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Pág. 206173 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de julio de 2001 x. Ministerio del Interior - DIRPOLTURE xi. Asociación de Representantes Automotrices del Perú xii. Colegio Médico del Perú xiii. Representante de las organizaciones de vecinos xiv. Representante de las ONG’s Asesor: Los mecanismos de asesoría que se acuerden entre el CONAM, DIGESA y la Asamblea Nacional de Rectores ESTÁNDARES DE CALIDAD AMBIENTAL PARA RADIACIONES NO IONIZANTES: Objetivo: Establecer una medida preventiva § Inicio de estudios sobre grado de contaminación y estudios epidemiológicos Plazo: 14 meses Resultado: Estudio elaborado Institución responsable: DIGESA. Informará al CO- NAM los resultados. LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIONES EN EL SECTOR INDUSTRIAL Límites máximos permisibles de emisiones (sector in- dustrial) § Industria Papel: Partículas, NOx, SOx, VOC, amonía- co, cloro y sulfuro de hidrógeno. § Industria Cemento: Partículas y SO2. Límites máximos permisibles de efluentes líquidos: § Industria Papel: Temperatura, pH, DBO5, DQO, SST y aceites y grasas § Industria Cerveza: Temperatura, pH, DBO5, DQO, SST y aceites y grasas. § Industria Cemento: Temperatura, pH y SST. § Industria Curtiembres: pH, DBO5, DQO, SST, cromo total, cromo+6, amoniaco, coliformes, sulfuros y aceites y grasas. Plazo: agosto del 2001. Responsable: Ministerio de Industria, Turismo, Inte- gración y Negociaciones Comerciales Internacionales LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIONES EN EL SECTOR HIDROCARBUROS Y ELECTRICIDAD Responsable: Ministerio de Energía y Minas Límites máximos permisibles de emisiones:Calderos y Turbinas: Partículas, NOx y SO 2Motores estacionarios : Partículas, NOx y SO2Refinerías de Hidrocarburos: Partículas, NOx, SO2, CO, Compuestos Orgánicos Volátiles Plazo: agosto del 2001 LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES DE EMISIONES Y EFLUENTES LIQUIDOS EN EL SECTOR PESQUERO Responsable: Ministerio de Pesquería Límites máximos permisibles de emisiones: Los parámetros a ser considerados, como mínimo, serán los siguientes: § Sulfuro de Hidrógeno (H2S) § Material Particulado Se desarrollarán los siguientes actividades y estudios que servirán de base para la propuesta de límites máximos permisibles: 1. Metodología de muestreo y análisis de las emisiones de fuentes generadoras 2. Medición de emisiones de sulfuro de hidrógeno y material particulado de fuentes generadoras 3. Alternativas tecnológicas para el control de las emi- siones y montos de inversión y operación Plazo: 24 meses Límites máximos permisibles de efluentes:Los parámetros mínimos a ser considerados serán los siguientes: § pH § Aceites y grasas § Demanda bioquímica de oxígeno § Sólidos suspendidos totales Plazo: 10 meses LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN RADIACIONES NO IONIZANTES EN SECTOR TELECOMUNICACIONES Responsable: Ministerio de Transporte, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción 1.- Estudio y recopilación de información. Plazo: 1 abril al 30 de setiembre 2001 2.- Coordinación con organismos del sector y otros sectores (DIGESA, INICTEL, CONAM, etc.) Plazo: 1 abril al 31 de diciembre 2001 3.- Planificación de un Programa de Mediciones en Ciudades importantes del país Plazo: 1 septiembre al 31 de diciembre 2001 4.- Elaboración del anteproyecto de reglamento de lími- tes máximos permisibles de emisión de radiaciones no ionizantes. Inicio: diciembre 31. Plazo: 6 meses Coordinación con organismos del sector y otros organis- mos públicos y privados LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES PARA EFLUEN- TES DEL SECTOR AGROINDUSTRIAL Responsable: Ministerio de Agricultura Los parámetros a considerar serán los siguientes:§ Conductividad (mmhos/cm) § pH (25 °C) § Temperatura (°C) § Sólidos suspendidos (mg/l) (30 días) § Demanda bioquímica de oxígeno (30 días, 20°C) (mg/l) § Oxígeno disuelto (mg/l) § Nitrógeno total (mg/l) § Amoníaco (mg/l) (30 días) § Fósforo (mg/l) § Aceites y grasas (mg/l) (30 días) § Coliformes fecales (NMP/ 100 ml) – en un mínimo de 5 muestras Plazo: octubre del 2001 26496 CONSUCODE Aprueban exoneración de proceso de selección para contratar serviciospersonalísimos de asesoría legal CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 112-2001-CONSUCODE/PRE Jesús María, 25 de junio de 2001CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo previsto por el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que señala que las contrataciones de servicios personalísimos que correspon- dan a Licitaciones, Concursos Públicos o Adjudicación Di- recta se encuentran exoneradas de los indicados procesos de selección, procediendo su contratación mediante una adjudicación de menor cuantía conforme a lo establecido por el Artículo 20º de dicha Ley;