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Pág. 205969 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de julio de 2001 calendario para adecuarse a lo estipulado en la presen- te Resolución. Artículo 4º.- Luego de obtener la Autorización como Establecimiento Exportador, la empresa podrá solicitar la emisión de los Certificados Zoosanitarios de Exporta- ción para los productos que sean necesarios embalar en el mismo establecimiento. Artículo 5 º.- El Puesto de Control Cuarentenario ubicado en el punto de salida para exportación de la mercancía pecuaria otorgará al interesado, previa verifi- cación de la autorización, el Certificado Zoosanitario de Exportación, así como con el precinto de seguridad con el que se sellará el contenedor que transportará los produc- tos a exportar. Este procedimiento se realizará por el tiempo en que permanezca vigente la autorización sani- taria de la empresa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA CARBONELL TORRES Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria ANEXO I PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN SANITARIA DE ESTABLECIMIENTOS QUE SE DEDIQUEN A LA EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL Para iniciar todo trámite de Autorización de Estable- cimiento Exportador de Productos y Subproductos de Origen Animal, el interesado deberá completar un forma- to de Solicitud de Autorización, acompañándolo con la siguiente documentación: ØLicencia Municipal de Funcionamiento vigente, acorde a la actividad a desarrollar.ØCopia de plano de ubicación con sus vías de acceso. ØCopia de plano a escala con la distribución de las instalaciones. ØEsquema coincidente con el plano indicando de- pendencias, equipos fijos e instalaciones. ØDescripción del tipo de producto a elaborar. ØMemoria descriptiva del proceso de producción. ØRecibo de pago correspondiente según TUPA vi- gente. Para que una empresa pueda aprobar la inspección del SENASA, deberá demostrar que: ØLa planta opera utilizando productos de origen animal obtenidos de animales beneficiados en ca- males autorizados por el SENASA, habiendo movi- lizado los productos hacia la planta de procesa- miento de acuerdo a la normatividad vigente; o, ØLa planta opera movilizando y utilizando produc- tos de origen animal obtenidos sin necesidad de la muerte del animal y de acuerdo a la normatividad vigente (TUPA); o, ØLa planta opera movilizando y utilizando produc- tos de origen animal, procedentes de fauna silves- tre, obtenidos de acuerdo a la legislación nacional vigente. ØLa planta mantiene un sistema de procesamiento y almacenamiento organizado que impide la con- taminación de los productos elaborados, y mantie- ne sus equipos en buenas condiciones de funciona- miento y las instalaciones se encuentran adecua- damente señalizadas. ØLa planta cuenta con un sistema auditable de identificación de lotes de producción. 1.Administración e Información general .- 1.1 Los locales del establecimiento exportador debe- rán estar inscritos ante las instancias correspon- dientes que autoricen su funcionamiento como SUNAT