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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (09/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 204200 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de junio de 2001 Por estos fundamentos, estando a lo acordado en Sesión de la fecha, en uso de las facultades y atribucio- nes que le confiere la ley; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Proyecto Central de Notificaciones del Distrito Judicial de Arequipa, formu- lado por la Gerencia General del Poder Judicial y, en consecuencia, que el Poder Judicial reasuma la realiza- ción de las notificaciones judiciales en ese Distrito Judicial. Artículo Segundo.- Encargar la ejecución del Pro- yecto a que se refiere el artículo precedente a la Presi- dencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa en coordinación con la Gerencia General del Poder Judi- cial, concluida la cual hará entrega de la Central de Notificaciones a la Corte Superior de Justicia de Arequi- pa, para su dirección y administración, continuando la Gerencia General con la supervisión de la operatividad de la misma. Artículo Tercero.- Disponer que las diferentes dependencias de la Gerencia General del Poder Judicial presten el apoyo necesario para el debido cumplimiento de la presente resolución; y, Artículo Cuarto.- Transcribir la presente Reso- lución a los señores Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa y Gerente General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ALVAREZ GUILLERMO CABALA ROSSAND LUIS ORTIZ BERNARDINI VICTOR RAUL MANSILLA NOVELLA BENJAMIN ORDOÑEZ VALVERDE 25022 Aprueban restituir a partir del año 2002 la conformación de salas de las Cortes Superiores de Justicia según lo establece el Art. 38º de la Ley Orgánica del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 042-2001-CE-PJ Lima, 1 de junio del 2001 VISTOS: El Oficio Nº 671-2001-P-CSJL/PJ-AV, del Presiden- te de la Corte Superior de Justicia de Lima y el Informe Nº 068-2001-CE-PJ/VRMN del señor Consejero Víctor Raúl Mansilla Novella; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, remite el proyecto para la Conformación de Salas Superiores Corporativas en la Especialidad Civil, Familia, Laboral, Derecho Público y Contencioso Admi- nistrativo, solicitando autorización para diseñar la es- tructura funcional de 5 Salas Civiles, 1 de Familia, 3 Laborales, 1 de Derecho Público y 1 Contencioso Admi- nistrativo en el Distrito Judicial de su Jurisdicción; Que, mediante Ley Nº 27367 se dispuso la desactiva- ción de las Comisiones Ejecutivas del Poder Judicial y del Ministerio Público; restituyéndose la vigencia del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;Que, el Artículo 38º, inciso 2), del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, esta- blece que las Salas en las Cortes Superiores están integradas por 3 Vocales, siendo necesario restablecer la vigencia de la Ley y retornar al sistema establecido en ella, respecto de las Cortes Superiores que en la actualidad vienen funcionando dentro de un sistema corporativo que requiere ser desactivado; Que, el retorno al sistema previsto en la Ley Orgá- nica del Poder Judicial, implicaría un costo adicional en el presupuesto del presente año, tanto en infraestructu- ra como en el pago de remuneraciones que la Gerencia General debe establecer, para incluirlo en el presupues- to del Poder Judicial del año 2002 y siguientes; Que, en tanto se implemente el retorno al sistema de Salas Superiores conformadas por 3 Vocales, en la Corte Superior de Justicia de Lima y en las demás Cortes Superiores donde se aplica el sistema corporati- vo, es necesario, para la Corte de Lima, aprobar el proyecto que se ha presentado; Que, de acuerdo a los índices de medición, existe en las Salas Superiores de la Corte Superior de Lima, una carga procesal pasiva de aproximadamente 15,000 pro- cesos en trámite; Que, por otra parte es necesario racionalizar el despacho judicial en la instancia de la Corte Superior de Lima que viene operando bajo el sistema corporativo, en tanto se produce el cambio al nuevo sistema; Que, estando al contenido de los cuadros estadísti- cos alcanzados con el referido proyecto, debe facultarse transitoriamente al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que diseñe la estructura funcio- nal de 5 Salas Corporativas Civiles, 1 de Familia, 3 Laborales, 1 de Derecho Público y 1 Contencioso Admi- nistrativo, con 5 Vocales Superiores en cada Sala, estableciendo la composición de las mismas, facultando por esta única vez, la reasignación de los cuadros respectivos; Que, en lo referente al área penal, es necesario establecer los parámetros para determinar la canti- dad de los órganos jurisdiccionales a implementarse y las materias de las que deben tener competencia exclusiva; Que, en las demás Cortes Superiores de la República que funcionan bajo el sistema corporativo, es necesario también disponer el retorno al sistema establecido en el Artículo 38º, inciso 2), de la Ley Orgánica del Poder Judicial, manteniéndose el sistema anterior hasta el 31 de diciembre del presente año; debiendo entre tanto, los Presidentes de Corte en coordinación con la Gerencia General del Poder Judicial, adoptar las previsiones administrativas y presupuestales pertinentes; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformi- dad con el Informe del señor Consejero Víctor Raúl Mansilla Novella, en uso de sus atribuciones y en sesión ordinaria de la fecha; RESUELVE: Primero.- Aprobar la restitución, a partir del 1 de enero del año 2002, de la conformación de Salas en las Cortes Superiores de Justicia de la República, conforme lo establece el Artículo 38º, inciso 2), de la Ley Orgánica del Poder Judicial; esto es, que deberán estar integra- das por 3 Vocales cada una y presididas por el de mayor antigüedad. Segundo.- Autorizar provisionalmente al Presi- dente de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que diseñe la estructura funcional de 5 Salas Corpora- tivas Civiles, 1 de Familia, 3 Laborales, 1 de Derecho Público y 1 Contencioso Administrativo en el Distrito Judicial de Lima, las que estarán integradas con 5 Vocales cada una, y proceda a la reasignación de los cuadros de Vocales componentes de los referidos órga- nos jurisdiccionales en tanto se implementen los recur- sos económicos necesarios que el sistema descrito en el artículo anterior ocasionaría, disponiéndose que el Pre- sidente de la Corte Superior y la Gerencia General del Poder Judicial, adopten las previsiones administrati- vas y presupuestales que se requieran. Tercero.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que proceda a