Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2001 (04/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2001

que prestan servicios publicos, para que ejerciten algun derecho real sobre los mismos; y, iv) Los terrenos eriazos o riberenos, incluidos los ubicados en las areas de expansion urbana. TITULO II NATURALEZA, FINALIDAD, OBJETIVOS, FUNCIONES, DOMICILIO Y SEDE DE LA SBN Articulo 4º.- La SBN es un Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Economia y Finanzas. Tiene personeria juridica de derecho publico y goza de autonomia administrativa, funcional, tecnica, economica y financiera, constituyendo un pliego presupuestal. Articulo 5º.- La SBN tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio y maximizando su rentabilidad. Articulo 6º.- La SBN tiene como principal objetivo, el promover el establecimiento de un eficiente sistema de administracion de los bienes de propiedad estatal, sobre la base de un sistema de informacion que comprenda todos estos bienes y sus posibles usos. Articulo 7º.- La SBN tiene las siguientes funciones y atribuciones generales: a) Proponer las politicas y estrategias respecto de la administracion de los bienes de propiedad estatal; b) Desarrollar y ejecutar las politicas y estrategias sobre la administracion de la propiedad estatal; c) Planificar, coordinar y supervisar las acciones referidas a los bienes de propiedad estatal; d) Registrar los bienes de propiedad estatal; e) Dictar las directivas aplicables para la administracion, adquisicion y disposicion de los bienes de propiedad estatal a cargo de la SBN; f) Administrar y disponer de los bienes de propiedad estatal a su cargo; g) Autorizar, controlar y fiscalizar los actos de disposicion de la propiedad estatal, salvo ley en contrario; h) Gestionar, cuando corresponda, ante los Registros Publicos respectivos, la inscripcion de los actos en los que intervenga el Estado, destinados a crear, regular, modificar o extinguir relaciones juridicas sobre derechos reales; i) Ejecutar y supervisar, cuando sea el caso, las acciones de saneamiento registral de los bienes de propiedad estatal; j) Autorizar los actos de desafectacion, disposicion y administracion sobre los bienes de propiedad estatal adquiridos como aportes reglamentarios; k) Aprobar las directivas para las ventas en subasta publica y las ventas directas, supervisando su realizacion; l) Requerir a las entidades publicas la informacion relativa a los bienes de propiedad estatal; m) Poner fin a las afectaciones en uso y/o adjudicaciones de los bienes de propiedad estatal mediante resoluciones de reversion; n) Celebrar Convenios con entidades del sector publico o del sector privado nacionales, extranjeras o de cooperacion tecnica internacional, con el proposito de desarrollar y ejecutar proyectos relacionados con el saneamiento, registro, control, administracion y disposicion de los bienes de propiedad estatal; o) Compilar, sistematizar y difundir la legislacion vinculada con la propiedad estatal; p) Aprobar la estructura organica de las Intendencias Provinciales; q) Contratar servicios no personales de terceros o celebrar contratos de trabajo sujetos a modalidad que coadyuven al cumplimiento de los objetivos de la SBN o permitan una mayor eficiencia en el desarrollo de sus funciones; r) Expedir las Resoluciones de Superintendencia que correspondan de acuerdo con las normas vigentes y el presente Estatuto; s) Las demas funciones que MORDAZA compatibles con la finalidad de la SBN; Articulo 8º.- La SBN tiene domicilio y sede principal en el departamento de Lima. Su ambito funcional es a

nivel nacional y puede establecer Intendencias en cualquier lugar del territorio nacional. TITULO III ESTRUCTURA ORGANICA CAPITULO I ESTRUCTURA Articulo 9º.- Son organos de la SBN: I. Alta Direccion Superintendente de Bienes Nacionales Gerencia General. II. Organo de Control Oficina de Control Interno. III. Organo de Asesoramiento Gerencia de Planeamiento y Desarrollo. IV. Organos de Apoyo Gerencia Legal. Gerencia de Administracion. V. Organo Funcional Gerencia de Operaciones. VI. Organos Desconcentrados Intendencias Provinciales VII. Proyectos Especiales Articulo 10º.- Todos los niveles gerenciales son cargos de confianza. CAPITULO II DE LA ALTA DIRECCION SUBCAPITULO I EL SUPERINTENDENTE DE BIENES NACIONALES Articulo 11º.- El Superintendente de Bienes Nacionales es el funcionario de mayor nivel jerarquico que dirige y supervisa el adecuado funcionamiento de la institucion. Es nombrado por Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Articulo 12º.- Para ser Superintendente de Bienes Nacionales se requiere: a) Ser peruano de nacimiento; b) Tener reconocida solvencia moral e idoneidad profesional; c) No haber sido condenado por la comision de un acto doloso; y d) No haber sido separado de un cargo publico por falta cometida en el ejercicio de sus funciones. El cargo de Superintendente de Bienes Nacionales vaca por fallecimiento, inhabilitacion fisica y mental, aceptacion de renuncia, comision de falta grave. Articulo 13º.- Son funciones y atribuciones del Superintendente de Bienes Nacionales, las siguientes: a) Ejercer la titularidad del Pliego Presupuestal y emitir opinion institucional. b) Ejercer la representacion oficial en los actos publicos y privados de la institucion. c) Establecer la politica institucional y los lineamientos de gestion. d) Aprobar los presupuestos, memorias, balances y estados financieros institucionales de caracter anual con arreglo a las disposiciones legales sobre la materia. e) Aprobar las normas y procedimientos administrativos necesarios para el funcionamiento de la SBN.

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