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Pág. 207820 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de julio de 2001 ma de rodamiento del tractor oruga D7H Caterpillar, sin tener en consideración los antecedentes de la empresa de incumplimiento y falta de garantía, no habiéndose reali- zado el proceso de Adjudicación Directa con Publicación al que se estaba obligado en razón del monto referencial; Que, en la ejecución de dicho contrato se ha comproba- do que el Cheque Nº 19696800, por la suma de S/. 35 000,00 (Treinticinco Mil y 00/100 Nuevos Soles) fue girado a nombre del C.P.C. Luis Alberto Terrones Horna, cons- tando del Comprobante de Pago Nº 4586 que dicho cheque se giraba a nombre del representante de la empresa Denver Mining Construction S.A., Sr. Alejandro Goyco- chea Vásquez, sin embargo se encuentra acreditado que fue hecho efectivo en el Banco de la Nación por el referido ex servidor; Que, los hechos descritos constituyen actos que aca- rrean responsabilidad civil del Ing. Juan Castillo Aedo y C.P.C. Luis Alberto Terrones Horna, Jefe y ex Asistente Administrativo de la Oficina Zonal del Valle del Río Apurímac, respectivamente, así como del representante legal de la empresa Denver Mining Construction S.A., por cuyo motivo es necesario se autorice al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia para la interposición de las acciones judiciales a que haya lugar; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, y los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representación del Estado, inter- ponga las acciones judiciales que correspondan, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al indicado Procurador Público, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 28000 PESQUERÍA Autorizan a la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio iniciar acciones contra presuntos responsables de delitos contra la fe pública y la administración pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 276-2001-PE Lima, 26 de julio del 2001 Visto el Oficio Nº 533-2001-PP/PE de fecha 24 de julio de 2001. CONSIDERANDO: Que mediante el documento del visto, la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Pesquería considera que existen indicios razonables de la comisión de los delitos contra la Fe Pública y contra la Administración Pública, en los expedientes de permiso de pesca otorgado a favor de INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A. por Resolución Directoral Nº 227- 99-PE/DNE, para operar la embarcación pesquera MA- GURO I, por presentar documentación adulterada, que sirvió de sustento para el otorgamiento del mencionado permiso, evidencia que se confirma con el Informe Ejecu- tivo Nº 013-2001-PE/OGAI emitido por la Oficina General de Auditoría Interna;Que resulta necesario autorizar a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Pesquería para que interponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con el Decreto Ley Nº 17537, modifica- do por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Pesque- ría, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales que correspondan, por los hechos mencionados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública los antecedentes del caso para su conocimiento y demás fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 28192 Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcación pesquera de bandera nacional RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 153-2001-PE/DNEPP Lima, 25 de julio de 2001 Visto el expediente de registro Nº CE-00368002 con escritos del 7 de setiembre, 27 de setiembre y 25 de octubre del 2000 y el escrito con registro Nº 13048002 del 27 de noviembre del 2000, presentados por PESQUERA HE- RALDO S.R.L. CONSIDERANDO: Que el Artículo 34º del Reglamento de la Ley Gene- ral de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, dispone que la transferencia de la propiedad o posesión de la embarcación pesquera durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferen- cia de dicho permiso en los mismos términos y condicio- nes en que fue otorgado; Que por Resolución Ministerial Nº 160-96-PE del 13 de marzo de 1996, se otorgó a la empresa PESQUERA LAN- CHA WAIKIKI S.R.L, entre otros, permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada "WAIKIKI" con matrícula Nº ZS-2822-CM de 95 TM de capacidad de bodega, para la extracción de los recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras y utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de 1/2 pulgada (13 mm.); Que a través de los escritos del visto, la empresa PESQUERA HERALDO S.R.L, solicita cambio del titular del permiso de pesca otorgado mediante la resolución que se indica en el párrafo precedente, al haber adquirido la propiedad de la misma; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la embar- cación ha incrementado su volumen de bodega de 95 TM, según lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 160- 96-PE, a 188.58 m3, sin la autorización correspondiente, por lo que resulta improcedente el cambio del titular del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Administra- ción Pesquera mediante Informes Nº 420-2000-PE/DNE- Dacp y Nº 259-2001-PE/DNEPP-Dap y, con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE;