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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2001 (09/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 183

TEXTO PAGINA: 43

Pág. 206393 NORMAS LEGALES Lima, lunes 9 de julio de 2001 j) del Artículo 84º e inciso f) del Artículo 93º del Regla- mento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001- JUS y Resolución Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DAR CARÁCTER OFICIAL a la I Convención Hispanoamericana de Derecho denomi- nada "EL SIGLO XXI Y LOS NUEVOS RETOS EN EL DERECHO HISPANOAMERICANO", organi- zado por la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Privada San Pedro de Chimbote, a realizarse en dicha ciudad del 5 al 7 de julio del año en curso. Artículo 2º.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN FEDERICO JIMENEZ MAYOR Viceministro de Justicia 26658 Autorizan a asociación funcionar co- mo centro de conciliación con sede en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 151-2001-JUS Lima, 5 de julio de 2001 Vista la solicitud presentada con Registro Nº 10388- 2001, de fecha 11 de mayo de 2001, de la asociación MARC PERÚ ASOCIACIÓN PARA LA PREVENCIÓN Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS; CONSIDERANDO: Que la asociación MARC PERU Asociación para la Prevención y Solución de Conflictos, es una asociación civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conciliación denominado "MARC PERU - Sede Zá- rate, San Juan de Lurigancho", con sede en la ciudad de Lima; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 4 de junio de 2001, se realizó la constatación respectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos esta- blecidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es proce- dente autorizarla para funcionar como Centro de Con- ciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 525-2001- JUS/DM-STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud de la asociación MARC PERU Asociación para la Prevención y Solu- ción de Conflictos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supre- mo Nº 016-2001-JUS y Resolución Ministerial Nº 265- 2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la asociación MARC PERU Asociación para la Prevención y Solución deConflictos, a funcionar como Centro de Conciliación, denominado "MARC PERU - Sede Zárate, San Juan de Lurigancho", con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplica- ción de la Ley de Conciliación y su Reglamento, super- visará el correcto funcionamiento del Centro de Conci- liación y aplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN FEDERICO JIMENEZ MAYOR Viceministro de Justicia 26659 PRES Designan miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Ilo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 240-2001-PRES Lima, 3 de julio del 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, se dispuso la conformación de los Directores de las Sociedades de Beneficencia Públi- ca y Juntas de Participación Social, los mismos que deben estar integrados, entre otros, por un represen- tante del Ministerio de la Presidencia; Que, resulta necesario designar al representante del Ministerio de la Presidencia ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de ILO; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25556, modifica- do por el Decreto Ley Nº 25738 y el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha al Arq. DANTE HEBERT PACHECO SOLIS, como miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de ILO, en representación del Ministerio de la Presi- dencia. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 26637 Autorizan a procurador iniciar proceso judicial para obtener la devolución de monto indebidamente pagado por ejecución de obra RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 241-2001-PRES Lima, 4 de julio del 2001 Visto el Oficio Nº 555-2001/CTAR PIURA-P-GS- RLCC de fecha 29 de mayo de 2001, del Consejo Tran- sitorio de Administración Regional - CTAR Piura;