TEXTO PAGINA: 76
Pág. 206162 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de julio de 2001 corresponde asumir el cargo de regidor a Domingo Pedro Ramírez Ildefonso, candidato no proclamado de la agrupa- ción independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino"; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE:Artículo Primero.- Convocar a Domingo Pedro Ramí- rez Ildefonso, candidato no proclamado de la lista de la agrupación independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino", para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Pira, provincia de Huaraz, departa- mento de Ancash, en reemplazo de la regidora vacada doña Mercedes Margarita Guerrero Mayhuay, debiendo jura- mentar el cargo el regidor convocado, ante el alcalde del citado concejo, para completar el período de gobierno mu- nicipal 1999 - 2002. Artículo Segundo.- Otorgar a Domingo Pedro Ramí- rez Ildefonso la correspondiente credencial. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 26597 Declaran que alcalde del Concejo Distri- tal de Conima continúa en el ejercicio del cargo RESOLUCIÓN Nº 518-2001-JNE Lima, 5 de julio de 2001Exp: Nº 443.01 V CONIMA VISTO:El recurso de revisión presentado el 18 de mayo del 2001, por el señor Vicente Toque Poma, Alcalde del Concejo Distrital de Conima, provincia de Moho, departamento de Puno en contra del acuerdo municipal de fecha 13 de febrero del 2001 que declara la vacancia de su cargo; y, CONSIDERANDO: Que, el Jurado Nacional de Elecciones, en sesión priva- da de fecha 8 de mayo del 2001 acordó, que el Concejo Distrital de Conima cumpla con remitir los documentos idóneos que acrediten la causal de vacancia del cargo de Alcalde; asimismo notifique al vacado en forma personal o mediante edictos y en el plazo de 8 días informe lo corres- pondiente a este órgano electoral; Que, practicada la notificación el Alcalde del Concejo Distrital de Conima, en plazo oportuno, interpone recurso de revisión, en contra del acuerdo que declara la vacancia de su cargo; Que, se advierte en autos que el Alcalde vacado ha denunciado que con fecha 11 de febrero del 2001 pobladores del distrito soliviantados por el ex regidor Pedro Condori Canaza, quien no acata la vacancia de su cargo, clausuraron el local de la Municipalidad de Conima, y amenazaron su integridad física, razón por la cual tuvo que abandonar la capital del distrito; Que, los hechos descritos, están siendo investigados por la Fiscalía Provincial Mixta de Moho, según aparece en la denuncia penal de fojas 152; Que, asimismo, el Juzgado Mixto de Moho, mediante resolución de fecha 5 de abril del 2001, a fojas 171, en medida cautelar de amparo, ha resuelto la suspensión del acto violatorio, por parte de quienes clausuraron el local municipal; Que, en este contexto, el acuerdo de fecha 13 de febrero del 2001, que declara la vacancia del cargo de Alcalde en el Concejo Distrital de Conima, a fojas 21 a 25 , bajo acusación de haber incurrido en la causal prevista en el numeral 2) delArtículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, sobre ausencia de la localidad por más de 30 días sin autorización, deviene en nulo e insubsistente; Que, por otro lado es necesario tener en cuenta que las sesiones de concejo son convocadas por el Alcalde y para que un Regidor las convoque, conforme lo establece el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, debe requerirse al Alcalde y recién en el caso de no ser convo- cada la sesión por este último dentro de los cinco días hábiles siguientes a la petición, procede la convocatoria por los regidores del concejo respectivo, previa notifica- ción escrita al representante legal del Concejo, bajo el apercibimiento respectivo; dicho procedimiento no se ha acreditado en autos, por lo que: Al amparo de las normas citadas, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado y la ley, el Pleno del Jurado Nacional del Elecciones: RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de revisión en contra del acuerdo de fecha 13 de febrero del 2001, que declara la vacancia del cargo de Alcalde del señor Vicente Toque Poma en el Concejo Distrital de Conima; consiguientemente nulo e insubsistente el referido acuerdo al no haberse observado el procedimiento legal respectivo. Artículo Segundo.- Declarar que el señor Vicente Toque Poma, continúa en el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Conima, en el período municipal 1999, al 2002. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías necesarias para el cumplimien- to de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN- LANDA CÓRDOVA, Secretario General 26598 MINISTERIO PÚBLICO Designan fiscales que completarán Comisiones Distritales Descentraliza- das de Control Interno de diversos Dis- tritos Judiciales, materia de la Res. Nº 062-2001-CT-MP RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 543-2001-MP-FN Lima, 5 de julio de 2001VISTO Y CONSIDERANDO:Que es necesario designar a los nuevos integrantes de las Comisiones Distritales Descentralizadas de Control Interno, a efectos de completar el número de miembros de las Comisiones de los Distritos Judiciales de Ancash, Aya- cucho, Huancavelica, Huánuco, Lima, Piura, Santa, Tacna, Tumbes y Ucayali; Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a los Fiscales que com- pletarán las Comisiones Distritales Descentralizadas de Control Interno en los Distritos Judiciales que se detallan, materia de la Resolución Nº 062-2001-CT-MP, de fecha 1 de marzo del 2001: DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH: Miembro : Doctora Polo Castro, Rosa María (P) Fiscal Provincial Provisional de la Segunda Fiscalía Provin- cial Mixta de Huaraz. Miembro : Doctora López Bernuy, María Lourdes (P) Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Ancash.