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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (09/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 204204 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de junio de 2001 Artículo 90º del Texto Unico de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor WAL- TER ANTONIO VALENZUELA CERNA, Juez Titular del Vigésimo Primer Juzgado Especializado en lo Civil, actual Magistrado Especializado en lo Civil del Equipo como Magistrado de Segunda Instancia del Equipo Especial, a cargo de las quejas instauradas contra Vocales Superiores, a partir del 11 de junio del año en curso. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora NA- TIVIDAD JULIA LUCAS SOLIS, Juez Titular del Vigé- simo Séptimo Juzgado Especializado en lo Civil como Magistrado Especializado en lo Civil del Equipo Espe- cial, a partir del 11 de junio del año en curso, por promoción del doctor Walter Antonio Valenzuela Cer- na. Artículo Tercero.- REASIGNAR al doctor CAR- LOS ALBERTO JUAREZ MUÑOZ, alumno discente de la Academia de la Magistratura, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Paz Letrado de La Victoria desig- nándolo como Juez Suplente del Vigésimo Séptimo Juzgado Especializado en lo Civil, a partir del 11 de junio del año en curso, en reemplazo de la doctora Natividad Julia Lucas Solis. Artículo Cuarto.- DESIGNAR a la doctora MILE- NA DEL ROSARIO MORALES RONDINELLI como Juez Suplente del Segundo Juzgado de Paz Letrado de La Victoria, a partir del 11 de junio del año en curso, en reemplazo del doctor Carlos Alberto Juarez Muñoz. Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, de la Presidencia del Con- sejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervisión de Personal, de la Fiscalía de la Nación y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 25034 S B S Autorizan contratación de estudio de abogados para prestar servicios de asesoría, mediante proceso de adjudi- cación de menor cuantía RESOLUCIÓN SBS Nº 401-2001 Lima, 23 de mayo de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las con- trataciones de servicios personalísimos están exone- radas de los procesos de selección de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa que les corres- pondan, procediendo su contratación mediante una Adjudicación de Menor Cuantía; Que, el Artículo 111º del Reglamento de la precita- da norma, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, establece que son servicios personalísi- mos los contratos de locación de servicios celebradoscon personas naturales o jurídicas cuando para di- cha contratación se haya tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, mediante Informe Nº 006-2001-SAAJ del 21.5.2001, la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica solicita la contratación de un Estudio de Abo- gados para que preste servicios de asesoría en procesos contencioso-administrativos seguidos contra esta Insti- tución, proponiendo contratar a determinado Estudio de Abogados por su amplia experiencia profesional y su especialización en el tema. Dichas características son inherentes a la mencionada persona jurídica y dan a sus servicios la connotación de servicios personalísimos. En tal sentido, se ha configurado la causal de exoneración prevista en el literal h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Por tanto, de conformidad con lo dispuesto en el precitado cuerpo legal y su Reglamento, y contando con la opinión favorable de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Administración General; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración de la contratación de los servicios personalísimos referidos en la parte considerativa de la presente Resolución del proceso de Adjudicación Directa Pública y, conse- cuentemente, autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administración General a contratar el indicado servicio mediante un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo Segundo.- Disponer que la Superinten- dencia Adjunta de Administración General remita copia de la presente Resolución y del Informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 20º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 24919 Autorizan a la Caja Municipal de Aho- rro y Crédito Cusco S.A. la conversión de oficina especial en agencia y trasla- do de local RESOLUCIÓN SBS Nº 412-2001 Lima, 30 de mayo de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A., para que se le autorice la conversión de su Oficina Especial Wanchaq en Agencia y traslado de local de la avenida Garcilaso Nº 408 a la Av. Diagonal Nº 175, distrito de Wanchaq, provincia y departamento del Cusco; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria de Directorio de fecha 27.3.2001, se aprobó la conversión de la Oficina Espe- cial Wanchaq en Agencia y traslado de local;