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Pág. 198261 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 7 de febrero de 2001 p) Las demás establecidas en el ordenamiento legal vigente. Artículo 51º.- Funcionamiento El funcionamiento del Consejo Directivo se regirá por las siguientes reglas: a) El Consejo Directivo sesionará ordinariamente, como mínimo una vez al mes y extraordinariamente, cuando lo determine el Presidente o la mayoría de sus miembros. b) El quórum de asistencia a las sesiones es de tres (3) miembros. Será necesaria la asistencia del Presi- dente o del Vicepresidente para sesionar válidamen- te. c) Los acuerdos se adoptan por mayoría de los miembros asistentes. El Presidente tiene voto dirimen- te. d) El miembro del Consejo Directivo que tenga interés en conflicto, directo o indirecto, en determinado asunto materia de la sesión; deberá manifestarlo y abstenerse de participar en la deliberación y resolu- ción. CAPÍTULO III PRESIDENCIA Artículo 52º.- El Presidente del OSITRAN. El Presidente del Consejo Directivo del OSITRAN ejerce funciones ejecutivas, de dirección y de represen- tación de la Institución. Es el titular del pliego presupuestario, pudiendo delegar parcial o totalmente el manejo de éste en el Gerente General. En caso de impedimento del Presidente, el Vicepre- sidente asumirá sus funciones durante dicho período. Artículo 53º.- Funciones del Presidente del OSITRAN. Corresponde al Presidente del OSITRAN: a. Ejercer la titularidad del pliego presupuestal, cumpliendo con todas las obligaciones derivadas de esta función. b. Ejercer la representación de la institución ante autoridades públicas, instituciones nacionales o del exterior, así como ante entidades privadas. c. Convocar y presidir las sesiones del Consejo Direc- tivo y determinar los asuntos a ser incorporados en la Agenda. d. Supervisar la correcta ejecución de los acuerdos del Consejo Directivo. e. Celebrar actos, convenios y contratos con entida- des públicas nacionales o extranjeras. f. Aprobar el Plan de Gestión Institucional y las políticas de administración, personal, finanzas y rela- ciones institucionales en concordancia con las políticas generales que establezca el Consejo Directivo. g. Aprobar a propuesta del Gerente General la contratación de los gerentes, así como su promoción, suspensión y remoción. h. En el caso de que no sea posible reunir al Consejo Directivo para sesionar válidamente, adoptar medidas de emergencia sobre asuntos que corresponda conocer al Consejo Directivo, dando a conocer de la adopción de dichas medidas en la sesión más próxima del Consejo Directivo. i. Otorgar los poderes que considere necesarios. j. Ejercer las demás funciones que le delegue o encargue el Consejo Directivo. CAPÍTULO IV GERENCIA GENERAL Artículo 54º.- El Gerente General. La Gerencia General es el ORGANO DEL OSI- TRAN encargado de la marcha administrativa de la institución y de la implementación de las políticas establecidas por el Consejo Directivo y del Presiden-te. El Gerente General es nombrado por el Consejo Directivo. Artículo 55º.- Funciones del Gerente General. Corresponde al Gerente General: a. Ejercer la representación legal, administrativa y judicial del OSITRAN. b. Asistir a las sesiones del Consejo Directivo con voz, pero sin voto. c. Planear, organizar, gestionar, ejecutar y supervi- sar las actividades técnicas así como las administrati- vas, operativas, económicas y financieras del OSITRAN, de acuerdo con las políticas que fijen el Consejo Direc- tivo y el Presidente. d. Proponer al Presidente las políticas y estrategias de desarrollo del OSITRAN. e. Elaborar el Proyecto de la Memoria Anual para su aprobación por el Consejo Directivo, y los proyectos de Presupuesto Institucional, de balance general y esta- dos financieros. f. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y directivas del Presidente. g. Ejecutar los actos necesarios para la marcha ordinaria del OSITRAN. h. Aprobar la adquisición de bienes y contratación de servicios con cargo al Presupuesto Institucional, según los límites que apruebe el Consejo Directivo. i. Proponer al Presidente la contratación, promo- ción, suspensión o remoción de los gerentes, así como la modificación de la organización interna del OSITRAN. j. Proveer al Consejo Directivo y al Presidente, de la información que permita una toma de decisiones ade- cuada. k. Otorgar poderes dentro de los límites que fije el Consejo Directivo o el Presidente. l. Resolver en primera instancia los casos y contro- versias que le corresponden según la ley y los reglamen- tos. m. Disponer el cobro de las deudas a que se refiere el literal k) del Artículo 7º de la LEY OSITRAN por medio de ejecutores coactivos. n. Otras que le encomiende el Consejo Directivo, el Presidente o que sean propias de su función. CAPÍTULO V LAS GERENCIAS Artículo 56º.- Las Gerencias. Las Gerencias son los órganos técnicos especializa- dos en las materias de competencia del OSITRAN o los órganos responsables del funcionamiento administrati- vo del OSITRAN. Cumplen las funciones establecidas en el Manual de Organización y Funciones aprobado por el Consejo Directivo. Corresponde al Consejo Directivo determinar el número y competencias de las Gerencias según las necesidades que enfrente el OSITRAN. Las Gerencias están a cargo de un Gerente designa- do por el Presidente del Consejo Directivo y que es el responsable del cumplimento de sus funciones. Cuenta con el personal de apoyo que se establezca según las necesidades del área a su cargo. CAPÍTULO VI TRIBUNAL DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Artículo 57º.- Funciones del Tribunal. El Tribunal es el encargado de resolver como última instancia administrativa, las controversias a las que se refieren los Artículos 46º y 47º del presente REGLA- MENTO. Lo resuelto por el Tribunal es de obligatorio cumplimiento, sin perjuicio de la facultad que tienen los interesados de impugnar judicialmente la resolución administrativa que éste dicte. El Tribunal estará conformado por cinco miembros designados de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º de la LEY. El Tribunal sesiona con la asistencia de 3 de sus miembros y adopta decisiones con el voto aprobatorio de