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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2001 (06/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 47

Pág. 206133 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de julio de 2001 sión, falta de celo, criterio técnico y otras acciones u omisiones que causen daño al INFES serán asumidos por el Residente; reservándose el INFES el derecho de iniciar las acciones pertinentes para el cobro de los daños yperjuicios originados por causas imputables al Residentedurante la ejecución de la obra; Que, una vez concluida la obra física, la Comisión de Recepción designada para tal efecto, procedió a la cons- tatación y verificación de las obras realizadas observan- do que éstas han sido concluidas conforme a los docu-mentos técnicos del proyecto y modificaciones autoriza-das por la supervisión, procediendo a recepcionar lostrabajos, mediante la correspondiente Acta de Recep-ción de Obra; Que, por medio del Informe Nº 004-95-GO-PRES- INFES, la Comisión Permanente de Liquidación de Obrasde Administración Directa, formuló la liquidación de laobra C.E. Nº 5086, estableciendo un costo final de S/. 490671,75, lo que dio lugar a que por Oficio Nº 233-95-GO-PRES-INFES, se requiera al Residente de Obra otorgue mayor información por el mayor costo de obra, toda vez que las valorizaciones pagadas y actualizadas y el adi-cional de obra como la ampliación de meta sólo alcanzala suma de S/. 391 743,91; Que, con fecha 30 de octubre de 1999, la Comisión de Liquidación de Obras por Administración Directa, refor- muló la liquidación final de la obra C.E. Nº 5086, deter- minando entre otros, encargar a la Gerencia de Adminis-tración la recuperación del importe de S/. 128 846,10 porparte del Residente de Obra, monto que comprende lasuma de S/. 29 917,54 por saldos de anticipos otorgadosy no rendidos, y la suma de S/. 98 928,56, por responsa- bilidad administrativa al haber incurrido en mayores gastos de planillas de jornales por mano de obra, nosustentados técnicamente; Que, por Resolución de Gerencia de Obras Nº 679-1999- PRES-INFES de fecha 19 de noviembre de 1999, se estable-ció el saldo a cargo del Residente de Obra, ingeniero Juan Alberto Cruz Cabrera, ascendente a S/. 128 846,10, la misma que fue notificada mediante el Oficio Nº 9721-1999-GO-PRES-INFES, de fecha 22 de noviembre de 1999,cursado por conducto notarial cuya constancia de recepciónaparece que dicho Oficio fue dejado en el domicilio indica-do, no habiéndose interpuesto recurso impugnativo algu- no, por lo que la resolución ha quedado consentida; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537,modificado por el Decreto Ley Nº 17667, los Artículos 1219º, 1242º y 1333º del Código Civil, y el Decreto Supremo Nº 019-93-PRES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encarga- do de los Asuntos Judiciales del Sector a iniciar las acciones judiciales que correspondan por las razones y hechos ex-puestos en la parte considerativa de la presente Resolu-ción. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al Procurador Público del Ministerio de la Presidencia, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 26470 Autorizan a procurador iniciar accio- nes correspondientes contra presun-tos responsables de la comisión de delitos en agravio del Proyecto Espe- cial Majes Siguas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 231-2001-PRES Lima, 26 de junio del 2001 Visto el Oficio Nº 0784-2001-INADE-1101-OGAJ del Jefe del Instituto Nacional de Desarrollo -INADE; y,CONSIDERANDO: Que, a través del Informe Especial Legal Nº 014- 2000-INADE/2101-OGAI elaborado por la Oficina Ge-neral de Auditoría Interna del INADE, se concluye quese han utilizado recursos del Proyecto Especial MajesSiguas, para la adquisición de pasajes aéreos a nombrede terceras personas que no tenían vínculo laboral con el mencionado Proyecto, ni con el INADE, situación que se acredita con los boletos de pasajes y notas decobranza emitidos por la Agencia de Viajes y ServiciosCamino E.I.R.L.; Que, la referida situación se agrava por el hecho que las referidas instrumentales han sido posteriormente susti- tuidas a nombre de trabajadores del Proyecto Especial Majes Siguas, los que nunca realizaron dichos viajes, talcomo se corrobora con sus testimoniales que corren en elexpediente administrativo; Que, mediante el Informe Especial Legal referido en el primer considerando, se ha determinado que los hechos evidencian la existencia de indicios razonables de la comisión de ilícitos penales, habiendo sidoindividualizados como presuntos autores el Sr. RaúlCarpio Hurtado, Jefe de la Unidad de Abastecimientosy Servicios Generales; Eco. Walter Congona Revilla,Jefe de la Oficina de Administración y el Ing. Rubén Nicasio Terán Adriazola, ex Director Ejecutivo del Proyecto Especial Majes Siguas; Que, el Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacio- nal de Control, en su Artículo 16º prevé que los resulta-dos de cualquier acción de control, emitidos por cual-quiera de los órganos del Sistema, están considerados como prueba preconstituida para el inicio de acciones administrativas y/o legales a que hubiere lugar; Que, en tal sentido es necesario autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministeriode la Presidencia, a interponer las acciones legales corres-pondientes; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Artículo 12º del Decre-to Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667 yel Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representación de los intereses del Estado, interponga las acciones legales correspondientespor las razones y hechos expuestos en la parte considera-tiva de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso, al mencionado Procurador Público, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 26471 Autorizan a procurador iniciar proce- so judicial contra empresa contratista para que cumpla con el pago de saldo deudor de liquidación de obra RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 233-2001-PRES Lima, 27 de junio del 2001 Visto, el Oficio Nº 461-2001/CTAR PIURA-P del Conse- jo Transitorio de Administración Regional CTAR Piura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio de visto la Presidencia del CTAR Piura pone en conocimiento del Despacho delViceministro de Desarrollo Regional el Informe Nº 076-