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Pág. 207831 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de julio de 2001 Nacional de Derecho de Minería, Petróleo y Energía, a realizarse en la ciudad de Lima, del 6 al 7 de noviembre del año 2001. 2º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exte- riores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 28117 TRABAJO Y PROMOCIÓN SOCIAL Aprueban el Plan Sectorial de Estadís- tica de Corto Plazo 2001 correspon- diente al Sector Trabajo y Promoción Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 141-2001-TR Lima, 26 de julio de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 2º de la Resolución Jefatural Nº 057- 2001-INEI, emitida por el Instituto Nacional de Estadís- tica e Informática, establece que los órganos integrantes del Sistema Nacional de Estadística deberán proporcionar los Planes de Estadística de Corto Plazo del año 2001 Sectoriales, Departamentales o Municipales, según sea el caso, debidamente aprobados, al Instituto Nacional de Estadística e Informática, ente rector del Sistema Nacio- nal de Estadística e Informática; Que, conforme al inciso d) del Artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, las Ofici- nas Sectoriales de Estadística e Informática de los Minis- terios, integran el Sistema Nacional de Estadística e Informática; Que, el Artículo 2º de la Resolución Jefatural Nº 057- 2001-INEI, establece que los Planes de Estadística de Corto Plazo 2001 deben sujetarse a la Directiva Nº 005- 2001-INEI/OTPP, que aprueba los "Lineamientos para la Formulación de Planes Sectoriales, Departamentales y Municipales de Estadística de Corto Plazo del Año 2001"; Que, la Oficina de Estadística e Informática del Minis- terio de Trabajo y Promoción Social ha elaborado el Plan Sectorial Estadístico de Corto Plazo 2001 correspondiente al Sector Trabajo y Promoción Social, de acuerdo a la disposición citada en el considerando anterior y a lo dispuesto en el inciso a) del Artículo 4.2 de la Directiva Nº 005-2001-INEI/OTPP; Que, el inciso e) del Artículo 4.2 de la Directiva Nº 005- 2001-INEI/OTPP, establece que las entidades públicas ubicadas en el departamento de Lima, los Planes Estadís- ticos son aprobados por la máxima autoridad institucional a propuesta del órgano estadístico o quien haga sus veces; Con la visación de las Oficinas de Estadística e Infor- mática, de Planificación y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 9º del Decreto Ley Nº 25927, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, y con el literal d) del Artículo 11º de su Reglamento de Organización y Fun- ciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 058- 2001-TR;SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar el Plan Sectorial de Esta- dística de Corto Plazo 2001 correspondiente al Sector Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME ZAVALA COSTA Ministro de Trabajo y Promoción Social PLAN SECTORIAL DE ESTADISTICA DE CORTO PLAZO 2001 I. MISION El Ministerio de Trabajo y Promoción Social como ente rector de la administración del trabajo, promoción y prevención social, tiene como principales funciones las de normar, fomentar, prever y conducir acciones orientadas al desarrollo socio-laboral del país, estable- ciendo mecanismos adecuados de coordinación, ejecu- ción y supervisión de lineamientos de política a nivel nacional. La Ley Orgánica del Sector ( Decreto Ley Nº 25927) señala que la Oficina de Estadística e Informática es un órgano de apoyo que depende jerárquicamente de la Alta Dirección, y técnico-normativamente del Instituto Nacio- nal de Estadística e Informática INEI. En ese sentido, sus principales funciones son las de formular, programar, coordinar y evaluar el funciona- miento del sistema estadístico de los registros adminis- trativos; asimismo, tiene la responsabilidad de dar a conocer lineamientos técnico-normativos y metodológi- cos que permitan asegurar el registro y la sistematiza- ción de la información socio-laboral susceptible de ser cuantificada. Como elemento integrante del Sistema Estadístico Nacional, cumple sus funciones en concordancia a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 604 (Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática), asistiendo a las reuniones convocadas por el Comité Interinstitucional de Esta- dística (CCOI-E) como miembro activo en representa- ción del Sector conjuntamente con un representante de la Dirección Nacional de Empleo y Formación Profesio- nal. II. SITUACION ACTUAL La Oficina de Estadística, durante el período de gestión del año 2000 y , en concordancia a su Plan de Actividades Programadas para ese período, recepcionó, consolidó y procesó la data de los distintos registros administrativos a nivel nacional al amparo de lo esta- blecido en la Resolución Ministerial Nº 070-93-TR que aprobó la Directiva Nº 02-93-OGEI, permitiéndonos de este modo conocer y evaluar la labor de servicio prestado por el Sector hacia los trabajadores; además de abaste- cer de manera permanente y confiable con cuadros estadísticos, gráficos e informes técnicos a la Alta Direc- ción, coadyuvando de esta forma en la formulación de los lineamientos de política en materia de trabajo y promoción social. Por último, debemos señalar que existe una demanda creciente de usuarios de nuestras publicaciones, tanto de las de circulación mensual como las de periodicidad anual. En ese sentido, se vienen recibiendo solicitudes con rela- ción al Anuario Estadístico 2000. a). Localización y Dependencia Estructural y/ o Funcional La Oficina de Estadística es el órgano de apoyo a cargo de un Director y, que depende jerárquicamente de la Oficina de Estadística e Informática, la que a su vez depende directamente de la Secretaría General del Despacho Ministerial; y técnico-normativamente del Instituto Nacional de Estadística e Informática INEI.