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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2001 (06/07/2001)

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Pág. 206136 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de julio de 2001 Que, mediante Resolución Presidencial Ejecutiva Nº 166-2000-CTAR.LL, del 29 de febrero de 2000, se resolvió establecer responsabilidad civil - pecuniaria contra el ex Presidente del CTAR La Libertad, don Noé Inafuku Higa,por la suma liquidada más intereses legales calculados al30 de abril de 1997, ascendentes a la suma de S/. 3 383063,67 (tres millones trescientos ochenta y tres mil sesentay tres y 67/100 Nuevos Soles), en mérito al referido Informe de Control; Que, por Resolución Presidencial Nº 266-2000-CTAR.LL del 6 de abril de 2000, se resolvió declarar infundado elrecurso de reconsideración interpuesto por don Noé Hina-fuku Higa contra la referida Resolución, dándose por ago-tada la vía administrativa; Que, según Oficio Nº 604-2000-PRE.ST, de fecha 21 de julio de 2000, el Secretario Técnico (e) del CTAR LaLibertad, hace de conocimiento de este Portafolio que el exfuncionario Manuel Natividad Lavado Vega, comprendidoen la responsabilidad pecuniaria a que hace referencia elInforme Nº 005-97-CTAR-LL/ORCI precitado, ha fallecido el 26 de noviembre de 1997, según se ha acreditado con la copia certificada del Acta de Defunción correspondiente, ysiendo el daño económico traducido en responsabilidadcivil del ex funcionario, el daño aludido es posible de serreparado a través de los bienes que conforman la masahereditaria, por lo que procede la interposición de las acciones legales que correspondan contra la sucesión del ex funcionario; Que, en consecuencia, y teniendo en cuenta que don Noé Inafuku Higa tampoco ha cumplido con reparar el dañoeconómico ocasionado en agravio del CTAR La Libertad, esnecesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en representación del Estado, interponga las accioneslegales que el caso conlleve; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representación de los intereses delEstado, interponga las acciones judiciales pertinentes con-tra el ex Presidente del CTAR La Libertad, don NoéInafuku Higa, y la sucesión de ex funcionario Econ. ManuelLavado Vega, y demás personas que correspondan, por las razones y hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso, al citado Procurador Público, para los fines a que se contraeel Artículo 1º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 26475 Autorizan a procurador iniciar accio- nes correspondientes contra presun- tos responsables de perjuicio econó- mico en agravio del CTAR Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 238-2001-PRES Lima, 27 de junio del 2001 Visto el Oficio Nº 510-2001-CTAR-ICA/PE-GRCI del Consejo Transitorio de Administración Regional del 7 demayo de 2001, Informe Nº 005-2001-02-4662 - InformeEspecial sobre Presunta Responsabilidad Civil de Funcio-narios y Servidores de la Dirección Zonal de Chincha,Informe Nº 018-99-CTAR-ICA/GRCI; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe Nº 005- 2001-02-4662 de fecha 3 de mayo de 2001, la GerenciaRegional de Control Interno del Consejo Transitorio de Administración Regional - Ica, practicó el "Informe Espe- cial sobre Presunta Responsabilidad Civil de Funcionarios y Servidores de la Dirección Zonal de Chincha; Que, de acuerdo al Informe Especial referido, los he- chos demuestran la existencia de indicios razonables depresunta responsabilidad civil en contra del ContratistaJ.C. Ingenieros Contratistas Generales S.A., en forma solidaria con los funcionarios Jesús Cirilo Escobar Moscoso y Gustavo Ramos Mayuri, por el perjuicio irrogado alCTAR Ica, en virtud de haberse cancelado indebidamentemontos excesivos en el servicio de alquiler de un tractor D-6D, por la suma de S/. 31 074,00; Que, como resultado del Examen Especial practicado, se evidenció indicios razonables de responsabilidad civil en agravio del Estado, por lo que de conformidad con laResolución de Contraloría Nº 259-2000-CG, el Departa-mento Legal de la Gerencia Regional de Control Interno delCTAR Ica, emitió el Informe Nº 005-2001-02-4662 antesreferido, con la finalidad de determinar la responsabilidad penal y/o civil a que hubiere lugar contra el Contratista J.C. Ingenieros Contratistas Generales S.A. en forma soli-daria con los funcionarios Jesús Cirilo Escobar Moscoso yGustavo Ramos Mayuri comprendidos en el Examen Espe-cial, recomendándose al Ministerio de la Presidencia seautorice al Procurador del Sector a iniciar las acciones legales; Que, para el efecto, es necesario autorizar al Procura- dor Público encargado de los asuntos judiciales del Minis-terio de la Presidencia a interponer las acciones judicialescontra la empresa Contratista J.C. Ingenieros Contratis-tas Generales S.A. en forma solidaria con los funcionarios mencionados; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica;De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537, modificado por elDecreto Ley Nº 17667 y el Decreto Ley Nº 25556; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presi-dencia, para que en nombre y representación del Estadointerponga las acciones legales que correspondan por las razones y hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al mencionado Procurador Público, para los fines a los que secontrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 26476 PESQUERÍA Aprueban informe final de la Comisión Especial encargada de evaluar la si- tuación financiera del sector pesquero dedicado a la producción de harina y aceite de pescado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 237-2001-PE Lima, 5 de julio del 2001 CONSIDERANDO: Que la Resolución Suprema Nº 072-2001-PE constituyó la Comisión Especial encargada de evaluar la situaciónfinanciera del sector pesquero dedicado a la producción deharina y aceite de pescado, así como de elaborar una propuesta de reestructuración de la deuda pesquera con el sistema financiero; Que la referida Comisión Especial contó con la partici- pación de representantes del Estado, Sociedad Nacional dePesquería y la Asociación de Bancos, así como de la Super-intendencia de Banca y Seguros y de la Corporación Finan- ciera de Desarrollo;