Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2001 (23/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 23 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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evaluar los procesos tecnicos del sistema de contabilidad, de manera que se lleven a cabo de acuerdo a las normas vigentes. Asimismo, controla la ejecucion del presupuesto de la institucion. Articulo 34º.- La Unidad de Tesoreria es el organo encargado de planificar, programar, ejecutar y evaluar los procesos tecnicos del sistema de tesoreria. Articulo 35º.- La Unidad de Abastecimiento es el organo responsable de administrar, en concordancia con las normas tecnicas y legales, la programacion y adquisicion de bienes y servicios, realizar el mantenimiento de bienes que requieren los diferentes organos de la institucion, llevar el registro, archivo y tramite documentario, asi como el control patrimonial. Articulo 36º.- La Unidad de Recursos Humanos es el organo encargado de ejecutar la politica relativa a la captacion, seleccion, administracion, evaluacion, promocion, capacitacion, bienestar y estimulo del personal. DE LA OFICINA DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO Articulo 37º.- Es el organo de apoyo encargado de programar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar acciones para la formulacion de estudios y proyectos, dotacion de infraestructura y equipamiento basico y funcional, para el desarrollo de la pesca artesanal y de la acuicultura. El Jefe de la Oficina de Infraestructura y Equipamiento sera nombrado mediante Resolucion Suprema. Articulo 38º.- Son funciones de la Oficina de Infraestructura y Equipamiento : a) Proponer planes, estudios y proyectos de construccion, ampliacion, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura pesquera y de centros experimentales, de acuerdo a lo establecido por las Gerencias de Pesca Artesanal y de Acuicultura; b) Ejecutar los programas, estudios y proyectos aprobados por la Alta Direccion; c) Realizar el seguimiento y evaluacion permanente del estado de conservacion de la infraestructura pesquera y de los centros experimentales; d) Normar acciones de seguridad industrial, conservacion y mantenimiento de las instalaciones, asi como de los equipos y maquinarias; e) Evaluar la situacion de los centros de acuicultura de FONDEPES y de los desembarcaderos pesqueros artesanales; f) Mantener coordinaciones con las demas unidades organicas; y, g) Las demas que le encargue la Gerencia General, dentro del ambito de su competencia funcional. Articulo 39º.- La Oficina de Infraestructura y Equipamiento esta conformada por las unidades siguientes: - Unidad de Estudios y Proyectos - Unidad de Obras y Equipamiento Articulo 40º.- La Unidad de Estudios y Proyectos es el organo encargado de la formulacion y evaluacion de estudios de MORDAZA y gabinete, de preinversion, inversion y post inversion, asi como de otros necesarios para optimizar la infraestructura pesquera artesanal y los centros de acuicultura. Articulo 41º.- La Unidad de Obras y Equipamiento esta encargada de: a) Ejecutar y/o supervisar los proyectos de construccion, ampliacion, mejoramiento y mantenimiento de la infraestructura pesquera y de los centros de acuicultura; b) Llevar a cabo la supervision tecnica para proponer, en su caso, alternativas de solucion a los problemas que se susciten en la ejecucion de los proyectos; c) Ejecutar y/o supervisar la construccion o equipamiento de embarcaciones pesqueras, asi como su valorizacion o tasacion en los casos requeridos; y,

d) Ejecutar los proyectos de suministro, montaje y puesta en marcha de equipos de frio y otros complementarios a la infraestructura pesquera y acuicola. CAPITULO V DE LOS ORGANOS DE LINEA Articulo 42º.- Son los encargados de ejecutar acciones de capacitacion tecnologica y de gestion empresarial para el desarrollo de la pesca artesanal; gestion de creditos para impulsar el desarrollo tecnologico de la pesca artesanal y de la acuicultura a escalas comerciales; y acciones de investigacion y adaptacion de tecnologias, asi como de capacitacion y transferencia tecnologica de cultivo. Dependen de la Gerencia General y estan conformados por: - Gerencia de Pesca Artesanal - Gerencia de Creditos - Gerencia de Acuicultura Los respectivos Gerentes seran nombrados mediante Resolucion Suprema. DE LA GERENCIA DE PESCA ARTESANAL Articulo 43º.- Es el organo de linea encargado de programar, dirigir, supervisar y evaluar acciones para promover el desarrollo de la pesca artesanal en el MORDAZA mediante la asistencia tecnica a los gremios de pescadores, en coordinacion con las actividades de la Direccion Nacional de Pesca Artesanal del Ministerio de Pesqueria y el Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita. Sus funciones comprenderan la ejecucion de acciones de capacitacion en administracion y gerencia de infraestructuras pesqueras y de pequenas y medianas empresas con el fin de fomentar, perfeccionar y elevar la productividad del esfuerzo pesquero artesanal. Articulo 44º.- Son funciones de la Gerencia de Pesca Artesanal: a) Proponer planes y programas de captacion y transferencia de tecnologias modernas y de asistencia a los gremios de pescadores artesanales; b) Proponer e implementar planes y programas de capacitacion y perfeccionamiento en administracion y gestion de las infraestructuras pesqueras y de las unidades productivas pesqueras artesanales; c) Realizar el seguimiento y la evaluacion permanente de los programas de desarrollo de la pesca artesanal, en concordancia con las normas aplicables a la preservacion del ambiente; d) Mantener coordinaciones con las demas unidades organicas y con otras entidades en el ambito de su competencia; y, e) Las demas que le asigne la Gerencia General. Articulo 45º.- La Gerencia de Pesca Artesanal esta conformada por las unidades siguientes: - Unidad de Promocion Artesanal - Unidad de Gestion Empresarial Articulo 46º.- La Unidad de Promocion Artesanal es el organo encargado de la formulacion de programas y ejecucion de acciones en el MORDAZA de lo establecido en el Articulo 43º del presente Reglamento, para promover el desarrollo de la pesca artesanal en el MORDAZA mediante la captacion, investigacion e introduccion de nuevas tecnologias para la captura, manipuleo, conservacion, procesamiento y comercializacion de productos pesqueros. Le corresponde tambien impulsar y desarrollar la pesqueria artesanal con la finalidad de promover su desarrollo a mayores escalas de produccion, diversificando las actividades. Articulo 47º.- La Unidad de Gestion Empresarial es el organo encargado de coordinar y realizar acciones de asistencia tecnica y capacitacion a la pesca artesanal en gerencia y administracion de infraestructuras pes-

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