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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2001 (23/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 207331 NORMAS LEGALES Lima, lunes 23 de julio de 2001 telecomunicaciones y en caso de gravedad suspender sus emisiones en forma inmediata; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 473- 2001-MTC/15.19.01, señala que es procedente otorgar la renovación de la autorización solicitada, comprendiéndose los cambios de características técnicas antes indicados; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General, aprobado por De- creto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias, Decreto Supremo Nº 043-2000-MTC y el TUPA del Ministerio; y, Con la opinión favorable del Director General de Tele- comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada a la empre- sa CORPORACIÓN GESTIÓN S.A., para la operación de una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la ciudad de Lima, de acuerdo a la siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :90.5 MHz Indicativo :OCW-4I-FM Potencia :25 Kw. Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios :Calle General Salaverry Nºs. 152-156, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Ubicación de la Planta Transmisora :Cerro Marcavilca, distrito de Chorrillos, provincia y depar- tamento de Lima. Coordenadas: L.O. 77° 01' 22.4" L.S. 12° 10' 45" Artículo 2º.- La empresa CORPORACIÓN GESTIÓN S.A. se compromete a solucionar cualquier problema de interferencias radioeléctricas perjudiciales que pudiera ocasionar la operación de la mencionada estación de radio- difusión en FM a algún sistema de telecomunicaciones y, en caso de gravedad, determinada por el Ministerio, se com- promete a suspender sus emisiones en forma inmediata. Artículo 3º.- La renovación de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, se otorga por el plazo de diez (10) años, que vencerá el 25 de julio del año 2010. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 27605 Aprueban transferencia de concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable a favor de Boga Comunicaciones S.A. RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 496-2001-MTC/15.03 Lima, 13 de julio de 2001 Vista, la solicitud formulada por la empresa YOMEL PERU S.A., para la aprobación de la transferencia de la concesión del servicio público de distribución de radiodifu- sión por cable a favor de la empresa BOGA COMUNICA- CIONES S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 334-95-MTC/ 15.17, de fecha 8 de agosto de 1995, se otorgó concesión a favor de la empresa YOMEL PERU S.A. para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable; habiéndose suscrito el contrato respectivo en su oportunidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 324-2000- MTC/15.03, de fecha 27 de julio de 2000, se modifica el áreade la concesión otorgada por Resolución Ministerial Nº 334- 95-MTC/15,17, a fin de que se considere como área de concesión sólo los distritos de la provincia de Chiclayo; Que, la empresa YOMEL PERU S.A. solicita se apruebe la transferencia de los derechos y obligaciones adquiridos en virtud de la concesión otorgada por Resolución Ministe- rial Nº 334-95-MTC/15.17 a favor de la empresa BOGA COMUNICACIONES S.A.; Que, el Artículo 1220º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones establece que las concesiones y asignacio- nes de espectro relativas a aquellas son intransferibles total o parcialmente, salvo aprobación previa y expresa del Ministe- rio, formalizadas mediante Resolución Viceministerial; Que, mediante Informe Nº 328-2001-MTC/15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunica- ciones opina es procedente la solicitud formulada por la empresa YOMEL PERU S.A.; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Su- premos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus modificatorias, Decreto Supremo Nº 007-97-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Especia- lizada en Concesiones de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la concesión otorgada a la empresa YOMEL PERU S.A. mediante Resolu- ción Ministerial Nº 334-95-MTC/15.17, modificada mediante Resolución Ministerial Nº 324-2000-MTC/15.03, para la pres- tación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable a favor de la empresa BOGA COMUNICACIONES S.A. Artículo 2º.- Reconocer a la empresa BOGA COMUNI- CACIONES S.A. como titular de la concesión otorgada por Resolución Ministerial Nº 334-95-MTC/15.17, la que asu- mirá de pleno derecho las obligaciones derivadas de la concesión a la suscripción de la addenda que se aprueba mediante la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba la addenda al con- trato de concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable conforme a los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 27606 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan jueces suplentes de juzgados especializados en lo Penal de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0224-2001-P-CSJL/PJ Lima, 19 de julio del 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, habiendo recaído la medida cautelar de abstención en el ejercicio de la función jurisdiccional en las personas de los doctores Carmen Joaquín Abanto y Luis Ortiz Yumpo por su actuación como Jueces de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, estando a que los referidos doctores venían desempe- ñando las funciones de Jueces Provisionales del Trigésimo Cuarto y Vigésimo Sétimo Juzgado Penal de Lima respectiva- mente, resulta pertinente la designación de los profesionales del Derecho con especialidad en lo penal que asumirán las funciones propias de magistrados en las Judicaturas referidas. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, por lo que asume competencia administrativa, dictando las medidas más apropiadas para que los órganos jurisdiccionales puedan funcionar de manera efectiva y eficiente, orientado a brindar un mejor servicio de adminis- tración de Justicia en beneficio de los justiciables y la colectividad en general.