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Pág. 205982 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de julio de 2001 TITULO VI DIRECTIVAS Artículo 44º.- Las Directivas de carácter y/o aplicación general aprobadas por la SBN serán emitidas mediante Resolución de SBN y serán debidamente publicadas. Artículo 45º.- Las Directivas elaboradas para el funcio- namiento y organización interna de la institución, serán aprobadas por las diferentes áreas de la institución de acuerdo a su competencia y no requerirán de publicación . DISPOSICION COMPLEMENTARIA Unica.- Las funciones específicas de los órganos de la institución se establecerán en el Reglamento de Organi- zación y Funciones que será aprobado mediante Resolu- ción del Superintendente de Bienes Nacionales, dentro de los sesenta (60) días de publicado el presente Estatuto. 26320 Autorizan transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público que será utilizado en adquisición de bienes para el mantenimiento de vehículos de la Policía Nacional DECRETO SUPREMO Nº 132-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2001, y la Ley Nº 27427 – Ley de Racionalidad y Límites en el Gasto Público para el Año Fiscal 2001, se aprueba y modifica el Presupuesto del año 2001, respectivamente y entre ellos el del Pliego 007 Ministerio del Interior; Que, el Pliego Ministerio del Interior ha priorizado la adquisición de repuestos, llantas y baterías para el manteni- miento de 1,716 vehículos patrulleros de la Policía Nacional, para lo cual utilizará el saldo disponible (1 214 777 642,00 Yenes Japoneses) de la Línea de Crédito concertada entre el Japan Bank For International Cooperation (JBIC) y la Cor- poración Financiera de Desarrollo (COFIDE), y como gastos de Contrapartida Nacional, desaduanaje y otros derivados de la citada adquisición requiere contar con recursos adicionales ascendente a la suma de VEINTE MILLONES TRESCIEN- TOS DIECIOCHO MIL ONCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 318 011,00); Que, con la finalidad de financiar la Contrapartida Nacio- nal (S/. 6 413 940,00), el desaduanaje y otros gastos ( S/. 13 904 071,00) derivados de la adquisición señalada en el conside- rando precedente, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de VEINTE MILLO- NES TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL ONCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 318 011,00) a la Unidad Ejecutora 001 Oficina General de Administración del Pliego Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo establecido en los incisos 8) y 17) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y del Artículo 15º de la Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presupuestaria del Estado; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001, hasta por la suma de VEINTE MILLONES TRES- CIENTOS DIECIOCHO MIL ONCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 318 011,00) de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA :Gobierno Central PLIEGO 009 :Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCION 03 : Administración y Planeamiento PROGRAMA 006 : Planeamiento GubernamentalSUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario Financiero y Contable ACTIVIDAD 00010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 0 Reserva de Contingencia 20 318 011,00 ——————— TOTAL 20 318 011,00 ============ A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del Interior UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina General de Administración FUNCION 07 : Defensa y Seguridad Nacional PROGRAMA 022 : Orden Interno SUBPROGRAMA 0062 : Operaciones Policiales ACTIVIDAD 00210 : Desarrollo de Acciones Especiales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 3 Bienes y Servicios 20 318 011,00 —————— TOTAL 20 318 011,00 =========== Artículo 2º.- La Oficina de Presupuesto del Pliego comprendido en la presente Transferencia de Partidas, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos así como Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a emitir Documentos Cancelatorios – Tesoro Público hasta por la suma de S/. 13 904 071,00 para que sean utilizados por el Ministerio del Interior para la cancelación de los derechos Ad Valórem, el Impuesto General a las Ventas, el Impuesto Selectivo al Consumo y el Impuesto de Promoción Municipal que se deriven de la adquisición de repuestos, llantas y baterías para el mantenimiento de 1,716 vehículos patrulleros de la Policía Nacional. Artículo 4º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, instruyen a las Unidades Ejecutoras bajo su ámbito para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de julio del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas ANTONIO KETIN VIDAL HERRERA Ministro del Interior 26437 Aprueban inafectación de derechos arancelarios y del IGV a importaciones realizadas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y la Universidad de Lima RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 310-2001-EF Lima, 3 de julio de 2001