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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2001 (06/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 42

Pág. 206128 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de julio de 2001 JUSTICIA Conceden indulto por razones humani- tarias a 4 internos de los Estableci- mientos Penitenciarios de Lurigancho, Huacariz, Huánuco y Miguel Castro Castro RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 265-2001-JUS Lima, 5 de julio de 2001 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 1º de la Constitución Política del Perú, la defensa de la persona humana y elrespeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que Carlos BARRETO QUISPE o Carlos Alfredo QUIS- PE HUARCAYA o Carlos Alfredo RENGIFO MOLLO seencuentra interno en el Establecimiento Penitenciario deRégimen Cerrado Ordinario Lurigancho; Que de acuerdo al Certificado Médico Nº 183-00-INPE- EPRCOL-DSP/Jf, del 8 de setiembre de 2000, el citado interno ha sido diagnosticado con una enfermedad irrever-sible muy grave de carácter terminal; Que por los antecedentes y características de la enfer- medad padecida por el citado interno, éste requiere de untratamiento y control especializado que al interior del Establecimiento Penitenciario no se puede brindar por falta de recursos materiales y técnicos; Que el caso del referido interno, por sus condiciones personales, familiares y su estado de salud, se adecua a losrequerimientos de un indulto humanitario, por encontrar-se debidamente acreditada su enfermedad en el documento antes mencionado; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118º inciso 21) de la Constitución Política del Perú, correspondeal Presidente de la República conceder indultos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder INDULTO por razones huma- nitarias, a Carlos BARRETO QUISPE o Carlos AlfredoQUISPE HUARCAYA o Carlos Alfredo RENGIFO MO-LLO quien se encuentra interno en el EstablecimientoPenitenciario de Régimen Cerrado Ordinario Lurigan- cho. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 26623 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 266-2001-JUS Lima, 5 de julio de 2001 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 1º de la Constitución Política del Perú, la defensa de la persona humana y elrespeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad ydel Estado; Que Marina GAMBOA MACIZO se encuentra interna en el Establecimiento Penitenciario de Huacariz - Caja-marca; Que de acuerdo al Informe médico Nº 185-00-INPE- EPSH-AREA DE SALUD, del 17 de octubre de 2000, lacitada interna ha sido diagnosticada con diagnóstico pre- suntivo de lipomas múltiples, presentando además infec- ción del tracto urinario, vulvo vaginitis, colpocervicitis,cervicitis, leucorrea, dispepsias y factores de tipo psicoló- gico; Que el caso de la referida interna de sesenticinco (65) años de edad, de acuerdo a la información proporcionadapor RENIEC, por su avanzada edad, por sus condicionespersonales, familiares y su estado de salud, se adecua a losrequerimientos de un indulto humanitario; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118º inciso 21) de la Constitución Política del Perú, corresponde al Presidente de la República conceder indultos; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Conceder INDULTO por razones huma- nitarias a Marina GAMBOA MACIZO quien se encuentra interna en el Establecimiento Penitenciario de Huacariz -Cajamarca. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 26624 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 267-2001-JUS Lima, 5 de julio de 2001CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 1º de la Constitución Política del Perú, la defensa de la persona humana y elrespeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad ydel Estado; Que Dominga ROSALES CARLOS se encuentra inter- na en el Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Huánuco; Que de acuerdo al Acta de Junta Médica Penitenciaria Nº 036-01-INPE-DROP-EPSHCO-US., del 28 de marzo de2001, la citada interna ha sido diagnosticada con osteoar-tritis senil, hipertensión arterial y diabetes mellitus; Que el caso de la referida interna de setenta (70) años de edad, por su avanzada edad, por sus condiciones perso- nales, familiares y su estado de salud, se adecua a losrequerimientos de un indulto humanitario, por encontrar-se debidamente acreditada su enfermedad en el documentoantes mencionado; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118º inciso 21) de la Constitución Política del Perú, corresponde al Presidente de la República conceder indultos; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Conceder INDULTO por razones huma- nitarias, a Dominga ROSALES CARLOS quien se encuen- tra interna en el Establecimiento Penitenciario de Senten-ciados de Huánuco. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 26625 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 268-2001-JUS Lima, 5 de julio de 2001 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 1º de la Constitución Política del Perú, la defensa de la persona humana y el