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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (23/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 199144 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de febrero de 2001 f) Evaluar la ejecución presupuestal, informando sus resultados a la Gerencia General y a los organismos competentes, de conformidad con las normas que regu- lan el proceso presupuestario; g) Evaluar los proyectos de inversión elaborados por la Oficina de Infraestructura y Equipamiento y los que presenten las organizaciones gremiales de pescadores o empresarios, así como instituciones estatales; h) Informar sobre el grado de cumplimiento de los planes estratégicos, planes operativos y proyectos de inversión, tanto en su avance físico como presupuestal; i) Recopilar, evaluar y difundir la información esta- dística interna y externa; j) Proponer a la Gerencia General el Cuadro para la Asignación de Personal (CAP), Presupuesto Ana- lítico de Personal (PAP), Manual de Organización y Funciones (MOF) y Manual de Procedimientos (MA- PRO); y, k) Las demás que le encargue la Gerencia General dentro del ámbito de su competencia funcional. DE LA OFICINA DE ASESORIA JURIDICA Artículo 25º.- Es el órgano encargado de asesorar en aspectos de índole legal. El jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica será nombrado mediante Resolución Suprema. Artículo 26º.- Son funciones de la Oficina de Aseso- ría Jurídica: a) Absolver las consultas formuladas por los órganos institucionales relativas al campo de su competencia y emitir las correspondientes opiniones, informes y dictá- menes a que hubiere lugar; b) Formular los proyectos contractuales en los que participe la institución; c) Interpretar y emitir pautas destinadas a orientar la correcta aplicación de las normas legales relaciona- das con la institución; d) Ejercer la defensa legal de los intereses institucio- nales; e) Efectuar los trámites legales y procedimientos necesarios para la cobranza judicial de los créditos morosos u otros adeudos; f) Protocolizar los contratos y presentarlos a los Registros Públicos, conjuntamente con las garantías que los respaldan para su correspondiente inscripción y formalización; y, g) Las demás que le encargue la Alta Dirección en el ámbito de su competencia funcional. CAPITULO IV DE LOS ORGANOS DE APOYO Artículo 27º.- Son los encargados de facilitar a los demás órganos institucionales aquellos servicios gene- rales propios de sus respectivas áreas funcionales, a fin de contribuir a la gestión eficiente y eficaz tendiente a viabilizar el logro de los objetivos propuestos. Depen- den directamente de la Gerencia General y están con- formados por: - Secretaría General - Oficina de Administración - Oficina de Infraestructura y Equipamiento DE LA SECRETARIA GENERAL Artículo 28º.- Está encargada del desarrollo de las labores de secretaría de la Alta Dirección, así como de dirigir, organizar y controlar las actividades de comuni- caciones y relaciones institucionales. El Secretario General será nombrado mediante Resolución Suprema. Artículo 29º.- Son funciones de la Secretaría Gene- ral: a) Preparar la agenda de las sesiones del Comité Directivo, previa coordinación con el Presidente y re- dactar las actas de las sesiones de dicho Comité, así como someterlas para su aprobación;b) Efectuar las acciones de difusión y seguimiento de los acuerdos, pedidos y disposiciones del Comité Direc- tivo, informando periódicamente acerca de los resulta- dos obtenidos; c) Difundir la imagen y posicionamiento institucio- nal del FONDEPES como ente promotor del desarrollo de la pesca artesanal y de la acuicultura; d) Certificar y autenticar, en su condición de fedata- rio de la institución, los acuerdos del Comité Directivo, las resoluciones de la Gerencia General y demás docu- mentos que le fueran requeridos; e) Llevar el control y custodia del archivo que dis- ponga el Comité Directivo del FONDEPES y de las actas, acuerdos y resoluciones emitidas por la Alta Dirección; f) Las demás que le encargue la Alta Dirección dentro del ámbito de su competencia funcional; DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN Artículo 30º.- Es responsable de administrar los recursos humanos, bienes y servicios de la institución, la ejecución presupuestal, financiera, contable, patri- monial y manejo de fondos de la institución; así como de planificar, organizar y dirigir las acciones de informá- tica, trámite documentario, servicios auxiliares y alma- cén. El Jefe de la Oficina de Administración será nom- brado mediante Resolución Suprema. Artículo 31º.- Son funciones de la Oficina de Admi- nistración: a) Proponer a la Gerencia General las alternativas de política en materia de normas, procedimientos y medidas administrativas internas, en concordancia con las normas aplicables a los diversos sistemas adminis- trativos vigentes; b) Planificar, organizar, ejecutar y supervisar las actividades de contabilidad, tesorería, logística y recur- sos humanos, en concordancia con las normas técnicas y legales vigentes; c) Formular los estados financieros, así como man- tener actualizados los registros contables del FONDE- PES y remitir, en los plazos de ley, la información pertinente a los organismos públicos correspondientes, previa aprobación de la Alta Dirección; d) Asegurar la disponibilidad de recursos para el pago de las obligaciones, incluyendo las tributarias, en los plazos establecidos y presentar propuestas de racio- nalización de gastos; e) Realizar el inventario físico anual de los bienes patrimoniales; f) Actualizar, implementar y mantener los sistemas de informática computarizados orientados a cubrir las necesidades de la institución; g) Participar en la formulación de bases administra- tivas para licitaciones y concursos públicos para la adquisición de bienes y servicios e informar ante los órganos pertinentes sobre lo actuado; h) Cautelar el debido mantenimiento y conservación de los activos fijos y controlar el Reglamento de los bienes patrimoniales de la institución; i) Programar, dirigir, coordinar y ejecutar el proceso de trámite documentario y el archivo general; j) Proponer el Reglamento Interno de Trabajo, Re- glamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal y el Programa Anual de Capacitación del Personal; y, k) Las demás que le encargue la Gerencia General, dentro del ámbito de su competencia funcional. Artículo 32º.- La Oficina de Administración está conformada por las siguientes unidades orgánicas, so- bre las que ejerce autoridad: - Unidad de Contabilidad - Unidad de Tesorería - Unidad de Abastecimiento - Unidad de Recursos Humanos Artículo 33º.- La Unidad de Contabilidad es el órgano encargado de planificar, programar, ejecutar y