Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2001 (04/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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f) Aprobar el diseno y creacion de Proyectos Especiales e Intendencias Provinciales. g) Proponer a los poderes publicos la expedicion de normas legales o reglamentarias sobre los bienes de propiedad estatal y/o las que se requieran para el mejor funcionamiento de la SBN. h) Designar los cargos de confianza y nombrar, contratar, suspender, remover o MORDAZA al personal considerado en dichos cargos. i) Aprobar la celebracion de convenios y acuerdos de cooperacion tecnica y financiera, con instituciones nacionales y extranjeras o con organismos multilaterales de cooperacion tecnica internacional relacionados con las funciones de la institucion. j) Aceptar legados, donaciones y toda otra liberalidad que se haga a favor de la institucion. k) Dictar directivas de cumplimiento obligatorio para las diferentes areas de la institucion incluidas las Intendencias Provinciales; asi como para las entidades publicas respecto de la administracion, disposicion y adquisicion de los bienes de propiedad estatal. l) Expedir las resoluciones de su competencia. m) Otorgar los poderes que MORDAZA necesarios para representar o defender los intereses de la SBN. n) Delegar sus atribuciones y funciones que considere pertinentes. o) Las demas que le senalen las leyes, los reglamentos o que MORDAZA inherentes a su cargo. SUBCAPITULO II LA GERENCIA GENERAL Articulo 14º.- La Gerencia General es el organo ejecutivo encargado de dirigir la estructura organica, tanto administrativa como operativa de la SBN. Depende directamente del Superintendente de Bienes Nacionales. Articulo 15º.- Son funciones de la Gerencia General: a) Proponer al Superintendente de Bienes Nacionales los lineamientos de la politica institucional, objetivos, estrategias, planes, presupuesto, programas y proyectos a desarrollarse por la institucion. b) Supervisar la administracion del Presupuesto Institucional. c) Programar, conducir, supervisar, dirigir, coordinar y evaluar el desarrollo de las actividades, cautelando el cumplimiento de los objetivos institucionales. d) Proponer al Superintendente de Bienes Nacionales, la aprobacion de las directivas en materia administrativa, presupuestal y de organizacion necesarias para el adecuado desarrollo de las operaciones de la SBN. e) Dictar las resoluciones de Gerencia General necesarias para el adecuado funcionamiento organizacional. f) Ejercer la representacion legal y procesal de la SBN. g) Proponer al Superintendente de Bienes Nacionales, para su aprobacion, los reglamentos internos que MORDAZA necesarios para el mejor funcionamiento de la institucion. h) Nombrar, contratar, suspender, remover o MORDAZA, con arreglo a ley, al personal de la SBN que no ejerza cargo de confianza, dando cuenta al Superintendente de Bienes Nacionales. i) Aprobar la adquisicion y contratacion de los bienes y servicios necesarios para la ejecucion de las actividades de la institucion. j) Suscribir los contratos y convenios que le delegue el Superintendente de Bienes Nacionales. k) Proponer al Superintendente de Bienes Nacionales, para su aprobacion, la politica de remuneraciones, bonificaciones, gratificaciones e incentivos al personal de la institucion. l) Proponer para la aprobacion del Superintendente de Bienes Nacionales, los planes, programas, presupuestos, memorias, balances y los estados financieros anuales de la institucion. m) Ejercer ante cualquier autoridad politica, judicial, arbitral o administrativa, con las facultades de representacion correspondientes, la defensa de los intereses y derechos de la institucion, asi como la de los funcionarios y los trabajadores que MORDAZA emplazados por el ejercicio de sus funciones. Podra delegar en la persona natural o juridica que estime conveniente, la facultad de representacion senalada.

n) Proponer al Superintendente de Bienes Nacionales, para su aprobacion, los manuales y reglamentos de organizacion y funciones de la Institucion. o) Delegar sus funciones y facultades en cualesquiera de las Gerencias, cuando lo considere conveniente. p) Las demas que le senalan las normas aplicables a la institucion y las que MORDAZA inherentes a su cargo. CAPITULO III ORGANO DE CONTROL Articulo 16º.- El control de las actividades tecnicas, administrativas, economicas y financieras de la institucion es ejercido por la Oficina de Auditoria Interna, de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Control. Depende funcionalmente de la Contraloria General, y, jerarquicamente, del Superintendente de Bienes Nacionales. Articulo 17º.- Son atribuciones y obligaciones de la Oficina de Control Interno las siguientes: a) Dirigir, coordinar, programar, ejecutar, evaluar y supervisar las acciones de control de la institucion, en forma preventiva y correctiva, de conformidad con la normatividad del Sistema Nacional de Control y la politica establecida por la Alta Direccion de la SBN. b) Asesorar a la Alta Direccion en las politicas de control. c) Formular, proponer y ejecutar el Plan Anual de Acciones de Control y los examenes especiales, asi como verificar la aplicacion de los procedimientos vigentes; y elevar los documentos mencionados al Superintendente de Bienes Nacionales y a la Contraloria General. d) Elaborar, uniformizar y actualizar los metodos referentes a los asuntos de su competencia. e) Atender e investigar las denuncias que se plantean a la SBN sobre asuntos de competencia de esta. f) Realizar, cuando lo considere, acciones sorpresivas de control en la SBN. g) Efectuar la auditoria de los estados financieros y presupuestales de la entidad, en la forma que senale la Contraloria General y de acuerdo con las normas vigentes. h) Emitir los informes resultantes de las acciones de control con las respectivas observaciones y acciones correctivas. i) Efectuar el seguimiento de la aplicacion de las recomendaciones contenidas en los informes de auditoria e informar de ello al Superintendente de Bienes Nacionales. j) Emitir las resoluciones de su competencia. k) Las demas que le MORDAZA asignadas. CAPITULO IV ORGANO DE ASESORAMIENTO GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO Articulo 18º.- La Gerencia de Planeamiento y Desarrollo es el organo encargado de disenar, dirigir y ejecutar los planes y proyectos institucionales en materia de desarrollo, planificacion, racionalizacion administrativa, estadistica e informatizacion. Esta a cargo de un funcionario con nivel de Gerente y depende jerarquicamente del Gerente General. Articulo 19º.- Son atribuciones y obligaciones de la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo las siguientes: a) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, coordinar, supervisar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con los planes de la institucion en materia de desarrollo institucional e informatica. b) Disenar, dirigir y supervisar el Sistema de Planeamiento Institucional. c) Disenar, racionalizar y optimizar los procesos y procedimientos administrativos y operativos. d) Disenar y desarrollar los Sistemas de Informacion Gerencial e Institucional. e) Dirigir y coordinar con los organos de linea y de apoyo de la SBN, el MORDAZA de evaluacion de la planificacion y desarrollo de la institucion. f) Elaborar los manuales, las directivas internas y los formularios necesarios para la ejecucion de las funciones

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