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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (09/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 204206 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de junio de 2001 PE.00.08 (V.2) aprobado por Resolución de Intendencia Nacional Nº 002097 del 23.12.99, conforme se detalla a continuación: "Eliminar los Numerales 9, 10, 11 y 12 del Rubro VII-A - DE LAS DEMAS OBLIGACIONES DE LAS AGENCIAS DE ADUANA." Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARIA ROJAS ZAPANA Intendente (e) Nacional de Técnica Aduanera 25025 CONASEV Disponen excluir acciones represen - tativas del capital social de La Real Compañía de Seguros de Vida S.A. del Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 015-2001-EF/94.45 Lima, 1 de junio de 2001 VISTOS: El Expediente Nº 2001/007615, así como el Informe Nº 023-2001-EF/94.45.2 de fecha 1 de junio de 2001; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución CONASEV Nº 160-88- EF/94-10 de fecha 20 de octubre de 1988, se autorizó la inscripción en la Bolsa de Valores de Lima de las acciones representativas del capital social de LA REAL Compañía de Seguros de Vida S.A., las mismas que conforme lo establecido en la Resolución CONASEV Nº 181-92-EF/94.10, fueron inscritas en el Registro Públi- co de Valores e Intermediarios, hoy Registro Público del Mercado de Valores; Que, con fecha 19 de febrero de 2001, las Juntas Generales de Accionistas de MAPFRE PERU VIDA Compañía de Seguros y LA REAL Compañía de Seguros de Vida S.A. acordaron aprobar el proyecto de fusión por el cual MAPFRE PERU VIDA Compa- ñía de Seguros absorbería a LA REAL Compañía de Seguros de Vida S.A., para lo cual se estableció como fecha de entrada en vigencia de la fusión el 1 de mayo de 2001; Que, con fecha 1 de mayo de 2001 se otorgó ante Notario Público doctor José Moreyra Pelosi, la escritura pública correspondiente, la cual se en- cuentra en trámite de inscripción en el registro respectivo del Sistema Nacional de los Registros Públicos; Que, mediante comunicación de fecha 9 de mayo de 2001, LA REAL Compañía de Seguros de Vida S.A. solicitó a la Bolsa de Valores de Lima el deslistado de las acciones representativas de su capital social del Regis- tro de Valores de dicha institución, en razón de la fusión a que se refiere el segundo considerando de la presente Resolución y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 27º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 125-98-EF/94.10, solicitud que ha sido ratificada por MAPFRE PERU VIDA Compañía de Seguros mediante comunicación remitida el 17 de mayo de 2001; Que, con fecha 21 de mayo de 2001, en razón de lo establecido en el literal a) del Artículo 132º de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861,y de acuerdo con lo establecido en el Artículo 16º del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, aprobado por Resolución CONASEV Nº 079- 97-EF/94.10, la Bolsa de Valores de Lima mediante carta GL-300/01 comunicó a CONASEV, su decisión de disponer el deslistado de las acciones representa- tivas del capital social de LA REAL Compañía de Seguros de Vida S.A.; Que, en el presente caso se ha verificado la causal contemplada en el literal c) del Artículo 37º de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y en el literal c) del Artículo 27º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 125-98-EF/94.10; Que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 38º de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, y el Artículo 34º del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, aprobado me- diante Resolución CONASEV Nº 630-97-EF/94.10, modificada por Resolución CONASEV Nº 088-2000- EF/94.10, la exclusión de un valor del Registro Pú- blico del Mercado de Valores genera la obligación de efectuar una oferta pública de compra; Que, no obstante lo señalado en el considerando anterior, el literal b) del Artículo 38º del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, aprobado mediante Resolución CONA- SEV Nº 630-97-EF/94.10, modificada por Resolución CONASEV Nº 088-2000-EF/94.10, establece como ex- cepción que no es obligatorio realizar una oferta pública de compra, entre otros casos, cuando la exclusión es producto de una fusión en la cual los valores de la empresa absorbente se encuentran inscritos en el Re- gistro Público del Mercado de Valores o se ha solicitado la respectiva inscripción; Que, en el presente caso, las acciones representati- vas del capital social de MAPFRE PERU VIDA Compa- ñía de Seguros, empresa absorbente, se encuentran inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores y en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, por lo que la exclusión de las acciones represen- tativas de capital social de LA REAL Compañía de Seguros de Vida S.A. del Registro Público del Mercado de Valores se encuentra dentro de la causal de excep- ción para la realización de una Oferta Pública de Com- pra por Exclusión a que se refiere el considerando anterior; y, Estando a lo dispuesto por el Artículo 52º del Regla- mento del Registro Público del Mercado de Valores, aprobado por Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/ 94.10 y el acuerdo del Directorio de esta Comisión Nacional de fecha 6 de abril de 1999, que faculta al Gerente de Emisores y Empresas a disponer la exclu- sión de valores mobiliarios del Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor de la exclusión de las acciones representativas del capital social de LA REAL Compañía de Seguros de Vidas S.A. del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Disponer la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de las acciones repre- sentativas del capital social de LA REAL Compañía de Seguros de Vida S.A. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a de LA REAL Compañía de Seguros de Vida S.A., MA- PFRE PERU VIDA Compañía de Seguros, a la Superin- tendencia de Banca y Seguros, a la Bolsa de Valores de Lima y a CAVALI ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO CRUZADO COCA Gerente de Mercado y Emisores 24666