Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2001 (23/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 23 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
COMUNICADO Nº 003-2001-EF/76.01
A LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS DEL GOBIERNO CENTRAL E INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACION DEL ARTICULO 3º DE LA LEY Nº 27427 1. De conformidad con lo dispuesto por el articulo 3º de la Ley Nº 27427, los pliegos presupuestarios (habilitadores y habilitados) aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego el desagregado de la Transferencia de Partidas autorizada por la citada norma. Las "Notas de Modificacion Presupuestal", provenientes de la Resolucion MORDAZA mencionada, se registraran en el Software del MORDAZA Presupuestario correspondiente al ano fiscal 2001. 2. Asimismo, por efecto de la Disposicion Derogatoria Unica de la Ley Nº 27427, en articulo independiente a ser consignado en la Resolucion del Titular del Pliego, se debera dejar sin efecto el desagregado de la Transferencia de Partidas aprobada en aplicacion del Decreto Supremo Nº 002-2001-EF. Dicha medida implicara anular las "Notas de Modificacion Presupuestal" del Software del MORDAZA Presupuestario efectuadas al MORDAZA del mencionado Decreto Supremo. 3. Para realizar las modificaciones presupuestarias al MORDAZA del articulo 3º de la Ley Nº 27427, se debera observar lo siguiente: Pliegos Habilitadores Los pliegos senalados en los Anexos Nºs. 1 y 1-A, deberan identificar las MORDAZA funcionales programaticas que actuaran como habilitadoras de recursos, teniendo en cuenta la Escala de Prioridades establecidas por el Titular del Pliego para el Ano Fiscal 2001. Para tal efecto, la Resolucion de desagregacion debera ser aprobada a nivel de Unidad Ejecutora, Fuente de Financiamiento, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Categoria del Gasto y Grupo Generico del Gasto. Dicho gasto se respalda en la informacion a nivel de Componente, Meta y Especifica del Gasto. Pliegos Habilitados Los pliegos senalados en los Anexos Nºs. 2 y 2-A, deberan identificar las MORDAZA funcionales programaticas que seran habilitadas, teniendo en cuenta la Escala de Prioridades establecida por el Titular del Pliego para el Ano Fiscal 2001. Para tal efecto la Resolucion de desagregacion debera ser aprobada a nivel de Unidad Ejecutora, Fuente de Financiamiento, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Categoria del Gasto y Grupo Generico del Gasto. Dicho gasto se respalda en la informacion a nivel de Componente, Meta y Especifica del Gasto. 4. Es indispensable destacar que los pliegos presupuestarios senalados en los Anexos 1, 1 A, 2 y 2 A son responsables de verificar que, en el desagregado del Gasto Corriente, las remuneraciones, pensiones y ocasionales cuenten con el financiamiento respectivo para todo el ano fiscal, dado que no se atendera demandas adicionales a las asignaciones para la ejecucion aprobadas por la Ley Nº 27427 ­ Ley de Racionalidad y Limites en el Gasto Publico para el Ano Fiscal 2001. 5. El registro de las modificaciones presupuestales que dispone la Ley Nº 27427 se efectuara en el Software del MORDAZA Presupuestario del ano fiscal 2001 (Notas de Modificacion Presupuestal MORDAZA 001: Transferencias de Partidas), en el nivel de Componente, Meta y Especifica del Gasto. El pliego debera tener en cuenta que las citadas modificaciones conllevaran a la disminucion o aumento de la cantidad de las metas presupuestarias aprobadas en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) por el Decreto Legislativo Nº 909. 6. Tal como se senala en el punto Nº 1 del presente Comunicado, los pliegos presupuestarios, para todos los fines, deberan dejar sin efecto la Resolucion del Titular del Pliego asi como las "Notas de Modificacion Presupuestal" aprobadas en virtud del Decreto Supremo Nº 002-2001-EF. 7. Los Decretos Supremos Nºs. 024-2001-EF y 028-2001-EF que aprobaron Transferencias de Partidas con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas, mantienen su vigencia para todos sus efectos. MORDAZA, 22 de febrero del 2001 Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General DIRECCION NACIONAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO 18694

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