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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2001 (06/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 63

Pág. 206149 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de julio de 2001 VISTOS: El informe de fecha veintiocho de junio del año dos mil uno, de los señores Magistrados Integrantes de la Comi-sión Mixta, conformada conjuntamente con representantes del Colegio de Abogados de Lima, con el objeto de realizar la Evaluación y Rediseñamiento del Sistema de Adminis-tración de Justicia, de la Corte Superior de Justicia de Lima. CONSIDERANDO: Que, se ha recepcionado reiteradas quejas y reclamos por abogados y justiciables, referidos a una deficiente atención en los módulos corporativos instalados en elEdificio Alzamora Valdez, así como los instalados en otras dependencias; respecto al acceso a los expedientes para lectura. Que, es necesario adoptar medidas tendientes a asegu- rar una rápida e idónea atención en el área de lectura deexpedientes, permitiendo que los abogados e interesados puedan tener acceso a los expedientes el mismo día que lo solicitan y en el menor tiempo posible. Que, se ha determinado que en la actualidad, sólo se entrega el expediente para su lectura siempre queel mismo se encuentre en el archivo, denegando la entrega en los casos que los expedientes estén fuera de él, lo cual viene generando molestias e incertidumbreentre los usuarios del servicio, lo que debe ser corregi- do. Que, es atribución del Presidente de la Corte Superior cautelar la pronta Administración de Justicia, así como el cumplimiento de las obligaciones de los magistrados delDistrito Judicial. Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los incisos 4), 8) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que el personal admi- nistrativo de archivo y custodia de expedientes de los Módulos Corporativos instalados en el Edificio AlzamoraValdez, entreguen a los interesados, los expedientes, pre- viamente solicitados en la Mesa de Partes del Centro de Distribución Modular, cuando éste se encuentre en elarchivo o en cualquiera de las áreas del módulo, inclusive en el despacho del juez. Artículo Segundo.- En caso de que el expediente solicitado se encuentre fuera del archivo, el personal admi-nistrativo responsable, debe proceder a la ubicación del mismo en el interior del módulo y de inmediato a la entrega para su lectura por el interesado. Artículo Tercero.- En los casos de que los expedientes no puedan ser entregados en la oportunidad que se solicita por encontrarse practicando alguna diligencia dispuesta por el juzgado, por otra causa que haga materialmenteimposible su entrega, el personal administrativo deberá comunicar de inmediato el impedimento al interesado, dejando constancia de ese hecho en la papeleta de atención,y lo citará para que concurra al día siguiente en hora que se señale, a efectos de que pueda acceder a la lectura del expediente. En este último caso, el personal administrati-vo deberá dar respuesta en el día del hecho al Juez de la causa. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magistratura, Fisca- lía de la Nación, Colegio de Abogados de Lima, Oficina deAdministración de la Corte Superior de Justicia de Lima, Oficina de Administración del Nuevo Despacho Judicial y de la Oficina de Imagen Institucional, para losfines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 26588CONTRALORÍA GENERAL Disponen publicar la relación adicio- nal de titulares de entidades que pre- sentaron declaraciones juradas de bie- nes y rentas de acuerdo a la DirectivaNº 008-2001-CG/OATJ RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 095-2001-CG Lima, 5 de julio de 2001 VISTOS, la Hoja Informativa Nº 038-2001-CG/0ATJ, que da cuenta del reporte "Cumplimiento en la presenta-ción de las Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas de losTitulares de las Entidades"; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 054-2001-CG de 15.MAY.2001 se aprobó la Directiva Nº 008-2001-CG/OATJ"Rendición de Cuentas de los Titulares de las Entidades", encuyo numeral 2.4 del rubro Disposiciones Específicas se regulala obligación del titular de la entidad de presentar copia de su Declaración Jurada de Bienes y Rentas al tomar posesión y cesar en su cargo, así como aquellas renovadas periódicamen-te, con sujeción a la normativa vigente; Que, asimismo mediante Resolución de Contraloría Nº 087-2001-CG de 18.JUN.2001, se dispuso la publicación dela relación de los titulares de las entidades que presenta- ron las Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas, en cumplimiento de la Directiva Nº 008-2001-CG/OATJ "Ren-dición de Cuentas de los Titulares de las Entidades",encargándose a los Organos de Auditoría Interna la verifi-cación correspondiente sobre el cumplimiento de lo dis-puesto en la Directiva, informando sobre el particular; Que, en atención a lo dispuesto en las Resoluciones mencionadas en los considerandos precedentes, resultaoportuno disponer la publicación de la relación adicional delos titulares de las entidades que han remitido copia de suDeclaración Jurada de Bienes y Rentas a la ContraloríaGeneral de la República; Que, de otro lado, habiéndose aprobado por el Congreso de la República la Ley Nº 27482, publicada el 15.Jun.2001,que regula la obligación de presentar y publicar la Decla-ración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de losfuncionarios y servidores públicos, así como emitido el D.S.Nº 073-2001-PCM, publicado el 24.Jun.2001, que aprueba el Formato Unico de la acotada Declaración Jurada, encon- trándose pendiente la aprobación del Reglamento de la Leypor parte del Poder Ejecutivo, este Organismo Superior deControl, procederá oportunamente a la adecuación de laDirectiva Nº 008-2001-CG/OATJ a las disposiciones de lanormativa antes mencionada, debiendo los funcionarios y servidores obligados sujetarse a las mismas en los térmi- nos, formalidades y condiciones que se establezcan; En uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 24º de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley Nº26162; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación de la relación adicional de los titulares de las entidades que han presentadolas Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas, en cumplimien- to de la Directiva Nº 008-2001-CG/OATJ "Rendición de Cuen- tas de los Titulares de las Entidades", la misma que en anexoadjunto, forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La Contraloría General de la República, establecerá los procedimientos correspondien-tes para la recepción, registro, verificación y archivo de las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores del Estado obligados por laLey Nº 27482, en concordancia con las disposiciones conte-nidas en ésta y las que se establezcan en su Reglamento. Regístrese y publíquese. CARMEN HIGAONNA DE GUERRA Contralora General de la República