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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2001 (06/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 74

Pág. 206160 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de julio de 2001 lista independiente Alianza por el Desarrollo de Samegua, para que asuma provisionalmente el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Samegua, en el presente período de gobierno municipal; debiéndosele otorgar la credencial correspondiente. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 26595 Declaran inadmisible solicitud sobre designación de reemplazo de regidor del Concejo Distrital de Ya món, pro- vincia de Utcubamba, por vacancia del cargo RESOLUCIÓN Nº 513-2001-JNE Lima, 5 de julio de 2001Visto el Expediente Nº 404-2001 sobre vacancia del cargo de Regidor del Concejo Distrital de Yamón, de la provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas, que ejerce don Enrique Vásquez Muñoz, iniciado el 9 de marzo de 2001 a solicitud del Alcalde del citado Concejo, don José Cruz Gonzales Guevara, quien comunica la expedición del Acuerdo de Concejo de fecha 15 de enero de 2001 que aprueba la vacancia en mención, por abandono del cargo, renuncia y cambio de domicilio; CONSIDERANDO: Que en la sesión extraordinaria celebrada el 15 de enero de 2001, el Concejo Distrital de Yamón declaró, con el voto aprobatorio de cinco de sus miembros, la vacancia del cargo de Regidor que ejerce don Enrique Vásquez Muñoz, moti- vándose dicho acuerdo en las causales de abandono de cargo, renuncia y cambio de domicilio a Alemania, encon- trándose prevista, la última de ellas, en el numeral 4) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, que establece como causal de vacancia de los cargos de Alcalde o Regidor el cambio de domicilio fuera de la jurisdicción de la Municipalidad; Que la causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de Concejo a que se refiere el Alcalde recurrente en su escrito ubicado a fojas 7, no fue materia del acuerdo de vacancia antes señalado, según el texto del acta respectiva que obra a fojas 9; Que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 25º de la Ley Orgánica de Municipalidades, los cargos de Alcalde y Regidor son irrenunciables; por ello, la carta de renuncia que corre a fojas 4 no debe ser tomada en cuenta, máxime cuando ésta consigna al final, a manera de firma, la palabra "Kike" y no la firma que el ciudadano Enrique Vásquez Muñoz tiene registrada como suya en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, donde, además, no se ha reportado ningún cambio de residencia, apareciendo como lugar de domicilio el distrito de Yamón, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas; Que no ha sido presentado el cargo de la notificación al Regidor Vásquez Muñoz del Acuerdo de Concejo que decla- ra la vacancia de su cargo; omisión que persiste no obstante haberse requerido al Alcalde de Yamón su diligenciamiento con arreglo a las disposiciones pertinentes del Código Procesal Civil y posterior remisión; habiendo respondido el citado Alcalde que el acuerdo en mención ha sido notificado vía teléfono por no conocerse la dirección domiciliaria del vacado, quien se encontraría en Alemania; Que para los efectos de convocar al suplente, es impres- cindible acreditar que el acuerdo de vacancia ha quedado firme; y, para ello, resulta necesario que obre en el presente expediente el cargo de notificación del acuerdo del 15 de enero de 2001 que declara la vacancia del cargo de Regidor de don Enrique Vásquez Muñoz, notificación que debe realizarse de tal manera que garantice que éste tuvoconocimiento de la decisión del Concejo, a fin de no limitar el derecho de defensa que le asiste; Por tales fundamentos, el Jurado Nacional de Eleccio- nes, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:Artículo Único.- Declarar inadmisible la solicitud plan- teada por el Alcalde del Concejo Distrital de Yamón, provin- cia de Utcubamba, departamento de Amazonas, don José Cruz Gonzales Guevara sobre designación de reemplazo por vacancia del cargo de Regidor del mismo Concejo que ejerce don Enrique Vásquez Muñoz; otorgándose a dicho Concejo el plazo perentorio de ocho días a partir de notifi- cada la presente resolución, para que cumpla con remitir a este organismo electoral los documentos que acrediten que se ha diligenciado debidamente la notificación al vacado con el Acuerdo de Concejo del 15 de enero de 2001, ya sea mediante cédula en forma personal, o en caso de ignorarse el domicilio del afectado, mediante publicación de edictos por tres días hábiles en el diario de mayor circulación en el lugar del último domicilio del citado y, a falta de diarios, dicho edicto deberá ser fijado en carteles en los sitios que aseguren su mayor difusión, de conformidad con lo previsto por los Artículos 160º y siguientes del Código Procesal Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 26593 Declaran que regidor del Concejo Distri- tal de Amashca continúa en el ejercicio del cargo RESOLUCIÓN Nº 514-2001-JNE Lima, 5 de julio de 2001Visto, el Expediente Nº 746-2001 recibido el 18 de junio de 2001, iniciado por don Vicente Mejía Isidro, Alcalde del Concejo Distrital de Amashca, provincia de Carhuaz, de- partamento de Ancash, mediante el cual comunica la decla- ratoria de vacancia del cargo de Regidor de don Julián Teófilo Huacanca Aranibar; y, solicita se incorpore al can- didato que por ley corresponde; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades la vacancia del cargo de Alcalde o Regidor es declarada por el correspon- diente Concejo Municipal con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de sus miembros; para lo cual se debe cumplir con los requisitos que conforma la causal de vacancia invocada; Que en sesión ordinaria de Concejo de fecha 13 de marzo de 2001, el Concejo Distrital de Amashca, constituido por un Alcalde y cinco Regidores, acordó con el voto de cuatro miembros, la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor de don Julián Teófilo Huacanca Aranibar, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias con- secutivas, prevista en el numeral 5) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, como consta del acta que en copia certificada obra de fojas 3 a 5; expidiéndose la Resolución Municipal Nº 008-2001 del 14 de marzo de 2001, que obra a fojas 2; Que de los cargos de las notificaciones que obran de fojas 6 a 9, se advierte que el citado Regidor suscribió los cargos respectivos para su asistencia a las sesiones de Concejo de fechas 10, 15, 23 y 31 de enero de 2001; comprobándose que, la primera y cuarta convocatoria no han cumplido con la formalidad prevista en el Artículo 39º de Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 al disponer que, entre la convo- catoria y la sesión mediarán cuando menos, dos días hábi- les; Que de las actas de las sesiones ordinarias antes indica- das, que en copia certificada obran de fojas 11 a 14, en la que corresponde a la sesión ordinaria de fecha 31 de enero de 2001, se dejó constancia de la inconcurrencia del citado Regidor; sin embargo, pese a no encontrarse suscritas las