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Pág. 206141 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de julio de 2001 Oficializan Congreso "La Ingeniería Mecánica Eléctrica y sus Aportes alDesarrollo Sostenible", a realizarse en la ciudad de Chiclayo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0508-2001-RE Lima, 2 de julio de 2001 Visto el Oficio Nº 418-2001-EM/DM, del Ministro de Energía y Minas, de 15 de junio del año 2001, mediante elcual solicita la oficialización del I Congreso Internacionalde Ingeniería Mecánica Eléctrica "La Ingeniería MecánicaEléctrica y sus Aportes al Desarrollo Sostenible", organiza- do por el Capítulo de Ingeniería Mecánica Eléctrica del Consejo Departamental de Lambayeque del Colegio deIngenieros del Perú, evento que se llevará a cabo en laciudad de Chiclayo, del 27 de agosto al 1 de setiembre delaño 2001; De conformidad con los Artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero del año 2001; y, el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, LeyOrgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 dediciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Oficializar el I Congreso Internacional de Inge- niería Mecánica Eléctrica "La Ingeniería Mecánica Eléc-trica y sus Aportes al Desarrollo Sostenible", eventoorganizado por el Capítulo de Ingeniería MecánicaEléctrica del Consejo Departamental de Lambayeque del Colegio de Ingenieros del Perú, a realizarse en la ciudad de Chiclayo, del 27 de agosto al 1 de setiembredel año 2001. 2º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exte-riores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros yMinistro de Relaciones Exteriores 26531 Oficializan la II Feria Regional de Seguridad Alimentaria, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0509-2001-RE Lima, 2 de julio de 2001 Vista la Carta Nº 257-PMA-2001, del Representante en el Perú y Director Regional para América del Sur delPrograma Mundial de Alimentos - PMA, de 15 de junio del año 2001, mediante la cual solicita la oficialización de la II Feria Regional de Seguridad Alimentaria "Por un Mileniosin Hambre", organizada por la Oficina Regional de Amé-rica Latina y el Caribe del Programa Mundial de Alimen-tos, evento a realizarse en la ciudad de Lima, del 16 al 21de octubre del año 2001; Considerando lo señalado en el Memorándum (OCI- OCM) Nº 692, de la Oficina de Cooperación Internacional,de 19 de junio del año 2001; De conformidad con los Artículos 1º y 3º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero del año 2001; y elinciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Oficializar la II Feria Regional de Seguridad Ali- mentaria "Por un Milenio sin Hambre", organizada por laOficina Regional de América Latina y el Caribe del Progra-ma Mundial de Alimentos, evento a realizarse en la ciudadde Lima, del 16 al 21 de octubre del año 2001.2º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exte- riores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 26532 M T C Incorporan diversos procedimientos en el TUPA del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, V ivienda y Construcción DECRETO SUPREMO Nº 028-2001-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC, se aprobó el Texto Unico de Procedimientos Administrativos- TUPA del Ministerio de Transportes, Comunicaciones,Vivienda y Construcción - MTC, el cual fue modificadomediante Decreto Supremo Nº 037-2000-MTC; Que, mediante Decreto Supremo Nº 051-2001-PCM, se aprueba el procedimiento para determinar la documen- tación que deben contener los expedientes administrativosde los solicitantes de prestaciones del Decreto Ley Nº20530 y que deberán ser remitidos a la Oficina de Norma-lización Previsional (ONP) por parte de las entidadespúblicas cuya administración y pago de pensiones no ha sido transferida por norma expresa a la ONP; Que, asimismo dicho dispositivo dispone que en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de lavigencia del Decreto Supremo Nº 051-2001-PCM, las enti-dades del sector público incorporen en su Texto Unico deProcedimientos Administrativos - TUPA, el procedimiento aprobado por dicha norma; De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y lo dispuesto en el DecretoLegislativo Nº 757, Ley Marco para el Crecimiento de laInversión Privada; DECRETA: Artículo 1º.- Incorporar en el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Trans-portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, aproba- do por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y modificado por Decreto Supremo Nº 037-2000-MTC, los procedimien-tos, que en anexo adjunto forma parte integrante delpresente Decreto Supremo, denominados: 1. Solicitud de Pensión de Cesantía. 2. Solicitud de Renovación de Pensión por haber cum- plido 80 años de edad. 3. Solicitud de Incorporación al Régimen del Decreto Ley Nº 20530. 4. Solicitud de Pensión de Sobrevivientes - Viudez. 5. Solicitud de Pensión de Sobrevivientes - Orfandad. 6. Solicitud de Pensión de Sobrevivientes - Ascendientes.7. Duplicado de Resolución y8. Rectificación de la Resolución por error material. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Transportes, Comunicaciones,Vivienda y Construcción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de julio del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones,Vivienda y Construcción