su vigencia y su rango normativo no es modificado por este Decreto de Urgencia. Articulo 3º.- Deroganse o dejense en suspenso, en su caso, todas las disposiciones legales que se opongan a lo establecido en el presente Decreto de Urgencia, el mismo que sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de febrero del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 17756

PCM
Aprueban el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN
DECRETO SUPREMO Nº 010-2001-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26917 se creo el Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN, como organismo publico encargado de normar, regular y supervisar los mercados relativos a la explotacion de la infraestructura de transporte de uso publico, siendo que mediante Decreto Supremo Nº 024-98-PCM se aprobo el Reglamento de la Ley del Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN; Que, mediante la Ley Nº 27332 -Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion en los Servicios Publicos- se han dictado lineamientos y normas de aplicacion general a todos los organismos reguladores comprendidos dentro de los alcances del Articulo 1º de la mencionada Ley MORDAZA, lo que incluye al OSITRAN; Que, en consecuencia se deben dictar las normas reglamentarias de adecuacion para cada organismo regulador, segun lo establece la MORDAZA Disposicion Transitoria de la citada Ley Nº 27332; Que, como consecuencia de lo anterior, resulta necesario adecuar el MORDAZA normativo infra-legal que regula la organizacion y funciones del OSITRAN, contribuyendo de ese modo a la transparencia y predictibilidad de las acciones de dicho organismo regulador; De conformidad con el numeral 8 del Articulo 118º de la Constitucion Politica; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN, MORDAZA reglamentaria de las Leyes Nºs. 26917 y 27332 , el mismo que consta de siete (7) Titulos, ochentitres (83) articulos, tres (3) Disposiciones Finales, y dos (2) Disposiciones Transitorias. Articulo 2º.- Derogase el Decreto Supremo Nº 02498-PCM, asi como las normas que se opongan a lo dispuesto en el presente Reglamento. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el

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