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Pág. 206399 NORMAS LEGALES Lima, lunes 9 de julio de 2001 Ubicación de los Estudios y Planta transmisora :Jr. Cusco Nº 300, distrito y provincia de Abancay, depar- tamento de Apurímac. Coordenadas: L.O. 72° 52' 39" L.S. 13° 37' 47" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instala- ción y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la termina- ción de dicho período, el titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización. Artículo 3º.- La empresa NCN S.A. está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente resolución, estando impedida de modificar las características a que se contrae el Artícu- lo 1º de la presente resolución sin autorización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones lega- les y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan so- bre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 26671 Autorizan a empresa la operación de estación retransmisora del servicio de radiodifusión por televisión comercial en VHF RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 438-2001-MTC/15.03 Lima, 3 de julio de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la COMPAÑIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSIÓN S.A., para operar una estación retransmisora del servicio de radio- difusión por televisión comercial en VHF, ubicada en el distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Viceministerial Nº 298-98-MTC/ 15.03 del 3 de noviembre de 1998, publicada el 7 de noviembre de 1998, se concedió a la COMPAÑÍA LATI- NOAMERICANA DE RADIODIFUSIÓN S.A., autori- zación y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación retransmisora del servicio de radiodifusión por televisión comercial en VHF, en el distrito y provin- cia de Huaraz, departamento de Ancash; Que, según el Artículo 50º del Texto Unico Ordena- do de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para operar un servicio de radiocomunicación autorizado; Que, el Artículo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la inspección y a mérito del informe técnico respecti- vo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción podrá expedir la correspon- diente licencia;Que, el inciso b) del Artículo 56º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendrán un plazo máximo de diez (10) años para los servicios de radio- difusión, renovables a solicitud del interesado; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modi- ficables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, me- diante Informe Nº 249-2001-MTC/15.19.03.2, señala que al haber resultado satisfactoria las pruebas de funcionamiento, emite su conformidad técnica para que se otorgue la autorización por diez (10) años, incluyendo el cambio de ubicación y el aumento de potencia de la referida estación de televisión, de la COMPAÑÍA LATI- NOAMERICANA DE RADIODIFUSIÓN S.A.; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Direc- ción General de Telecomunicaciones, mediante Infor- me Nº 259-2001-MTC/15.19.01, opina que es proceden- te autorizar la operación de la citada estación de radio- difusión por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la Reso- lución Viceministerial Nº 298-98-MTC/15.03; así como también es procedente autorizar los cambios de carac- terísticas técnicas antes señaladas; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 024-98-MTC; 002-99-MTC y el Texto Único de Proce- dimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años a la COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE RA- DIODIFUSIÓN S.A., la operación de una estación retransmisora del servicio de radiodifusión por tele- visión comercial en VHF, ubicada en el distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-TV Frecuencia :Banda I Video :77.25 MHz Audio: 81.75 MHz Canal :5 Indicativo :OCY-3P-TV Potencia :Video :250 w. Audio :25 w. Emisión :Video :C3F Audio :F3E Horario :H24 Ubicación de la Planta Retransmisora :Jr. Lucar y Torre Nº 644, distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash. Coordenadas: L.O. 77° 31' 34" L.S. 09° 31' 43.8" Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refiere el artículo precedente incluye el período de instalación y prueba de doce (12) meses otorgado por la Resolución Viceministerial Nº 298-98-MTC/15.03, por tanto vencerá el 7 de noviembre de 2008. La Dirección General de Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 26666