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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2001 (06/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 54

Pág. 206140 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de julio de 2001 no están, sin embargo, referidas a las bondades del sistema una vez que se encuentre en marcha. Las objeciones están focalizadas fundamentalmente en el tema de la asignación inicial de las cuotas y en los problemas de control por partede la autoridad. Los esquemas de cuotas individuales de pesca que se han aplicado en otros países típicamente establecen doscriterios básicos para la asignación inicial de las cuotas: capacidad de bodega y pesca histórica. El problema apare- ce cuando existen grandes diferencias de eficiencia depesca (capacidad vs. pesca) en la flota, como es el caso de laflota anchovetera nacional. Nuestra flota industrial essumamente heterogénea en cuanto a eficiencia de bodega,es decir, existen muchas embarcaciones que pescan muy poco comparado con su capacidad de bodega y existe otra porción de embarcaciones que registran una gran eficien-cia respecto a su capacidad. Ello genera que la mayoría deembarcaciones ganen o pierdan una porción importante departicipación en la cuota general dependiendo de quécriterio se utiliza, reduciendo así las probabilidad es de obtener un consenso al respecto. 5. Acciones a seguir- Fortalecimiento del sistema de vigilancia y con- trol El Ministerio de Pesquería se comprometió en analizar con el sector privado su proyecto de modificación delprocedimiento sancionador, el cual sería especialmentedrástico en 4 infracciones importantes. Se comprometió ensolicitar los comentarios y sugerencias del sector privado a fin de lograr un consenso en torno a este tema. Al respecto, todos los miembros del sector privado coincidieron a apo-yar esta iniciativa y brindar sus aportes para hacer másefectiva la labor sancionadora del Ministerio, sobre todo enlo que respecta a las suspensiones y cancelaciones defini-tivas de los permisos de pesca y licencias de operación. - Mecanismos de estabilidad jurídica Se estableció que el Estado tiene un rol preponderante cualquiera que sea la alternativa de racionalización delesfuerzo pesquero que se diseñe, cual es brindar la estabi- lidad necesaria de las reglas de juego con la que los agentes económicos realizarán sus actividades en el futuro. Porello, el Ministerio de Pesquería se ha comprometido, en elcaso de avanzar en un esquema de reducción del esfuerzopesquero, a establecer mecanismos que garanticen la esta-bilidad jurídica para sus administrados, tales como la firma de contratos-ley al amparo de lo establecido en el Art. 62 de la Constitución Política del Perú. - Comisión para estudio de sobrecostos La Comisión estimó conveniente continuar con la discu- sión iniciada respecto a buscar alternativas que incremen-ten la eficiencia de la industria pesquera. Para ello, seprocedió a nombrar un grupo de trabajo encargado depresentar, a la brevedad, un estudio acerca de los mecanis-mos de reducción de sobrecostos en la industria harinera. Este grupo de trabajo quedó entonces constituido por los siguientes miembros: • Por la Sociedad Nacional de Pesquería: - SANTIAGO FREUNDT - GENARO FLORES - JOSE SARMIENTO • Por el Ministerio de Pesquería: - RAUL FLOREZ - ROBERTO VIDAURRE - JUAN MIGUEL CAYO 26602 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 026-2001-PE Mediante Oficio Nº 1323-2001-PE/SG, se solicita publi- cación de Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 026-2001-PE, publicado en nuestra edición del día 29 de junio de2001, en la página 205471.DICE: Artículo 1º.- Manténgase la prohibición en el ámbito del dominio marítimo peruano, de la caza de las siguientesespecies de ballenas: Balaenoptera acutorostrata "ballena minke" Balaenoptera borealis "ballena sei" Balaenoptera edeni "ballena bryde" Balaenoptera musculus "ballena azul" Balaenoptera physalus "ballena aleta" Megaptera novaeangliae "ballena jorobada" Eubalaena spp. "ballena franca" DEBE DECIR: Artículo 1º.- Manténgase la prohibición en el ámbito del dominio marítimo peruano, de la caza de las siguientesespecies de ballenas: Balaenoptera acutorostrata "ballena minke" Balaenoptera borealis "ballena sei" Balaenoptera edeni "ballena bryde" Balaenoptera musculus "ballena azul" Balaenoptera physalus "ballena aleta" Megaptera novaeangliae "ballena jorobada" Eubalaena spp. "ballena franca" Physeter macrocephalus "ballena esperma" o "cachalote" 26630 RELACIONES EXTERIORES Designan representante ante la Comi- sión Nacional de Asuntos del Fondo para el Medio Ambiente Mundial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0497-2001-RE Lima, 2 de julio de 2001 Vista la Carta Nº 780-01-CONAM/SE, del Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), de7 de mayo del año 2001, mediante la cual comunica que elConsejo Directivo del Consejo Nacional del Ambiente hadecidido activar la Comisión Nacional de Asuntos delFondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM); CONSIDERANDO: Que la Comisión Nacional de Asuntos del Fondo para el Medio Ambiente Mundial, tiene como principal función la aprobación de proyectos, así como colaborar en la planifi- cación y coordinación de la futura cartera de proyectos delPerú ante el referido fondo; Que la citada comisión nacional está compuesta, entre otros, por un representante del Ministerio de RelacionesExteriores; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 1632, del Gabinete de Coordinación del señorViceministro Secretario General de Relaciones Exteriores,de 20 de junio del año 2001; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; SE RESUELVE: Designar como Representante del Ministerio de Relacio- nes Exteriores, ante la Comisión Nacional de Asuntos del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM), a laMinistra Consejera en el Servicio Diplomático de la Repú-blica, doña María Cecilia Rozas de De Ferrari, Directora deMedio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Subsecreta-ría de Asuntos Multilaterales y Especiales. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros yMinistro de Relaciones Exteriores 26530