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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2001 (23/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 207317 NORMAS LEGALES Lima, lunes 23 de julio de 2001 Analítico ascendente a la suma de S/. 4 328,71 (Cuatro Mil Trescientos Veintiocho y 71/100 Nuevos Soles), el que ha sido aprobado por Resolución de Gerencia General Nº 042- 2000-PRES-INFES del 19 de enero de 2000, la que ha sido debidamente notificada a los Contratistas, sin que se haya interpuesto recurso alguno, quedando consentida; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Procu- rador Público encargado de los asuntos judiciales del Mi- nisterio de la Presidencia a interponer, en representación y defensa de los intereses del Instituto Nacional de Infra- estructura Educativa y de Salud - INFES, las acciones judiciales que corresponda, contra los Contratistas CONS- TRUCTORA ORI S.A. / CONSTRUCTORA LOMI S.A. (LOMI S.A.), ASOCIADOS, que tuvieron a su cargo, la ejecución de la obra C.E. Nº 31554 "José Carlos Mariáte- gui"; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presiden- cia, a interponer las acciones judiciales pertinentes contra los Contratistas CONSTRUCTORA ORI S.A. / CONS- TRUCTORA LOMI S.A. (LOMI S.A.), ASOCIADOS y otras personas que correspondan por las razones y hechos ex- puestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al mencionado Procurador Público, para los fines a que se contrae la presente Resolución, debiendo el Instituto Na- cional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, proporcionarle la documentación complementaria que re- quiera. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 27594 PESQUERÍA Amplían plazo otorgado al IMARPE para realizar Prospección de Recursos Hidro- biológicos en la zona sur del Puerto de Ilo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 264-2001-PE Lima, 20 de julio del 2001 CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 196-2001-PE del 15 de junio del 2001, se autorizó al Instituto del Mar del Perú - IMARPE la realización de la Prospección de Recursos Hidrobiológicos en la zona al sur del Puerto de Ilo, entre el 18 al 25 de junio; autorización que fuera ampliada hasta el 23 de julio del presente año mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 206, 228, 238 y 252-2001-PE; Que mediante Resolución Ministerial Nº 207-2001-PE del 22 de junio del 2001, se aprobó el Convenio de Coopera- ción entre el IMARPE y la Pequeña Empresa de Extracción de Anchoveta CAROLA S.R.L., ampliándose en sus alcan- ces la autorización otorgada al IMARPE mediante Resolu- ción Ministerial Nº 196-2001-PE, y siendo prorrogados los plazos de ejecución mediante las Resoluciones Ministeria- les Nºs. 228, 238 y 252-2001-PE; Que el IMARPE mediante Oficio Nº PCD-100-289- 2001-IMP/PE del 20 de julio del 2001, informa que las condiciones oceanográficas continúan aún adversas, sin permitir alcanzar los objetivos propuestos en ambas pros- pecciones, por lo que solicita se amplíe el plazo hasta el lunes 30 de julio, con la finalidad de continuar con la investigación sobre los cambios en la distribución del recur- so pelágico y su relación con variables ambientales;que del cargo y sello de recepción del citado Oficio éste fue recepcionado por persona jurídica distinta al destinatario, por lo que, desconociéndose su dirección actual se procedió a notificarlo mediante Edicto publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 6 de enero de 2001, sin que haya interpuesto recurso impugnativo alguno, por lo que debe considerarse legalmente consentida; Que, la responsabilidad del Ing. Jesús Humberto Sara- via Sebastián está acreditada, por el mal proceso construc- tivo de la obra que ha generado la aparición de deficiencias constructivas ocultas y que se encuentran previstas con- tractualmente en la Cláusula Sétima del Contrato suscrito, por la que se responsabiliza de todo perjuicio económico causado al INFES en la ejecución de la obra que se origine como hecho imputable al Residente, tales como negligencia en sus funciones, imprevisión, falta de celo y criterio técnico y otras acciones u omisiones que causen daño al INFES, reservándose este último el derecho de iniciar las acciones pertinentes para el cobro de daños y perjuicios originados por causas imputables al Residente durante la ejecución de la obra, habiéndose además convenido con- tractualmente según Cláusula Novena un período de ga- rantía de la obra de ocho años; Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procu- rador Público encargado de los asuntos judiciales del Mi- nisterio de la Presidencia a interponer las acciones judicia- les que correspondan contra el Ing. Jesús Humberto Sara- via Sebastián; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667, Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738; Con la visación del Viceministro de Infraestructura y la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Presidencia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representación del Estado, inter- ponga las acciones legales pertinentes contra el Ing. Jesús Humberto Saravia Sebastián y otras personas que corres- pondan, por las razones y hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes administrativos del caso al Procurador Público mencionado, para los fines a los que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 27593 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 261-2001-PRES Lima, 18 de julio del 2001 Visto el Oficio Nº 480-2001-GG-PRES-INFES del Ge- rente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio de visto, el Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Sa- lud - INFES, solicita se autorice al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, a interponer las acciones judiciales que co- rrespondan, contra los Contratistas CONSTRUCTORA ORI S.A. / CONSTRUCTORA LOMI S.A. (LOMI S.A.), ASOCIADOS, que tuvieron a su cargo la ejecución de la obra C.E. Nº 31554 "José Carlos Mariátegui", ubicado en el distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín, materia de la Licitación Pública Nº 090-96-PRES-INFES, para que abonen el monto del Presupuesto Analítico apro- bado para que el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, contrate con tercero su reparación, por cuenta de los Contratistas; Que, la responsabilidad de los Contratistas deriva al haberse detectado deficiencias relacionadas con defectos de construcción de la referida obra, debiendo dichos Con- tratistas, de conformidad con lo establecido en el Art. 1219º, inciso 1), abonar al INFES el monto del Presupuesto