Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2001 (09/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 9 de MORDAZA de 2001

cion Docente Publicos y Privados, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 023-2001-ED senala que los ISP deben tener una denominacion que permita individualizarlos, anteponiendo al nombre de la institucion "Instituto Superior Pedagogico Publico o Privado"; Con la opinion favorable de la Direccion Nacional de Formacion y Capacitacion Docente mediante Informe Nº 042-2001-COMCER/DINFOCAD y la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Educacion; y, En uso de las atribuciones que le confiere el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 23384 Ley General de Educacion, el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por Ley Nº 26510; el Decreto Legislativo Nº 882 - Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED, 004-97-ED, 023-2001-ED y 011-2000-ED; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizar el Funcionamiento del Instituto de Educacion Superior Pedagogico Privado "Nuestra Senora de MORDAZA - MORDAZA Providencia" ubicado en la prolongacion Huancavelica s/n, distrito y provincia de Abancay, departamento de MORDAZA y el desarrollo de la MORDAZA Profesional Pedagogica de Profesor de Educacion Secundaria, Especialidad: Filosofia y Religion, en un solo turno diurno con la meta de 22 alumnos ingresantes en la MORDAZA, la misma que podra variar a partir del MORDAZA ano de funcionamiento. Articulo 2º.- Autorizar al Instituto de Educacion Superior Pedagogico Privado "Nuestra Senora de MORDAZA - MORDAZA Providencia" en concordancia con lo dispuesto en el articulo precedente, a otorgar el siguiente Titulo: Profesor de Educacion Secundaria, Especialidad: Filosofia y Religion Duracion: Diez semestres academicos, desarrollados en cinco anos lectivos (dos semestres academicos por ano calendario). Articulo 3º.- La Direccion Nacional de Formacion y Capacitacion Docente (DINFOCAD) efectuara las verificaciones del Instituto de Educacion Superior Pedagogico Privado "Nuestra Senora de MORDAZA - MORDAZA Providencia" de acuerdo a su cronograma de implementacion. Articulo 4º.- Reconocer a la Asociacion Madres de la MORDAZA Providencia como la entidad Propietaria y a la Hermana MORDAZA Maritza MORDAZA MORDAZA como Directora del mencionado Instituto. Articulo 5º.- La Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, queda encargada del estricto cumplimiento del presente Decreto Supremo y de las acciones de supervision y control. Articulo 6º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion 26781

Visto los Expedientes Nº 10767-2001 y Nº 147252001 y demas documentos que se acompanan; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 02-95-ED, de fecha 23 de MORDAZA de 1995, se resolvio reconocer y autorizar al Instituto Superior Pedagogico Privado "INCA GARCILASO DE LA VEGA" en el local ubicado en la Av. MORDAZA Balta Nº 1624 del distrito y provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, consignando como propietario del mismo a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUEVEDO; Que, con Expediente Nº 10767-2001 don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, propietario del mencionado Instituto, solicito la rectificacion del Decreto Supremo Nº 02-95-ED, en lo que respecta a su nombre, el mismo que fuera consignado como MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debiendo decir MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUEVEDO; Que, la Partida de Nacimiento Nº 114 expedida por la Municipalidad Provincial de MORDAZA, del ano 1993 y la Libreta Electoral Nº 16435394, consignan el nombre y apellidos del recurrente como MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUEVEDO; Que, el inciso 6.2 del Articulo 6º de la Ley Nº 26889, Ley MORDAZA para la Produccion y Sistematizacion Legislativa, senala que la rectificacion debe ser solicitada, bajo responsabilidad, por el funcionario autorizado del organo que expidio la MORDAZA, mediante un escrito que exprese con claridad el error cometido y el texto rectificatorio. La solicitud debe ser entregada al Diario Oficial dentro de los ocho dias utiles siguientes a la publicacion original, a fin de que se publique en un plazo perentorio no mayor de dos dias utiles siguientes, bajo responsabilidad del Director del Diario Oficial. De no publicarse la fe de erratas en el plazo senalado la rectificacion solo procede mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; asimismo, el Articulo 26º de la invocada MORDAZA legal, senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre; por lo que, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tiene derecho a ser identificado conforme a Ley; Estando a lo opinado por la Direccion Nacional de Formacion y Capacitacion Docente mediante Opinion Tecnica Nº 105-2001-UFOD/DINFOCAD y de acuerdo a lo visado por la Oficina de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones que confiere el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 23384, Ley General de Educacion y el Decreto Ley Nº 25762 y su modificatoria Ley Nº 26510; DECRETA: Articulo Unico.- MODIFICAR el Articulo MORDAZA del Decreto Supremo Nº 02-95-ED, en el sentido de que el nombre y apellidos del propietario del Instituto Superior Pedagogico Privado "INCA GARCILASO DE LA VEGA" es MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en el mismo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto. Dado en la MORDAZA de Gobierno, a los siete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion 26782

Modifican articulo del D.S. Nº 02-95ED, en lo referido al nombre de propietario del Instituto Superior Pedagogico Privado
DECRETO SUPREMO Nº 053-2001-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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