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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (07/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 198266 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 7 de febrero de 2001 Dado en la Casa de Gobierno, a los seis días del mes de febrero del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros ANTONIO KETIN VIDAL HERRERA Ministro del Interior 17757 Declaran al INEI en proceso de Reestructuración Organizativa Institu- cional RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 080-2001-PCM Lima, 5 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Primera Disposición Final del Decreto de Urgencia Nº 128-2000 de Racio- nalidad y Límites en el Gasto Público para el Año Fiscal 2001, publicado en el Diario Oficial el 30 de diciembre de 2000, las entidades del sector público que lo consideren oportuno llevarán a cabo en un plazo que no excederá de 60 días calendario a partir de la publicación del referido Decreto de Urgencia, el proceso de Reestructuración Organizativa Insti- tucional, que estimen conveniente en función a la evaluación de sus competencias y responsabilidades, con el objeto de mejorar su eficiencia, racionalizar sus gastos y generar ahorro público, sin demandar recursos adicionales a los aprobados para la Enti- dad; Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática, es un organismo público descentraliza- do, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, el cual para una eficiente gestión institu- cional, requiere ser reestructurado, adecuando su funcionamiento a los nuevos retos que se le presen- tan como ente rector de los Sistemas Nacionales de Estadística e Informática y cumplir sus objetivos con eficiencia, efectividad, economía y transparencia, promoviendo el desarrollo de la tecnología informáti- ca y asegurando la producción y difusión de la infor- mación estadística en forma oportuna y confiable para el mejor conocimiento de la realidad nacional y la adecuada toma de decisiones; De conformidad con lo previsto por el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislati- vo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del INEI, Decreto Supremo Nº 018-91-PCM y Decreto de Urgen- cia Nº 128-2000; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar al Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI en proceso de Reestruc- turación Organizativa Institucional, por el plazo de 30 días calendario. Artículo 2º.- Facúltese al INEI a aprobar mediante Resolución Jefatural el nuevo Reglamento de Organiza- ción y Funciones - ROF, reformular su Cuadro para Asignación de Personal - CAP y su Presupuesto Analí- tico de Personal - PAP; sin exceder los montos presupuestales asignados, ni demandar recursos adi- cionales a los aprobados. Artículo 3º.- Facultar al INEI a designar mediante Resolución Jefatural, una Comisión que se encargará de conducir el proceso de Reestructuración Organizati- va Institucional.Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 17758 Autorizan a procurador formular de- nuncia contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública en agravio de la Municipalidad Provincial de Satipo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 013-2001-PCM Lima, 2 de febrero del 2001 Visto, el Oficio Nº A-008-2001 (PRE) de la Presiden- cia del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Fax de fecha 2.9.1999, la Alcaldía de la Municipalidad Provincial de Satipo, solicita al Con- sejo Superior de Contratación y Adquisición del Estado (CONSULCOOP) verificar la autenticidad del Certifi- cado de Inscripción Nº 013425 del Registro Nacional de Contratistas de Obras Públicas y Adquisición del Esta- do a nombre de la Empresa Municipal de Maquinaria S.A. - EMMASA de fecha 2 de julio de 1999, toda vez que de acuerdo a lo establecido por la referida Alcaldía, habrían sido sorprendidos por el Ing. Civil Presbítero Pacherri Mendoza, de la Empresa PPM-INEGECO, respecto a la gestión que dicha entidad edilicia le encomendara ante el Registro Nacional de Contratistas de Obras Públicas; Que, mediante Oficios Nºs. 136-2000-RNC(G) y 1024-2000-RNC-CONSUCODE de fechas 27.7.2000 y 28.10.2000 la Gerencia de Registros del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, comunicó a la Municipalidad Provincial de Satipo y a la Empresa Municipal de Maquinaria S.A. - EMMASA sobre la falsificación del "Certificado de Inscripción Nº 013425" y solicitó a las referidas entidades públicas se informe sobre las acciones legales adoptadas ante la falsedad del "certificado" remitido, sin haber recibido comunicación alguna al respecto; Que, mediante Informe Nº 060-2001 (RNC) la Ge- rencia de Registros de CONSUCODE señala que du- rante el año 1999 se emitió correlativamente hasta el Certificado de Inscripción Nº 2465; el número de "Reso- lución Presidencial" que se menciona en el "Certificado de Inscripción Nº 013425" no existe; la firma del ante- rior Presidente de CONSUCODE es notoriamente falsa y el formato del Certificado de Inscripción del año 1999 es completamente distinto al formato que exhibe el "Certificado de Inscripción Nº 013425 a nombre de EMMASA - EMPRESA MUNICIPAL DE MAQUINA- RIA S.A." La persona jurídica denominada Empresa Municipal de Maquinaria S.A. no se encuentra inscrita en el Registro de Contratistas como ejecutor ni como consultor de obras; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667;